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Resolución 4 de 2001 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Fecha de Expedición:
25/07/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/07/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2453 del 16 de agosto de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 004 DE 2001

(Julio 25)

Derogada Tácitamente por la Resolución del I.D.R.D. 02 de 2005

«Por la cual se modifica la Resolución No. 001 del 2001»

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE

en uso de sus facultades legales, y, en especial las conferidas por el numeral 5° del artículo 5° del Acuerdo 4 de 1978 y el literal 7 del artículo 17 de la Resolución de Junta Directiva 05 de 1997 y,

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución 001 de 2001, se establece la estructura orgánica del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte y se determinan las funciones de sus dependencias.

Que el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte requiere modificar las funciones de algunas dependencias con el fin de adaptarlas al cumplimiento de los objetivos básicos de su gestión en forma eficaz y eficiente para el logro de las metas institucionales.

Que de conformidad con la Resolución No. 05 de 1997, es función de la Junta Directiva adoptar la estructura orgánica de la entidad, así como crear, suprimir, fusionar, clasificar y reestructurar dependencias y cargos del Instituto.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 3o. de la Resolución No.001 del 2.001 el cual quedará así:

OFICINA ASESORA JURÍDICA.

La Oficina Asesora Jurídica depende de la Dirección, sus funciones son:

1. Asistir a las diferentes dependencias en los asuntos y negocios jurídicos que se tramiten en el Instituto.

2. Vigilar, coordinar, atender y controlar el trámite de los procesos judiciales en los cuales tenga interés el Instituto.

3. Emitir los conceptos jurídicos que sean solicitados por las diferentes dependencias del Instituto y otras entidades públicas o privadas, excepto en materia de contratación.

4. Elaborar y revisar los proyectos de acuerdos, resoluciones y demás actos administrativos que expida la Junta Directiva, la Dirección o las diferentes dependencias del instituto de acuerdo con las funciones propias de cada área, excepto los relacionados con los procesos contractuales.

5. Elaborar y/o revisar los actos administrativos por los que se conceden o niegan los reconocimientos deportivos a las ligas de deporte de Bogotá.

6. Recopilar y mantener al día el registro de leyes, decretos, códigos, acuerdos estatutos y demás disposiciones de carácter legal relacionadas con la entidad.

7. Tramitar y controlar los procesos de jurisdicción coactiva que deba adelantar el instituto.

8. Formular el presupuesto anual para el cumplimiento de fallos judiciales e informar mensualmente a la Subdirección Administrativa y Financiera la cuantía de recursos requerida para la atención de los mismos.

9. Suministrar a los diferentes organismos de control, la información y documentos necesarios requeridos por dichas entidades, excepto los relacionados con la contratación.

10. Velar y garantizar que el Instituto esté representado en los Juzgados y Tribunales o ante cualquier autoridad administrativa en los eventos que se requieran.

11. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y fiscales exigidas para el trámite y ejecución de los distintos actos administrativos, excepto lo relacionado con los procesos contractuales.

12. Coordinar la integración de los diferentes expedientes relativos a los procesos judiciales en que sea parte la entidad.

13. Rendir los informes que le sean solicitados por el Director y los que de acuerdo a los reglamentos deban presentarse.

14. Preparar y ejecutar planes operativos y de desarrollo de la dependencia, identificando acciones integradas y de control interno e informarlas a la Dirección para su consolidación.

15. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 8o. de la Resolución No.001 del 2.001 el cual quedará así:

ARTÍCULO 8o.- SECRETARIA GENERAL

La Secretaria General depende de la Dirección General, sus funciones son:

1. Participar en la formulación y elaboración de planes, políticas, estrategias, objetivos y metas que deban ser sometidas a consideración de la Junta Directiva y/o del Director General.

2. Planear, dirigir, ejecutar y controlar las diferentes etapas de los procesos contractuales para la adquisición de bienes o servicios requeridos para el correcto funcionamiento de las actividades y programas que realiza el I.D.R.D.

3. Coordinar con las diferentes dependencias la elaboración de proyectos de invitaciones, licitaciones, términos de referencia, pliegos de condiciones y celebración de contratos.

4. Hacer el estudio y emitir los conceptos jurídicos que se requieran dentro las diferentes etapas de los procesos contractuales.

5. Custodiar el archivo de contratos de la entidad y mantenerlo actualizado, coordinando con las demás áreas del Instituto las acciones necesarias para el envío oportuno de los documentos que lo integran.

6. Dirigir, coordinar y controlar las actividades de atención al cliente, quejas y reclamos de la entidad.

7. Asistir a la Dirección en la orientación de las dependencias del Instituto para el cumplimiento de los objetivos misionales y de apoyo.

8. Dirigir, coordinar y controlar las actividades al interior de la entidad con el fin de lograr el cumplimiento de los objetivos, planes y programas misionales y de apoyo de la entidad.

9. Elaborar y presentar a consideración de la Dirección General los proyectos de acuerdos, resoluciones y demás documentos que deben expedirse para el normal funcionamiento de la entidad.

10. Dirigir y coordinar las investigaciones disciplinarias sobre faltas cometidas por parte de los funcionarios del Instituto, en relación con deberes y obligaciones que les corresponden como servidores públicos.

11. Garantizar el buen manejo, custodia y conservación de los documentos y actos administrativos de Junta directiva y actuar como secretario de la Junta Directiva del Instituto.

12. Expedir y autenticar copias de los documentos que reposan en el archivo de la entidad.

13. Establecer los procedimientos de publicidad y notificación de los actos administrativos que así lo requieran.

14. Comunicar a las dependencias interesadas las decisiones de Junta Directiva.

15. Presentar los informes que requiera la Dirección y los que de acuerdo a sus funciones deban rendirse.

16. Coordinar las actividades administrativas de las diferentes dependencias de la entidad.

17. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ARTÍCULO 3o.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de julio de 2001.

PRESIDENTE

SECRETARIO