RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Circular 10 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/01/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 010 DE 2012

CIRCULAR 010 DE 2012

(Enero 26)

Para:

Secretarios/as de Despacho; Directores/as de Departamento Administrativo, Unidades Administrativas Especiales, con y sin personería jurídica, Directores y Gerentes de Entidades Descentralizadas, incluidas las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, Oficiales y Mixtas, Empresas Sociales del Estado, Rector/a del Ente Universitario Autónomo, Alcaldes/as Locales y particulares que cumplen funciones públicas.

De:

Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Asunto:

"Día sin Carro", por el aire limpio.

Como es de su conocimiento, el día 29 de octubre de 2000 en el Distrito Capital se realizó una Consulta Popular, en la que se incluyó el tema «Día sin carro a partir del año 2001», por lo cual mediante el Decreto Distrital 1098 del mismo año se adoptaron medidas tendientes a hacer efectivo el resultado de tal actividad democrática, estableciendo la prohibición de la circulación de vehículos automotores en la Ciudad de Bogotá, el primer jueves del mes de febrero de todos los años, en el horario comprendido entre las 6:30 a.m. y las 7:30 p.m.

En consecuencia, se convoca a las entidades y organismos distritales para que adelanten las acciones tendientes a la normal realización del "Día sin Carro", por el aire limpio, en la Ciudad de Bogotá, el próximo dos (2) de febrero de 2012, motivando a los/as servidores/as públicos/as de su organismo o entidad, a los/as usuarios/as de sus servicios, y a la ciudadanía en general, para que utilicen medios alternativos de transporte.

Durante dicha jornada, se precisa habilitar y privilegiar espacios que faciliten el parqueo de los medios alternativos de transporte como la bicicleta, desestimular el parqueo de vehículos automotores, e instalar elementos de cultura ciudadana que posibiliten la reflexión y toma de conciencia acerca del cuidado del aire como recurso natural.

En ese sentido, las Entidades y Organismos Distritales, previo el cumplimiento de la normatividad vigente, pueden realizar campañas que impulsen la adopción de conductas que mejoren la calidad del aire en el Distrito, para lo cual se sugieren las siguientes frases alusivas:

* "Camina, usa la bicicleta o el transporte público".

* "Comparte los cupos de tu carro con amigos, familiares y vecinos coordinando rutas."

* "Mantén tu carro sincronizado y con las llantas calibradas".

* "Planea tus recorridos para combinar rutas y reducir el número de viajes".

* "Aprovecha las nuevas tecnologías y utiliza Internet y el correo electrónico para hacer reuniones de trabajo y así evitar desplazamientos innecesarios".

* "Respira el aire puro en vez de usar el aire acondicionado de tu carro".

* "Siembra un árbol para ayudar a que el planeta respire mejor".

* "Usa adecuada y eficientemente la energía eléctrica y el gas".

* "Realiza mantenimientos periódicos a pilotos de estufas, tanques estacionarios y calentadores de gas".

* "Evita quemar llantas y pólvora".

Así mismo, se invita a las entidades y organismos distritales a promover el conocimiento del Decreto 1098 de 2000, toda vez que su inobservancia es constitutiva de infracción a las normas de tránsito, y en consecuencia acarrea sanciones.

Igualmente, se recuerda que los siguientes vehículos están exceptuados de la aplicación de la medida, a saber:

* Vehículos de transporte público, incluidos los de transporte de pasajeros, y de carga, que no tengan pico y placa.

* Vehículos acondicionados para ser conducidos por discapacitados.

* Vehículos de emergencia.

* Vehículos de servicios especiales de transporte de estudiantes debidamente autorizados.

* Vehículos de transporte que movilicen más de diez (10) pasajeros.

* Vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios.

* Vehículos destinados al control del tráfico y las grúas de la Secretaría Distrital de Movilidad.

* Caravana Presidencial.

* Vehículos militares y de Policía Nacional.

* Vehículos asignados al Cuerpo Diplomático.

* Vehículos con blindaje de nivel tres (3) o superior.

* Vehículos destinados a la prestación del servicio de escoltas.

* Carrozas fúnebres.

* Motocicletas, Motocarros y Bicitaxis.

Por su parte, la Secretaría Distrital de Movilidad coordinará dicha jornada, y junto con la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -lDRD, organizarán el préstamo gratuito de las bicicletas que para tal efecto se dispongan.

Es de señalar que, el compromiso decidido de todos y todas en el cumplimiento de la medida, beneficiará a la ciudad con un día de aire limpio, lo cual redundará en la salud, en el ambiente y en la movilidad de la Ciudad, querer de los bogotanos expresado democráticamente a través de la referida Consulta Popular.

Cordialmente,

EDUARDO NORIEGA DE LA HOZ

Secretario General

Revisó: Diana Patricia Ríos García – Directora Legal Ambiental

Aprobó: Margarita Flórez Alonso – Secretaría Distrital de Ambiente.