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Decreto 865 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/12/1999
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/12/1999
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM08651999

DECRETO 865 DE 1999

(Diciembre 16)

«Por el cual se prorrogan las sesiones extraordinarias convocadas mediante Decreto No. 841 de 1999, adicionadas por los Decretos Nos. 846 y 856 de 1999.»

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de las atribuciones legales que confiere el artículo 10 del Decreto Ley 1421 de 1993,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Prorrogar hasta el 22 de diciembre de 1999 las sesiones extraordinarias del Honorable Concejo Distrital, convocadas mediante Decreto No. 841, y adicionadas por los Decretos Nos. 846 y 858 de 1999, para que se ocupe del trámite y estudio de los asuntos a que se refieren los Decretos antes mencionados.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar el artículo primero del Decreto No. 858 de diciembre 15 de 1999, en el sentido de precisar que el epígrafe del proyecto de Acuerdo a someter a consideración en segundo debate es «Por el cual se crean los comités de convivencia en los establecimientos educativos oficiales y privados del Distrito Capital» y no como inicialmente se señaló.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve (1999).

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor.