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CIRCULAR 26 DE 2012 (Marzo 23)
Ver Acuerdo Distrital 475 de 2011 El Concejo de Bogotá, mediante el Acuerdo Distrital 475 del 23 de septiembre de 2011, ordenó a la Administración Distrital informar de manera permanente y masiva, la oferta de cursos, talleres, procesos de sensibilización o capacitaciones, impartidas a la ciudadanía, por parte del Distrito Capital, para lo cual estipuló que el Sector de Gestión Pública dispondría los procedimientos y metodologías adecuados que permitieran recopilar, actualizar, centralizar y divulgar la citada información y suministrarla a la ciudadanía, a través del portal de Internet de Bogotá y en las páginas WEB de las entidades que desarrollaran el objeto del Acuerdo. Para efectos de la implementación del Acuerdo en comento se otorgó a la Administración Distrital un término de seis (6) meses, los cuales se cumplirán el próximo 26 de marzo del año en curso. Por lo anterior, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, como cabeza del Sector Gestión Pública, a través de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano -DDSC, ha dispuesto un sitio en el Portal Bogotá, www.bogota.gov.co denominado "Bogotá Capacita" para recopilar, actualizar, centralizar y divulgar la información sobre las capacitaciones programadas por el Distrito Capital. Para lograr los objetivos propuestos en el citado Acuerdo, es necesario contar con el apoyo, acompañamiento y observancia por parte de cada una de las entidades y organismos distritales, para lo cual se han previsto los siguientes lineamientos que serán coordinados por la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, a efecto de mantener diligenciada y disponible la información para consulta de los ciudadanos y las ciudadanas en el Portal de la Ciudad: LINEAMIENTOS: 1. Las entidades distritales deberán designar un único responsable de reportar la información que se publicará en el Portal Bogotá www.bogota.gov.co, opción "Bogotá Capacita", quien además debe confirmar que la información allí publicada, se encuentre actualizada; asi como garantizar que el curso, taller, sensibilización o capacitación reportada se encuentre debidamente publicada en la página web de su entidad. 2. Las entidades distritales a través de los responsables designados deberán enviar la información de la oferta de cursos, talleres, procesos de sensibilización o capacitaciones, impartidas a la ciudadanía, por parte del Distrito Capital, a más tardar el próximo 27 de Marzo del presente año, a través del formato anexo a la presente Circular. 3. El formato debe ser remitido al correo bogotacapacita@alcaldíabogota.gov.co para su posterior publicación en el Portal Bogotá. Es importante aclarar que el documento debe venir con extensión XLS o XLSX. 4. La información debe ser actualizada permanentemente y deberá ser remitida ocho días hábiles antes de las actividades que se programen. Cualquier información adicional puede comunicarse al número telefónico 381 30 00 Ext. 2511, con la servidora Diana Carolina Duarte Martínez y a través del correo electrónico bogotacapacíta@alcaldiabogota.gov.co. Finalmente, se cuenta con su valiosa colaboración y estricta observancia del procedimiento dispuesto para la debida implementación del Acuerdo Distrital referenciado. Cordialmente, EDUARDO NORIEGA DE LA HOZ Secretario General
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