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Circular 10 de 2002 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
25/02/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/02/2002
Medio de Publicación:
No se publicó
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CISG00102002

CIRCULAR 010 DE 2002

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, GERENTE DE LA UESP Y ALCALDES LOCALES

DE:

SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA

ASUNTO:

REQUISITOS TRAMITE CUMPLIMIENTO DE FALLOS

FECHA:

FEBRERO 25 DE 2002

Con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones a cargo del Distrito Capital por Concepto de sentencias, laudos, conciliaciones y providencias de autoridades jurisdiccionales proferidos en contra del nivel central de la Administración Distrital, originados en aquellos procesos que continua llevando la Oficina de Asuntos Judiciales de la Secretaría General por haber sido notificados con anterioridad a la expedición del Decreto No.854 del 2 de noviembre de 2001, 5e hace imperioso cumplir con los siguientes requisitos:

Esta Secretarla tramitara el respectivo pago con base únicamente en la liquidación firmada por el Jefe de la entidad, sin perjuicio de que se observen los tramites administrativos internos en la misma.

El tramite debe ser surtido con la mayor celeridad para evitar el pago de intereses moratorios, lo que ocasionaría un eventual detrimento patrimonial.

Las gestiones administrativas tendientes a efectuar el pago se llevarán a cabo por parte de la Secretaría General can fundamento en la liquidación efectuada por la entidad competente, por tanto su contenido será de exclusiva responsabilidad del respectivo organismo.

Cordialmente,

 

LILIANA CABALLERO DURAN

Secretaría General