RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 184 de 1996 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/03/1996
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/03/1996
Medio de Publicación:
REGISTRO DISTRITAL 1131
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM01841996

DECRETO 184 DE 1996

(Marzo 15)

Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias al Concejo Distrital de santa Fe de Bogotá, D.C.

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de las atribuciones legales que le confiere el artículo 10 del Decreto ley 1421 de 1993

DECRETA

Artículo Primero: Convócase al Concejo Distrital a sesiones extraordinarias, durante doce días calendario, por el término comprendido entre el 18 y el 29 de marzo de 1996, para que se ocupe de los siguientes asuntos:

  1. Completar la discusión relacionada con el concepto sobre conveniencia de una consulta popular de carácter Distrital para que los ciudadanos de Santa Fe de Bogotá se pronuncien sobre el siguiente texto: "¿Salvamos la Empresa de Energía de Bogotá e invertimos en transporte, vendiendo la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá?".
  2. Proyecto de Acuerdo "Por el cual se establece y adiciona la Planta de Personal Docente, Directivo Docente y Administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones".
  3. Proyecto de Acuerdo "Por el cual se deroga el cuerdo 60 de 1959 t se reglamenta el cobro de una tasa por alumbrado público a los usuarios urbanos del servicio de energía eléctrica en el Distrito Capital".
  4. Proyecto de Acuerdo "Por el cual se deroga el articulo 9 del acuerdo 22 de 1955"
  5. Proyecto de Acuerdo "Por el cual se incorporan al Presupuesto Anual de Rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal de 1996 los recursos obtenidos por Superávit Fiscal y Cancelación de reservas".

Articulo segundo. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santa Fe de Bogotá D. C. a los quince días del mes de marzo de 1996

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

ALICIA EUGENIA SILVA

Secretaria de Gobierno