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Proyecto de Acuerdo 107 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 107 DE 2012

"Por medio del cual se crea el Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad, se crea la Secretaría Distrital de Seguridad, se modifica el Acuerdo 257 de 2006, y se dictan otras disposiciones".

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I. OBJETIVO DEL PROYECTO DE ACUERDO

El Proyecto de Acuerdo tiene como objetivo estructurar el manejo especializado de la Seguridad en el Distrito Capital mediante la creación del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad y la subsecuente creación de la Secretaría Distrital de Seguridad. Dado que su organización implica la modificación estructural del Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia, el proyecto conlleva un ajuste de funciones y cambio de denominación de la actual Secretaría de Gobierno, Seguridad y Convivencia, así como la liquidación del Fondo de Vigilancia y Seguridad.

II. JUSTIFICACIÓN

GENERALIDADES

"La seguridad es una cuestión teleológica porque necesita siempre de un objetivo. Las preguntas de ¿seguridad frente a qué? y, sobre todo, ¿seguridad para qué?, son esenciales a la hora de diseñar políticas y planes. No existe ni la libertad, ni la seguridad absolutas. La seguridad total es la muerte y la certidumbre total hace el cambio imposible. La vida requiere riesgos. Paradójicamente, el nivel de seguridad de las naciones denota progreso y libertad. La seguridad es una cuestión evolutiva y relativa porque está en constante transformación"1.

La seguridad, en tanto bien público, es responsabilidad primaria del Estado, pero también compete a las autoridades locales, la empresa privada y la sociedad civil. Una estrategia global frente a la violencia y el delito requiere del fortalecimiento del Estado Social de Derecho, la reforma del sistema judicial y de la policía, de las prisiones, mayores esfuerzos en la prevención, y mayor participación de la sociedad civil.

Al decir que se requiere de una estrategia global, se entiende que la seguridad no sólo tiene en cuenta las causas, efectos y acciones de las organizaciones delincuenciales en el ámbito local, sino que se harán esfuerzos por comprender en una dimensión macro (social, política, económica, geográfica, psicológica, etc.) los problemas asociados a la seguridad local. En ese sentido se espera que se realicen acciones de tipo diferencial, adecuadas y apropiadas para cada tipo delictivo.

La tarea ciertamente no es fácil ni económica, la inseguridad trae consigo elevados costos económicos para la sociedad. La investigadora Catalina Bello afirma que en Colombia 11.4% del PIB son costos directos de la violencia2. Este incremento está ligado al aumento de la percepción de inseguridad, que lleva a exigir cada vez más desarrollo en este campo. La preocupación por la seguridad en todas sus manifestaciones -personal, económica, jurídica, financiera, ambiental, política, etc.- parte de un supuesto de expansión de derechos y libertades que entraña el carácter eminentemente político que le caracteriza; a pesar de ello, frecuentemente se soslaya que tiene una importante dimensión de gestión pública, que debe permitir que se planteen soluciones técnicas eficaces.

La seguridad y su ausencia (inseguridad) se determinan objetiva y subjetivamente: "La seguridad engloba, por lo tanto, dos conceptos: de una parte, el objetivo, que estaría representado por el incremento del delito y, por el otro, el subjetivo que vendría determinado por la sensación de incertidumbre, de riesgo o de miedo que tiene el ciudadano por el desarrollo de lo que se denomina delincuencia ordinaria (en contraposición a la gran delincuencia del tráfico de drogas, de armas y del blanqueo de dinero) y los actos incívicos, diversos y no agrupables bajo una sola categoría."3.

De esto, se tiene que para una acertada aplicación de políticas públicas sobre seguridad se debe evaluar objetivamente el fenómeno del delito y contextualizarlo, para así determinar los pasos a seguir, requiriéndose la obtención de datos y el desarrollo de análisis para poder hacer interpretaciones estadísticas de toda índole que den cuenta de la realidad: tasas de criminalidad, tendencias de delincuencia, índices de impunidad, entre otros.

La efectividad al contrarrestar el delito y el miedo de la ciudadanía asociado al mismo, incrementa la calidad de vida de las personas dado que la sensación de inseguridad se "correlaciona con otras inseguridades vitales como la soledad, enfermedad, pobreza, incapacidad física o la falta de recursos culturales"4. Cabe señalar, que la vulnerabilidad genera en los individuos una "arquitectura del miedo" que los lleva a privarse del disfrute de escenarios públicos y reducir sus lazos sociales.

Sobre los fenómenos de la violencia, la criminalidad y el delito, se tiene que son complejos, multivariados, expansivos, transnacionales o globalizados, compartimentados, especializados y flexibles5 por lo que la seguridad debe estar en armonía con actores de diferentes niveles y articulada a las demás políticas públicas (seguridad social, empleo, economía, educación, etc.), sin lo cual es imposible obtener resultados reales y efectivos al respecto.

La profesionalización del delito es uno de los principales desafíos para América Latina, y Colombia en particular, dado que la globalización y la delincuencia están asociadas a través de la internacionalización del capital, la generalización del consumo y la unificación de las economías, haciendo que la delincuencia pase a ser una condición de mercado6. La extensión delictual se ha adaptado a la expansión sin precedentes de las telecomunicaciones (telefonía celular y satelital, internet, etc.) y de medios tecnológicos de última generación al alcance de muchos (software, dispositivos electrónicos, etc.), facilitando el fenómeno que algunos llaman "Economía Criminal Global", que ha permitido la alianza de viejas y nuevas mafias7, así como la interrelación de grupos de diverso origen con intereses comunes8, configurando lo que hoy se denomina Crimen Organizado Global, que ha desbordado las capacidades de los Estados y ha infiltrado los medios legales necesarios para facilitar su accionar a todo nivel.

Como reto local, se debe comprender que el delito responde a especificidades sociales y territoriales, lo cual resulta relevante en centros urbanos que se vienen consolidando como los principales centros de articulación social. Según datos de la ONU, se "calcula que en el año 2020, el 70% de la población mundial vivirá en las ciudades, por lo tanto, la seguridad será, principal y fundamentalmente, ciudadana"9. Esto implica que en las próximas décadas las ciudades contendrán la mayor cantidad población, controlarán y determinarán la economía mundial, y sobrellevarán la carga de la seguridad ciudadana, esencialmente urbana e indesligable de la seguridad nacional e internacional.

A partir de lo anterior se entrevé la necesidad del fortalecimiento de la estructura estatal, especialmente de la policía y organismos de investigación, para que se mejoren los estándares de investigación, búsqueda y captura de los delincuentes (tecnología, inteligencia y contrainteligencia). Igualmente se espera que se perfeccionen los canales de comunicación con la comunidad, la aplicación y respeto por los derechos humanos, y los controles internos para evitar que la corrupción se apropie de las instituciones.

SEGURIDAD EN EL PAÍS Y LA CIUDAD DE BOGOTÁ

La seguridad es concebida como un derecho civil y político ligado a la preservación de la vida, la libertad y la propiedad. UN-Hábitat señala que la seguridad permite "sustentar la protección de la integridad física y moral de las personas" y es un "dispositivo central de política y (…) gobernabilidad de los territorios"10.

Al ser un derecho, se hace imperativo abordarla con tal enfoque. Al hablar de un enfoque de derechos se reconoce que "el objetivo de las políticas públicas es dar cumplimiento al deber de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos y que en tal calidad sus titulares pueden exigir tal respeto, protección y realización"11. La no garantía de este derecho trae serias consecuencias para el conjunto social: limitaciones para la inversión, fuga de cerebros, obstáculos para el desarrollo económico y el desarrollo humano en los territorios y pérdidas de confianza y afectaciones a la paz y la justicia.12

No obstante, la garantía de este derecho requiere un marco político, institucional y administrativo que permita la planeación, implementación y articulación de las acciones que desde el Estado se encaminan a garantizar el mismo. Igualmente, su abordaje requiere la articulación de las perspectivas de coerción (enfoque de seguridad pública) y de prevención (enfoque de seguridad ciudadana) según las realidades locales, como se ha evidenciado en experiencias positivas a nivel internacional tales como Nueva York o Barcelona. Siguiendo a Rivas Gamboa, se señala que "la seguridad pública y la seguridad ciudadana se diferencian en aspectos fundamentales. La primera se remite a la idea de orden público. Su esfera de acción, en este sentido, se restringe al mantenimiento de dicho orden a través de mecanismos de control y reacción que buscan contrarrestar el crimen y la violencia frente a hechos puntuales, así como contrarrestar los efectos del conflicto armado y el narcotráfico. La segunda, se remite a la noción de calidad de vida13 en el día a día de los ciudadanos y propende por su mejoramiento, por lo que abarca un campo más amplio de acción. La seguridad ciudadana privilegia la prevención aunque no excluye acciones policivas de control"14.

El abordaje de la seguridad, desde la prevención y la coerción, cobra una connotación especial en centros urbanos dada la complejidad de las relaciones sociales que allí se desarrollan y de la considerable cantidad de población que cobijan, requiriendo una estrategia global frente a la violencia, donde el fenómeno delictual sea atendido integral y especializadamente. Dicho abordaje debe ir articulado con los lineamientos que se han dado desde el orden nacional, donde se señalan como principales retos en el tema de seguridad y convivencia:

1. Prevenir la aparición de nuevos actores criminales y la reincidencia.

2. Combatir el crimen y la delincuencia organizada.

3. Desarticular mercados de economía ilegal sobre los cuales se constituyen, articulan y consolidan estructuras criminales.

4. Responder en forma efectiva a las conductas que pongan en riesgo la seguridad individual y colectiva o atenten contra ella.

5. Fortalecer el Estado de derecho garantizando el imperio de la ley y la justicia.

6. Proteger los derechos individuales y colectivos.

7. Promover una cultura ciudadana y cívica.

8. Promover la legalidad, el respeto y la convivencia como prácticas y valores sociales.15

Estos retos implican un fortalecimiento político-administrativo de la estructura de gobierno de la ciudad, ya que, como lo señala el Departamento Nacional de Planeación –DNP-, en los centros urbanos se ha concentrado la mayor ocurrencia de delitos tales como hurtos y homicidios, aunado a la incorporación de delincuencia organizada en las grandes ciudades, cuyas manifestaciones se dan desde acciones de carácter terrorista hasta la operación de diversas actividades ilegales relacionadas con el narcotráfico.

Siguiendo al DNP, la seguridad urbana tiene que afrontar los siguientes retos16:

- El proceso de expansión urbana y el crecimiento económico propio de un sistema de ciudades intermedias y principales, que concentran capital humano, infraestructura y una mayor demanda de empleo, presionan la capacidad de los gobiernos locales en materia de prevención y control de la comisión de delitos y crímenes violentos. También dificultan la prestación de servicios sociales y la regulación del comportamiento ciudadano e integración de los nuevos habitantes que llegan a estas áreas urbanas.

- La capacidad de los grupos armados ilegales de adaptar y transferir sus prácticas criminales a escala urbana, mediante oficinas de cobro, lavado de activos, microtráfico de drogas y venta de armas, piratería terrestre, juegos de suerte y azar, trabajo sexual y préstamos de usura.

- La persistencia de grupos armados ilegales y las falencias en los procesos de desmovilización llevados a cabo por el gobierno nacional.

- Actividades de extorsión directa e indirecta a transportadores, comerciantes formales e informales, casas y apartamentos, y diversas modalidades de secuestro extorsivo en centros urbanos –en particular de corta duración– impactan en forma negativa las condiciones reales de seguridad ciudadana y su percepción.

- Desafíos asociados al comportamiento ciudadano y a la falta de apropiación de los referentes básicos de cultura ciudadana. Entre éstos cabe señalar la condescendencia y, en ocasiones, la complicidad de amplios sectores de la sociedad con actividades ilícitas (por ejemplo, la compra de bienes hurtados, piratas o en sitios de venta ilegal), la comisión de contravenciones, la intolerancia y el incumplimiento de reglas informales de conducta, entre otros, que obligan a una actuación más proactiva del Estado y de la sociedad en este campo.

Actualmente Bogotá se encuentra dentro de las cuatro (4) ciudades que presentan mayor concentración del delito en el país:

Tomado de DNP. Política Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. 2011. Pág. 34.

El DNP desarrolló el análisis de cuatro delitos en la formulación de la Política Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, encontrando que los centros urbanos son los que concentran la mayor proporción de delitos; así mismo, se tiene que Bogotá encabeza lo referente a hurto, lesiones personales, muertes por accidentes de tránsito y ocupa el tercer lugar en la tasa nacional de homicidios (cifras 2010).

Tomado de DNP. Política Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. 2011. Pág.54.

Esta condición implica la construcción de una estructura que haga de la seguridad un asunto prioritario para garantizar la gobernabilidad democrática de Bogotá, la cual se ve amenazada por la multiplicación y profesionalización del delito. Esta situación exige una evolución de aparato estatal, y específicamente del Distrital, ante el desarrollo actual de las dinámicas delictivas, dando especial importancia al fortalecimiento de los componentes de acción e inteligencia que disuadan la criminalidad y fortalezcan los esquemas de articulación institucional.

En este sentido, se requiere fortalecer el registro, investigación y seguimiento de delitos, lo cual es fundamental para la formulación de políticas y el diseño de estrategias, sin olvidar la importancia de instrumentos como las encuestas de victimización, que permiten un mejor acercamiento a la realidad delictiva de la ciudad.

Así mismo, se debe fortalecer la función natural de jefe de policía que detenta el Alcalde de la ciudad, quien debe trazar las líneas estratégicas y tácticas para la toma de decisiones en materia de seguridad. En la actualidad, estas directrices dependen principalmente de quien dirige la Policía Metropolitana de Bogotá –MEBOG-, siendo indispensable el fortalecimiento de la articulación con el Distrito. Por ello resulta de interés prioritario para la ciudad la creación de una entidad encargada específicamente de la dirección y coordinación de políticas de seguridad desde la Administración Distrital.

Del mismo modo, en el abordaje de la seguridad, se requiere de un aparato que fortalezca la interacción con el ciudadano y su territorio, por lo cual el componente de participación cobra especial relevancia. La nueva estructura debe fomentar el empoderamiento y corresponsabilidad ciudadana para el disfrute y garantía de este derecho, donde la construcción de las políticas en la materia debe ser democrática y transparente ante los habitantes de la ciudad y coherente con las realidades territoriales.

Ante estos grandes desafíos en el abordaje de la seguridad, se hace indispensable elevar el manejo del tema en la agenda pública, para lo cual resulta pertinente e imperativo constituir un sector administrativo especializado en seguridad con una entidad cabeza de sector responsable de la planificación de las acciones públicas, tanto en prevención como en el control, elevando su efectividad.

En la actualidad, la seguridad es asumida misionalmente por la Secretaría de Gobierno, Seguridad y Convivencia a través de su Subsecretaria de Asuntos para la Convivencia y la Seguridad, y por el Fondo de Vigilancia y Seguridad, encontrándose dos situaciones a replantear en este esquema:

* Establecer la seguridad como un tema de ciudad, cuyo tratamiento prioritario no se diluya entre los diversos temas que hoy están a cargo de la Secretaría de Gobierno, Seguridad y Convivencia. La seguridad requiere un tratamiento especializado al ser una de las funciones principales del Estado, y más aún en centros urbanos como Bogotá, cuya dinámica poblacional y social se acrecienta y complejiza rápidamente.

* Superar la dispersión de las estructuras que manejan la seguridad en la ciudad, logrando una armonización de los esquemas políticos, administrativos y operativos, que unifique los criterios de acción y aseguren la efectividad de los planes y programas.

El impacto global de este cambio podría evidenciarse, a corto plazo, en dos aspectos fundamentales. En primera instancia, la ganancia en términos de efectividad y operatividad policial sería inmediata, al tener un responsable distrital de la articulación interinstitucional y con la ciudadanía, con relación a políticas, diagnósticos y operativos en materia de seguridad y convivencia. Por otro lado, la Secretaría Distrital de Seguridad integraría y fortalecería las competencias hoy desarrolladas por la Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y la Seguridad y el Fondo de Vigilancia y Seguridad.

En este marco, la principal tarea de la Secretaría de Seguridad sería la formulación y evaluación de políticas, planes y programas encaminados a preservar la seguridad, los derechos humanos y el orden público en la ciudad.

III. FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES

CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA

"ARTICULO 2º—Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares."

ESTATUTO ORGANICO DE BOGOTA (Decreto 1421 de 1993)

"ARTICULO 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

8. Determinar la estructura general de la Administración Central, las funciones básicas de sus entidades y adoptar las escalas de remuneración de las distintas categorías de empleos.

(…)

IV. IMPACTO FISCAL

De conformidad con lo señalado en la ley 819 de 2003 "Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones", el presente proyecto de acuerdo no presenta impacto fiscal y no genera gastos diferentes a las inherentes al desarrollo de las funciones constitucionales y legales de las entidades comprometidas.

Atentamente,

ORLANDO PARADA DIAZ

SEVERO CORREA VALENCIA

ANDRES CAMACHO CASADO

CLARA LUCIA SANDOVAL

NELLY PATRICIA MOSQUERA

JAVIER PALACIO MEJÍA

MARTHA ESPERANZA ORDOÑEZ

FELIPE MANCERA ESTUPIÑAN

PROYECTO DE ACUERDO 107 DE 2012

"Por medio del cual se crea el Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad, se crea la Secretaría Distrital de Seguridad, se modifica el Acuerdo 257 de 2006, y se dictan otras disposiciones".

EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 8 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

A C U E R D A:

ARTÍCULO 1. Creación del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad. Créase el Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad.

ARTÍCULO 2. Misión del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad. El Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad tiene la misión de velar por la seguridad y tranquilidad de las personas, garantizando el mantenimiento del orden público, la intervención directa a las causas y manifestaciones del delito y el respeto de los derechos humanos en esta materia.

ARTÍCULO 3. Naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Seguridad.

La Secretaría Distrital de Seguridad es un organismo del sector central, con autonomía administrativa y financiera, que tiene por objeto liderar la formulación, seguimiento y ejecución de las políticas encaminadas a la garantía y restablecimiento de los derechos de la ciudadanía en materia de seguridad. Este objetivo se desarrolla a través de la promoción, prevención, protección y garantía de la seguridad y tranquilidad de los habitantes, la intervención directa de las causas y manifestaciones del delito, la acción eficaz contra el crimen organizado y el terrorismo, y la coordinación de las políticas de la administración distrital en materia de seguridad en sus distintos niveles.

La Secretaría Distrital de Seguridad, además de las funciones generales contenidas en el Artículo 23 del Acuerdo 257 del 30 de 2006, tendrá las siguientes funciones básicas:

a) Dirigir y coordinar la formulación, implementación y evaluación de políticas, planes y programas encaminados a preservar la seguridad, los derechos humanos y el orden público en la ciudad.

b) Articular las iniciativas y procesos ciudadanos encaminados a la prevención y disuasión del delito a través de los Frentes Locales de Seguridad, las Juntas Zonales de Seguridad y demás mecanismos de participación popular que se consideren pertinentes.

c) Promover la celebración de acuerdos entre los sectores público y privado para la solución integral de problemas que afecten la seguridad o la convivencia ciudadana y velar por su cumplimiento.

d) Liderar y promover las actividades desarrolladas por la Red de Apoyo y Solidaridad Ciudadana de Bogotá.

e) Formular, implementar y evaluar el Plan Integral de Seguridad Distrital y apoyar a las localidades en la formulación de sus planes locales de seguridad.

f) Administrar el Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital y velar por su adecuada implementación, desarrollo e innovación tecnológica, para responder efectivamente a los problemas de seguridad y/o emergencias que se produzcan en el Distrito Capital. Las acciones interinstitucionales se harán en coordinación con la Secretaría de Gobierno.

g) Velar por la efectiva prestación del servicio de policía y procurar la mejora oportuna en las condiciones del mismo.

h) Capacitar y especializar la prestación del servicio de policía en el Distrito Capital a través de la formación de la fuerza pública en los asuntos que sean de su competencia.

i) Coordinar las relaciones de la administración distrital con las entidades públicas y privadas del orden internacional, nacional, departamental y distrital, en materia de seguridad y orden público.

j) Participar en el diseño, formulación, seguimiento y evaluación de proyectos y programas de prevención y control en seguridad ciudadana ejecutados por la Policía Metropolitana, siguiendo las pautas que para el efecto señale el Alcalde Mayor.

k) Implementar un sistema de información actualizado, que contenga estudios geo-referenciados de criminalidad, presencia de grupos delictivos, identificación de puntos críticos, atención de zonas vulnerables, entre otros temas pertinentes, que sirva de base para la formulación de políticas, planes y programas.

l) Desarrollar estudios interdisciplinarios e investigaciones sobre conflictividades urbanas y seguridad ciudadana.

m) Apoyar a las alcaldías locales en la formulación de proyectos y programas de seguridad ciudadana, siguiendo los lineamientos que para el efecto señale el Alcalde Mayor.

n) Garantizar y evaluar periódicamente el cumplimiento del convenio establecido con la Nación para el manejo de la Cárcel Distrital, promoviendo las mejoras administrativas y la renovación tecnológica relacionada con los procesos de resocialización.

o) Revisar y aprobar los anteproyectos de presupuestos de inversión y de funcionamiento, así como los recursos del crédito público del Sector a su cargo.

ARTÍCULO 4. Integración del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad. El Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad está integrado por la Secretaría Distrital de Seguridad, cabeza del Sector.

ARTÍCULO 5. Liquidación del Fondo de Vigilancia y Seguridad. Liquídese el Fondo de Vigilancia y Seguridad como establecimiento público y constitúyase un fondo cuenta de seguridad en los términos establecidos en la ley 418 de 1997, prorrogada por la ley 1421 de 2010, y el decreto 399 de 2011. Su administración estará a cargo de la Secretaría Distrital de Seguridad y actuará como ordenador del gasto el Secretario de despacho. Su planta de personal y los recursos asignados se trasladarán a la Secretaría Distrital de Seguridad.

ARTÍCULO 6. Denominación del Sector Administrativo de Coordinación de Gobierno, Seguridad y Convivencia. En adelante el Sector Administrativo de Coordinación de Gobierno, Seguridad y Convivencia se denominará Sector Administrativo de Coordinación de Gobierno y Convivencia Ciudadana, y continuará cumpliendo los objetivos y funciones señalados por las normas vigentes, salvo las que en virtud del presente acuerdo son trasladadas al Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad.

ARTÍCULO 7. Denominación de la Secretaría Distrital de Gobierno. En adelante, la Secretaría Distrital de Gobierno, se denominará Secretaría de Gobierno y Convivencia Ciudadana, y continuará cumpliendo los objetivos y funciones señalados por las normas vigentes, salvo las que en virtud del presente acuerdo son trasladadas a la Secretaría Distrital de Seguridad.

PARÁGRAFO. La planta de personal y los recursos asignados a la Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana, serán incorporados a la Secretaría Distrital de Seguridad.

ARTÍCULO 8. Vigencia y derogatorias. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 C. BOSCH, José Luis; FARRÁS, Jaume et al. Estado, Mercado y Seguridad Ciudadana: análisis de la articulación entre la Seguridad Pública y privada en España. En Revista Internacional de Sociología (RIS) Nº 39, Septiembre-Diciembre, 2004. Universidad de Barcelona. Págs. 105-135.

2 BELLO MONTES, Catalina. Seguridad Ciudadana: Una mirada desde la Criminología. En Revista Criminalidad, Seguridad rural y Urbana". Policía Nacional de Colombia, DIJIN. Pág. 258.

3 BROTAT, Ricard. Un concepto de seguridad ciudadana. Barcelona, Mayo de 2002. Págs.12 y 13. Recurso electrónico.

4 THOMÉ, Henrique Inácio. Victimización y cultura de Seguridad Ciudadana en Europa. Tesis de Doctorado en Sociología. Dir. Diego Torrente Robles. Departamento de Sociología y análisis de las Organizaciones, Universidad de Barcelona, 2004. Pág. 52. Recurso electrónico.

5 BELLO MONTES, Catalina. Ibíd. Pág. 259.

6 THOMÉ, Henrique Inácio. Ibíd. Pág. 38.

7 La Cosa Nostra siciliana, las mafias norteamericanas y rusas, los cárteles de Colombia y México, las redes criminales nigerianas, los yacuzas japoneses, las Tríadas chinas, los traficantes de heroína turcos, las cuadrillas armadas de Jamaica, etc.

8 Grupos terroristas (FARC, Al-Qaeda, ETA, Hamas, etc.), religiosos (católicos, carismáticos, budistas, judíos observantes, protestantes metodistas, etc.), políticos e ideológicos (Neo-nazis, antifascistas, verdes y ambientalistas, etc.), culturales, sindicatos, etc.

9 BROTAT, Ricard. Ibid. Pág. 3.

10 UN HABITAT. Libro blanco de la seguridad ciudadana y la convivencia en Bogotá. Primera edición. 2008. Bogotá Pg. 15.

11 ARTIGAS, Carmen. Primer modulo: el enfoque de derechos aplicado en programas sociales: una apuesta por la superación de la desigualdad y la pobreza. En http://www.cepal.org/noticias/discursos/2/11242/Carmen_Artigas.pdf.

12 UN HABITAT. Ibíd. Pág. 16.

13 Tal es el caso de hechos de violencia intrafamiliar y sexual, y una débil inserción al sistema escolar y al mercado laboral, en especial por parte de jóvenes, hacen más vulnerables algunos grupos sociales, lo que en ocasiones crea mayor disposición para convertirlos en objetivo de la criminalidad emergente, bien sea como recurso humano disponible o como grupo en riesgo de victimización. Departamento Nacional de Planeación. Política Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. 2011. Pág. 3.

14 GAMBOA RIVAS, Ángela. Una década de políticas de seguridad ciudadana en Colombia. Tomado de http://pdba.georgetown.edu/Security/citizensecurity/Colombia/evaluaciones/decadapoliticas.pdf. Pág. 86.

15 Tomado de DNP. Op. Cit. 5.

16 Tomado de DNP. Op. Cit. Pg. 2-3.