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Acuerdo 7 de 1997 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
31/03/1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00071997

ACUERDO 7 DE 1997

(Marzo 10)

"Por el cual se da nombre a una avenida de la ciudad y se dictan otras disposiciones"

EL CONCEJO DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales y reglamentarias y,

CONSIDERANDO:

  1. Que n 1996 se conmemoraron 400 años de la llegada a Colombia de la ORDEN HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS.
  2. Que la ORDEN HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS. a través de sus actividades en la comunidad ha fundado y puesto en funcionamiento Hospitales y Centros de Atención con una avanzada tecnología, siendo una de las más importantes la Clínica Hospital Universitario fundado en 1929 como Hogar Clínica San Rafael y en este orden encontramos también 7 Hospitales Psiquiátricos en el país de conocida trayectoria, 2 de ellos ubicados en santa Fe de Bogotá.
  3. Que teniendo en cuenta los invaluables valores aportados en bien de la comunidad a través del tiempo, el Concejo de Santa fe de Bogotá, quiere rendir un homenaje a esa loable influencia en el campo de la salud en la que varias generaciones, han sido fiel testimonio de la incasable labor de las diferentes instituciones fundadas por la ORDEN HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS, dedicado totalmente al servicio de la Comunidad.

  4. Que es deber de Santa Fe de Bogotá unirse a esta conmemoración de trascendental importancia para el sector social de la salud y de la educación, tanto de la Ciudad Capital como del país en general.

ACUERDA

Artículo 1. Honrar la memoria de la ORDEN HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS designando con el nombre de Avenida ORDEN HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS, al tramo de la Calle 17 sur comprendido entre la carrera 6 bajando perpendicularmente hasta su intersección con la Avenida Carácas.

Artículo 2. Las Entidades de la administración Distrital tomarán las providencias pertinentes, para que en los sitios adecuados del tramo de la Avenida se coloquen las plazcas y señales con el nombre ordenado por este Acuerdo.

Artículo 3. Las Entidades Distritales a través del Departamento Administrativo del Medio Ambiente y la Secretaría de Obras Públicas efectuarán la recuperación de la mencionada Avenida.

Artículo 4. El presente Acuerdo, trascrito en pergamino, y en ceremonia especial será entregado por una Comisión del Concejo al Director de la ORDEN HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS.

Artículo 5. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santa fe de Bogotá, D.C. a los diez (10) días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997).

CARLOS OSSA ESCOBAR

Presidente

Concejo Santa Fe de Bogotá.

JOSE JOAQUIN OJEDA BALLÉN

Secretario General

Concejo Santa Fe de Bogotá.

AURELIJUS RUTENIS ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital