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DECRETO 865 DE 1999 (Diciembre 16) «Por el cual se prorrogan las sesiones extraordinarias convocadas mediante Decreto No. 841 de 1999, adicionadas por los Decretos Nos. 846 y 856 de 1999.» EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las atribuciones legales que confiere el artículo 10 del Decreto Ley 1421 de 1993, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- Prorrogar hasta el 22 de diciembre de 1999 las sesiones extraordinarias del Honorable Concejo Distrital, convocadas mediante Decreto No. 841, y adicionadas por los Decretos Nos. 846 y 858 de 1999, para que se ocupe del trámite y estudio de los asuntos a que se refieren los Decretos antes mencionados.ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar el artículo primero del Decreto No. 858 de diciembre 15 de 1999, en el sentido de precisar que el epígrafe del proyecto de Acuerdo a someter a consideración en segundo debate es «Por el cual se crean los comités de convivencia en los establecimientos educativos oficiales y privados del Distrito Capital» y no como inicialmente se señaló. ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve (1999). ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor. |