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Decreto 1100 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/12/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2000
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2297 del 26 de diciembre de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM11002000

DECRETO 1100 DE 2000

Diciembre 26

Derogado por el art. 2 del Decreto Distrital 185 de 2001

POR EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO 215 DE 1.997, REGLAMENTARIO DEL TRATAMIENTO DE CONSERVACIÓN ARQUITECTÓNlCA.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 38, inciso 4, del Decreto Ley 1421 de 1.993, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo a lo establecido por el Decreto 619 del 2.000, artículo 515, numeral 6, «los inmuebles sometidos al tratamiento de conservación arquitectónica por las normas vigentes con anterioridad a la fecha de publicación del presente Plan, continuarán rigiéndose por las mismas hasta tanto sean derogadas, subrogadas o modificadas por los instrumentos que desarrollen el presente plan de ordenamiento.»

Que los inmuebles de interés cultural a los que se refiere la presente reglamentación han perdido sus condiciones originales, y sus valores arquitectónicos y urbanos se han desvirtuado por la modificación de su contexto.

Que el Consejo Asesor de Patrimonio Distrital, después de estudiar el caso, en sesión No. 3 de Diciembre 11 del 2.000, consideró viable su exclusión como lnmuebles de Interés Cultural.

DECRETA

ARTÍCULO 1.- Se excluyen del tratamiento de Conservación Arquitectónica los siguientes inmuebles:

3107

SANTA INES

CODIGO

OBSERVACIONES

DIRECCION

OTRAS DIRECCIONES

3107

22

15

Calle 10 No. 11-03/09

Carrera 11 No. 9-91/93/95/97/99 esq.

3107

22

16

Calle 10 No. 11-55/59/63

 

3107

22

17

Calle 10 No. 11-69/73

 

3107

22

18

Calle 11 No. 9-03/07/11/15 esq

 

3107

22

19

Calle 11 No. 9-81/83/85/87/89

 

3107

11

5

Calle 12 A No. 8-09 esq.

Calle 8 No. 12-52/54/58

3107

11

6

Calle 12 A No. 8-17/19/21

 

3107

QUINTA CAMACHO

CODIGO

DIRECCION

OBSERVACIONES

OTRAS DIRECCIONES

8201

9

123

Calle 72 No. 11-41/49

8201

9

124

Calle 72 No. 11-61

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de Obra y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Bogotá D.C., a los veintiséis (26) días del mes de diciembre de dos mil (2000).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO, Alcalde Mayor de Bogotá. MARÍA CAROLINA BARCO DE BOTERO, Directora.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2297 de 26 de diciembre de 2000.