Artículo 1°. Adiciónese el siguiente parágrafo al artículo 3° del Decreto 4567 de 2011:
"Parágrafo. No se requerirá la publicación de la hoja de vida de los aspirantes a ocupar empleos de la Dirección Nacional de Inteligencia".
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, adiciona el artículo 3° del Decreto 4567 de 2011, y deroga el Decreto número 4771 de 2011.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
FEDERICO RENGIFO VÉLEZ.
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública encargado de las funciones del despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
JORGE LUIS TRUJILLO ALFARO.