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Decreto Local 009 de 2011 Alcaldía Local de Chapinero

Fecha de Expedición:
26/12/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/01/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4814 de enero 16 de 2012.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto Local Número 9 de 2011

DECRETO LOCAL 009 DE 2011

(Diciembre 26)

Por el cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012

LA ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 19 del Decreto 372 de 2010.

CONSIDERANDO:

1. Que la Junta Administradora Local de Chapinero aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para la vigencia fiscal de 2012, mediante Acuerdo No. 002 de diciembre 15 de, el cual fue debidamente sancionado por la Alcaldesa Local de Chapinero.

2. Que en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, la Alcaldesa debe liquidar el Presupuesto anual de Ingresos y Gastos a nivel de programas y proyectos.

Que en mérito de lo expuesto, la Alcaldesa Local de Chapinero,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos de la Alcaldía Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2012, por la suma de VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL PESOS ($22.686.907.000) M/CTE., conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar el Presupuesto Anual de los Gastos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2012, por la suma de VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL PESOS ($22.686.907.000) M/CTE., conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCIÓN DE GASTOS

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2012

Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de diciembre del año 2011.

COMUNÌQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

BLANCA INÉS DURÁN HERNÁNDEZ

Alcaldesa Local de Chapinero