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Decreto 79 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/02/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/03/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4847 de marzo 1 de 2012.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 079 DE 2012

(Febrero 29)

"Por medio del cual se renueva el Consejo Territorial de Planeación de Bogotá y se dictan otras disposiciones"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 33 y 34 de la Ley 152 de 1994 y los artículos 10º del Acuerdo 12 de 1994 y 1º del Acuerdo 261 de 2006, y,

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 1° del Decreto Distrital 032 de 2007 el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital -CTPD-, es una instancia de planeación de carácter consultivo, cuyas funciones están expresamente señaladas en las Leyes 152 de 1994 y 388 de 1997.

Que conforme al artículo 2° del Decreto Distrital 032 de 2007 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 12 de 1994, en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital", las Oficinas de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Planeación y el Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal, realizarán la convocatoria pública a las organizaciones de que trata el artículo 1° del Acuerdo 261 de 2006, para que presenten ternas de los candidatos para la renovación y conformación del CTPD, una vez el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., haya tomado posesión de su cargo.

Que mediante los Decretos Distritales 044 de 2008 y 017 de 2011 se renovó parcialmente el Consejo Territorial de Planeación Distrital - CTPD.

Que una vez revisada la información correspondiente al cumplimiento del período establecido por la Ley para los miembros del Consejo Territorial de Planeación Distrital -CTPD-, se identificó que actualmente existen nueve (9) vacantes a ser suplidas mediante ternas, por el Sector de los Gremios Económicos; el Sector Social; las Organizaciones Afro –Bogotanas; las Organizaciones de Mujeres; las Organizaciones Ambientales y las Organizaciones Comunitarias.

Que conforme a lo anterior, se procedió a realizar la convocatoria pública para la presentación de ternas por parte de las organizaciones de la sociedad civil vinculadas a los sectores de gremios económicos, ambiental, comunitario, afro-bogotanos, sociales y de mujeres, para que presentaran las ternas de que trata el parágrafo del artículo 1° del Acuerdo Distrital 261 de 2006 y de esta manera suplir las vacancias señaladas, mediante avisos de prensa publicados los días 12 de enero y 8 de febrero de 2012, avisos en las páginas Web de la Secretaría Distrital de Planeación - SDP y del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal – IDPAC; comunicaciones en medio físico y correos electrónicos.

Que igualmente, para los Cabildos Indígenas, los Consejos Distritales y Locales de Planeación y las Juntas Administradoras Locales, la Secretaría Distrital de Planeación envió comunicaciones oficiales en medio físico y correos electrónicos, solicitando a dichas organizaciones informar sobre su delegado o delegada al CTPD de acuerdo con lo establecido en el artículo 1° del Acuerdo Distrital 261 de 2006.

Que en cumplimiento del artículo 5° del Decreto Distrital 032 de 2007, el Comité Evaluador de conformidad con los parámetros o criterios establecidos en la convocatoria pública para la conformación del Consejo Territorial de Planeación Distrital, determinó la metodología para evaluar las hojas de vida presentadas.

Que una vez realizada la evaluación de las hojas de vida presentadas, por parte del Comité Evaluador, los resultados se consignaron en el respectivo informe, el cual fue presentado a consideración del Alcalde Mayor.

Que en mérito de lo expuesto,

Ver Decreto Distrital 187 de 2015, Ver Decreto Distrital 085 de 2016 

DECRETA:

Artículo 1°. Designar como miembros del Consejo Territorial de Planeación Distrital de Bogotá D.C., a las siguientes personas:

1. POR EL SECTOR DE LOS GREMIOS ECONÓMICOS:

Edinson Rafael Castro Alvarado, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.310.142 de Bogotá;

Mauricio García Murillo, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.459.647 de Bogotá y Tulio Zuloaga Rebollo, identificado con la cédula de ciudadanía No. 17.099.295 de Bogotá.

2. POR EL SECTOR SOCIAL:

Juan Luis Moreno Carreño, identificado con la cédula de ciudadanía. No. 79.159.889 de Bogotá.

3. POR LAS ORGANIZACIONES AFROBOGOTANAS:

Adiela Dagüa Aponza, identificada con la cédula de ciudadanía. No. 41.636.928 de Bogotá.

4. POR LAS ORGANIZACIONES DE MUJERES:

Olga Luz Cifuentes Toro, identificada con la cédula de ciudadanía. No. 41.684.181 de Bogotá.

5. POR LAS ORGANIZACIONES AMBIENTALES:

Héctor Guillermo Morales Borda, identificado con la cédula de ciudadanía. No. 79.145.689 de Usaquén.

6. POR LAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS:

Rodolfo García Peña identificado con la cédula de ciudadanía. No. 19.094.830 de Bogotá.

Ligia Nur Valdés Tejada, identificada con la cédula de ciudadanía. No. 41.384.416 de Bogotá.

Parágrafo 1°. Los representantes no mencionados en este Decreto continuarán siendo los designados en los Decretos Distritales 044 de 2008 y 017 de 2011, por el período para el cual fueron designados y de conformidad con el Reglamento Interno del Consejo Territorial de Planeación.

Artículo 2°. Los representantes de cada Junta Administradora Local, de la población indígena, de cada uno de los Consejos de Planeación Local y de los Consejos Distritales, serán las personas delegadas por éstos de conformidad con sus estatutos de funcionamiento interno. Para este efecto, dichas organizaciones deberán enviar a la Secretaría Distrital de Planeación, comunicación escrita con la copia del acta de la reunión en la cual fueron nominados los representantes.

Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de Febrero del año 2012

GUSTAVO PETRO URREGO

Alcalde Mayor

MARÍA MERCEDES MALDONADO COPELLO

Secretaria Distrital de Planeación

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4847 de marzo 1 de 2012.