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DECRETO LOCAL 014 DE 2011 (Diciembre 30) Por el cual se ajusta el Artículo 2 del Decreto No. 013 del 29 de Diciembre de 2011, que expidió el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de diciembre de 2012 LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 19 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010. CONSIDERANDO: 1. Que la Alcaldesa Local expidió el Decreto Local No. 012 del 19 de Diciembre de 2011, por el cual se liquida el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2012. 2. Que del artículo 2 del Decreto Local No. 013 del 29 de Diciembre de 2011, se debe ajustar el rubro 3-3-6 Obligaciones por Pagar correspondiente proyectos 3-3-6-13-01-09-0774 Mejoramiento de la vivienda, 3-3-6-13-01-10-0775 Recuperación y mantenimiento de malla verde, 3-3-6-13-03-35-0777 Promoción y mercadeo local y 3-3-6-13-03-34-0059 Implementar estrategias para la apropiación social de la ciencia la tecnología y la innovación y el rubro 3-3-6-90 Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores 3. Que en mérito de lo expuesto, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO. Disminuyese el rubro de Obligaciones por Pagar 3-3-6 en un monto equivalente a sesenta y ocho millones quinientos mil pesos $68.500.000.00,contenidas en el Articulo Segundo del Decreto Local No. 013 del 29 de Diciembre de 2011, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO. Auméntese el rubro 3-3-6-90 Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores en un monto equivalente a sesenta y ocho millones quinientos mil pesos $68.500.000.00, contenido en el Articulo Segundo de Decreto Local No. 013 del 29 de Diciembre de 2011, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO. Corríjase el valor total de Adquisición de servicios en un monto equivalente a Quinientos cincuenta y dos millones cuatroscientos treinta y dos mil seiscientos sesenta y cuatro pesos ($552.432.664.00) dado que el valor correspondiente a Otros Gatos generales de diez millones de pesos ($10.000.000.00) no hacen parte de la sumatoria en este concepto, sino corresponde a una subcuenta independiente con el siguiente detalle:
ARTÍCULO CUARTO. El presente Decreto rige a partir de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2012. Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de diciembre del año 2011. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. ANTONIA CELESTINA SUAREZ CASTELBLANCO Alcaldesa Local de Antonio Nariño |