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Proyecto de Acuerdo 217 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 217 DE 2012

"Por medio del cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2012"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Honorables Concejales:

De conformidad con lo establecido en los Artículos 63, 65, 66 y 71 del Decreto Distrital 714 de 19961, Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital presenta a consideración del Concejo de Bogotá un Proyecto de Acuerdo, "Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012".

I. SUSTENTO JURÍDICO

Decreto Distrital 714 de 1996:

"Artículo 63. De las Modificaciones Presupuestales. "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente:

(…) b) "Crédito Adicional. Es la adición a las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. En el último caso se crearán nuevos rubros en el Presupuesto Vigente".

"Artículo 65º.- Aumento del Monto de Apropiaciones. Cuando durante la Ejecución del Presupuesto Anual del Distrito se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones, para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la Ley, se pueden abrir créditos adicionales por el Concejo o por el Gobierno, con arreglo a las disposiciones de este Acuerdo.

Artículo 66°.- Aprobación de las Modificaciones Presupuestales. "El Gobierno Distrital presentará al concejo Distrital, Proyectos de Acuerdo sobre traslados y créditos adicionales al presupuesto, cuando sea indispensable aumentar la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente o no comprendidas en el presupuesto por conceptos de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública e inversión" (…)".

"Artículo 71º.-. De la Iniciativa de los Créditos Adicionales. Los créditos adicionales al Presupuesto de Gastos sólo podrán ser abiertos por el Concejo Distrital a solicitud escrita del Gobierno, por conducto de la Secretaría de Hacienda".

Decreto Distrital 603 de 2011

Mediante el Decreto No. 603 de 2011, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2012, el cual fue liquidado según Decreto 669 del 29 de 2011.

II. OBJETIVO DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

La modificación propuesta consiste en una Adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal 2012, por valor de $463.022 millones, de los cuales $20.065 millones provienen de Transferencias y $442.957 millones, de Recursos de Capital.

i) Transferencias $20.065 millones, desagregadas así: $18.865 millones, del Sistema General de Participaciones para el sector Salud, correspondientes a la distribución de las 11/12 del SGP-2012 mediante documento CONPES 148, para el componente de Prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda.

Esto en cumplimiento de lo establecido en la Constitución Política de 1991, artículos 356 y 357, lo estipulado en la ley y la normatividad vigente para el sector público de la salud en Bogotá D. C., dentro de lo cual cabe mencionar el Artículo 43 de la Ley 715 de 2001, que dispone : (…) 43.2.1. "Gestionar la prestación de los servicios de salud, de manera oportuna, eficiente y con calidad a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda, que resida en su jurisdicción, mediante instituciones prestadoras de servicios de salud públicas o privadas". (…) 43.2.2. "Financiar con los recursos propios, si lo considera pertinente, con los recursos asignados por concepto de participaciones y demás recursos cedidos, la prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda y los servicios de salud mental". (…). Así mismo, en concordancia con los artículos 44 y 45 de la mencionada ley, compete a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá dirigir y coordinar el sector salud y el Sistema General de Seguridad Social en Salud, en el ámbito de su jurisdicción.

Igualmente, en concordancia con los artículos 44 y 45 de la mencionada ley, compete a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá garantizar, en el área de su jurisdicción, la prestación de los servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda. Así mismo, la Sentencia de la Corte Constitucional T-760 de 2008, ratifica el derecho a la salud como uno de los derechos fundamentales por su conexión con el derecho a la vida, estableciendo la unificación de los planes de beneficios del POS-C y POS-S en forma paulatina, pero con alcance universal para todos los pobladores del Distrito Capital, comenzando por los grupos más vulnerables como son la infancia y la adultez.

Por lo anterior, en el contexto del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas Bogotá Humana 2012-2016, la entidad a través del Proyecto de Inversión "Atención a la Población Pobre no Asegurada", busca el objetivo de "garantizar las condiciones necesarias para la atención de la población pobre no asegurada del Distrito Capital al Sistema General de Seguridad Social en Salud y lograr la gratuidad en salud para poblaciones específicas del Régimen Subsidiado de Salud niveles 1 y 2 del SISBEN mayores de 65 años, población menores de 5 años, así como población en condición de discapacidad severa, siendo el reto principal Mantener la cobertura con Servicios de salud a la Población Pobre y Vulnerable, no asegurada del D.C.".

Los restantes $1.200 millones de Transferencias, provienen del Convenio Interadministrativo DPS-SDIS No. 298 de 2011 celebrado entre el Departamento para la Prosperidad Social, (subrogado a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas) y la Secretaría Distrital de Integración Social, con el objeto de prestar atención integral a la población indígena en situación de desplazamiento, asentada en el casco urbano de la ciudad de Bogotá. Al respecto, en el marco de la emergencia sanitaria decretada en el 2011 por la Alcaldía Mayor de Bogotá, la SDIS atiende en dos albergues a la población Embera Chami y Embera Katío.

Con el fin de garantizar el cumplimiento del Convenio y la debida atención a esta población, la entidad ejecutó los recursos este año mediante un traslado presupuestal contracreditando varios proyectos, por lo que los recursos a adicionar pueden ser acreditados en los rubros detallados más adelante.

Cabe anotar que la responsabilidad del Estado colombiano en todos los ámbitos territoriales, para la atención a la población en situación de desplazamiento, se halla establecida por mandato constitucional y legal, así como en los diferentes autos proferidos por la Honorable Corte Constitucional. Debido a este fenómeno, en Bogotá se encuentran más de 200 familias identificadas de la etnia Embera, que en su gran mayoría provienen de los departamentos de Risaralda y Chocó, municipios de Pueblo Bello y Bagadó. Frente a la problemática presentada se deben buscar opciones de atención con enfoque integral para estas familias, procurando generar condiciones adecuadas y dignas en su sitio de desplazamiento.

ii) Recursos de Capital $442.957 millones. De éstos, $441.040 millones corresponden al Superávit Fiscal de la Administración Central a diciembre 31 de 2011; y $1.917 millones, a Excedentes Financieros de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño ($265 millones), Fondo Financiero Distrital de Salud ($284 millones) y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos –UAESP ($1.367 millones), generados a diciembre 31 de 2011, reasignados por el CONFIS en su sesión No. 05 del 14 de mayo de 2012.

La incorporación de los recursos anteriormente descritos permitirá a las entidades cumplir con los programas y metas trazadas en el Plan de Desarrollo "Bogotá Humana".

A continuación se hace una descripción de la modificación presupuestal.

III. ADICION DE INGRESOS Y GASTOS DEL PRESUPUESTO ANUAL DISTRITAL.

La adición al Presupuesto Anual Distrital 2012 asciende a $463.022 millones, los cuales se apropian en Inversión para el cumplimiento de los Programas y Metas del Plan de Desarrollo "Bogotá Humana". (Cuadros 1 y 2).

 

Cuadro 1

Presupuesto Anual Distrital

Proyecto de Adición de Ingresos 2012

Millones de $

Detalle

Monto

I- Administración Central

461.105

II- Establecimientos Públicos

1.917

Total Adición de Ingresos

463.022

Elaboró: SHD-DDP-SFD

Cuadro 2

Presupuesto Anual Distrital

Proyecto de Adición de Gastos 2012

Millones de $

Detalle

Monto

I- Administración Central

291.200

II- Establecimientos Públicos

171.822

Total Adición de Gastos e Inversiones

463.022

Elaboró: SHD-DDP-SFD

3.1 ADMINISTRACIÓN CENTRAL DISTRITAL

3.1.1 ADICIÓN DE INGRESOS

En la Administración Central se adicionan $461.105 millones, según el siguiente detalle (Cuadro 3).

Cuadro 3

Administración Central Distrital

Adición de Rentas e Ingresos 2012

Millones de $

Administración Central

461.105

Transferencias

20.065

-Sistema General de Participaciones

18.865

-Otras Transferencias Nación

1.200

Recursos de Capital

441.040

-Superávit Fiscal

441.040

Los recursos se discriminan de la siguiente manera:

* Sistema General de Participaciones ($18.865 millones)

Como se explicó antes por el componente de Prestación de Servicios de Salud le correspondieron a Bogotá $32.958 millones, que comparativamente con el presupuesto vigente dieron una mayor asignación de $18.865 millones, los cuales se incorporan para ajustar el presupuesto al valor asignado.

* Transferencias –Otras Transferencias Nación ($1.200 millones)

Los recursos provienen del Convenio Interadministrativo DPS-SDIS No. 298, celebrado entre el Departamento para la Prosperidad Social y la Secretaría Distrital de Integración Social, para prestar atención integral y oportuna a la población indígena en situación de desplazamiento.

* Recursos de Capital ($441.040 millones)

Corresponden al Superávit Fiscal de la Administración a diciembre 31 de 2011, que se adicionan para el cumplimiento de los objetivos y metas del Plan de Desarrollo "Bogotá Humana".

3.1.2 ADICIÓN DE GASTOS

En la Administración Central se apropian $291.200 millones, para inversión en las entidades que se detallan en el cuadro siguiente. (Cuadro 4).

Cuadro 4

Administración Central Distrital

Adición de Gastos e Inversiones 2012

Millones de $

Administración Central

291.200

Secretaría Distrital de Educación

140.000

Secretaría Distrital del Hábitat

70.000

Secretaría Distrital de Integración Social

81.200

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

Solicita adicionar $140.000 millones, los cuales se apropian en el proyecto "Hábitat escolar". La SED para hacer efectivo el Plan de desarrollo Distrital debe contar con los recursos suficientes y oportunos que permitan garantizar el cumplimiento de las metas establecidas y asegurar, entre otros, que los (as) niños (as) y jóvenes de la ciudad cuenten con infraestructura educativa adecuada para garantizar el derecho a la educación y la prestación del servicio. Los objetivos prioritarios para responder con el tema de infraestructura educativa en Bogotá, son los siguientes: construir nueva infraestructura escolar en las zonas de mayor déficit de oferta educativa; intervenir con obras de infraestructura los colegios oficiales que presenten riesgo contra la integridad física de los y las estudiantes, cumpliendo con el manual de estándares de construcción y calidad y realizar intervenciones de obra de manera oportuna en los colegios en donde se presenten emergencias que atenten contra la integridad de la comunidad educativa.

La ampliación de cobertura debe tener en cuenta algunas dificultades que aún persisten, como son desfases entre la localización geográfica de los centros educativos y el lugar de residencia de la población en edad escolar. Esto conduce a que en algunas localidades exista déficit de capacidad y en otras exceso de oferta. Así mismo, al interior de las localidades hay sectores críticos que concentran gran parte de la demanda efectiva, medida por el número de solicitudes, y no cuentan con oferta oficial y privada suficiente para atenderla.

La SED, en el marco del Plan de Desarrollo 2012-2016 "Bogotá Humana", se ha propuesto la meta de intervenir 95 colegios oficiales existente, dentro de los cuales se incluye la terminación de 39 colegios y la restitución de 56. Además, se programó la construcción de 30 colegios nuevos que permitirán la ampliación de cobertura en la ciudad.

Con esta adición se llevará a cabo la contratación de las obras de infraestructura para la construcción del colegio La Magdalena por $21.000 millones; así como las obras de infraestructura para la terminación de colegios inconclusos, y la construcción de restituciones, reforzamientos y mejoramientos de los colegios por valor de $90.540 millones, que cuentan con consultoría y licencia de construcción vigente; de no iniciarse dichos procesos este año, la Secretaría de Educación corre el riesgo de perder la vigencia de las licencias respectivas viéndose abocada a reiniciar todos los trámites para la consecución de nuevas licencias, lo que requeriría la actualización de los estudios técnicos y ajuste a la nueva norma NSR de 2010, lo cual resultaría oneroso para la administración y demoraría la ejecución del plan por lo menos en dos años.

A continuación se relacionan las instituciones educativas a intervenir:

Antonia Santos Sede A- Mártires

Benjamín Herrera Sede A

Colegio Manuel Cepeda Vargas-Sede Britalia

Colegio Distrital Nueva Constitución

Cultural Popular Sede A

Quiroga Alianza Sede A

La Candelaria – Sede la Concordia

Colegio Distrital Instituto Técnico Industrial Piloto – Sede A

San José – Sede A

Colegio Distrital Las Américas – Sede A

Bernardo Jaramillo Sede A

Antonia Santos OEA

Así mismo, se necesita apropiar recursos para ampliaciones, adecuaciones, obras de mejoramiento menores a las infraestructuras de los colegios distritales correspondientes a los presupuestos participativos por valor de $8.454 millones, por compromisos con la comunidad; 20 consultorías, para la elaboración de los diseños de colegios nuevos, restituciones, reforzamientos y mejoramientos por valor de $10.244 millones; interventorias técnicas, administrativas y financieras para la ejecución de obras por $8.770 millones; $792 millones para la compra de predios que cuentan con viabilidad técnica y jurídica para la construcción de nuevas planas físicas; y $200 millones para mantenimiento de sedes.

SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT

Requiere una adición por $70.000 millones, distribuidos así:

$60.000 millones, en el proyecto "Mecanismos para la producción de suelo para Vivienda de Interés Prioritario" y $10.000 millones, en el proyecto "Implementación de instrumentos de gestión y financiación para la producción de Vivienda de Interés Prioritario".

Los subsidios requeridos se dirigen a cumplir de manera combinada los objetivos y metas de los dos proyectos, tal como se señala a continuación.

El proyecto "Mecanismos para la producción de suelo para Vivienda de Interés Prioritario", tiene por objeto "promover la habilitación y gestión de suelo necesaria para la construcción de 70.000 viviendas de interés prioritario en la ciudad de Bogotá, bajo la premisa de ofrecer alternativas de vivienda adecuadas para las familias bogotanas más vulnerables y en cumplimiento de estándares de calidad desde el punto de vista de habitabilidad, seguridad jurídica, accesibilidad y disponibilidad de entornos amables".

Por promover la habilitación de suelo se entiende la implementación de distintos mecanismos o instrumentos previstos en la legislación nacional, en el Plan de Ordenamiento Territorial y en el Plan de Desarrollo para poder destinar suelo urbanizado a la construcción de vivienda de interés prioritario. Estos instrumentos son: 1) los acuerdos de gestión u otras formas asociativas con los terrenos declarados de desarrollo prioritario que salen a venta forzosa en pública subasta, o de expropiación en los casos en que no haya postores interesados en las subastas; 2) Otro tipo de proyectos asociativos con distintos propietarios ubicados dentro o fuera del centro ampliado, incluidas alianzas público-privadas; 3) la expropiación de terrenos cuando no sean posible los acuerdos, 4) la urbanización de terrenos de propiedad pública y 5) la formulación de proyectos urbanos soportados en los respectivos instrumentos de planeación (planes parciales).

Los recursos solicitados serán utilizados para la obtención de suelo a través de los proyectos asociativos o los acuerdos con propietarios de suelo o los procesos de adquisición pública del mismo, incluida la expropiación, cuando sea necesario y serán ejecutados por cada uno de las entidades operadoras que conforman el Sector Hábitat y la Secretaría, de acuerdo con sus respectivas competencias, mediante transferencias directas o a través de convenios con cada una.

El objetivo del proyecto "Implementación de instrumentos de gestión y financiación para la producción de Vivienda de Interés Prioritario", es "incrementar la oferta de vivienda asequible y accesible con hábitat de calidad para los hogares de menores ingresos, en particular a los hogares víctimas del conflicto armado". Uno de los principales mecanismos para cumplir este objetivo es adoptar el subsidio en especie, que consiste en sustituir progresivamente el subsidio distrital directo a la demanda por un subsidio en suelo urbanizado, de manera que le aporte a los hogares un porcentaje de participación en un proyecto y en una vivienda (que puede representar entre 10 y 15% del precio de la misma), que permitirá realizar concursos o licitaciones con constructores y que servirá de base para que el hogar gestione otros recursos como los subsidios nacionales, subsidio nacional a la tasa de interés, créditos con el Fondo Nacional del Ahorro o el programa distrital de arrendamiento con opción de compra que será implementado en el marco del Plan de Desarrollo. Por tanto, la gestión y adquisición de suelo, se convierte en un subsidio en especie, lo que explica la complementariedad entre los dos proyectos.

Algunos de estos proyectos contribuirán, además, a la implementación del programa de revitalización del centro ampliado. Los recursos serán gestionados a través de fiducias, en el marco de lo previsto en las Leyes 388 de 1997 y 1537 de 2012, y servirán para financiar la adquisición de suelo, como ya se ha indicado, estudios técnicos (de tránsito, topográfico, de suelos, etc.), procesos de gestión social con comunidades aledañas, concursos para el diseño arquitectónico de los proyectos, o algunas obras de urbanismo. Las empresas del sector han hecho una identificación de los terrenos sobre los cuales se concretarán las actuaciones mencionadas.

Es de tener en cuenta que buena parte de los recursos previstos para el programa Vivienda y Hábitat Humanos del PDD, son recursos por gestionar, con el Gobierno Nacional, el sector privado o los hogares, por lo cual se considera indispensable contar con recursos que permitan iniciar la formulación de proyectos para apalancar otro tipo de recursos como los mencionados.

SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL

Solicita incorporar $81.200 millones, que se apropian en los siguientes proyectos:

$54.327 millones, "Construcciones dignas, adecuadas y seguras", con el propósito de adelantar las siguientes acciones: la construcción de 23 nuevos jardines infantiles que serán entregados en junio de 2013, los cuales hacen parte de la meta de los 405 jardines infantiles de "Bogotá Humana"; realizar mantenimiento a 43 jardines y adquirir la dotación de jardines que están construidos; comprar 16 lotes para la construcción de jardines infantiles.

$15.700 millones, en "Desarrollo integral de la primera infancia en Bogotá", los cuales se destinarán a la ampliación de cobertura para la atención de 7.500 niños y niñas en ámbito institucional y 8.000 niños y niñas en ámbito familiar; en el marco del proyecto prioritario educación inicial diferencial, inclusiva y de calidad para disfrutar y aprender desde la primera infancia.

$8.061 millones, para el proyecto "Alimentando capacidades: Desarrollo de habilidades y apoyo alimentario para superar condiciones de vulnerabilidad", que permitirán suministrar cupos de alimentación a 15.500 niños y niñas, en ámbito familiar (8.000) y ámbito institucional (7.500).

$3.012 millones, en "Fortalecimiento e innovación de tecnologías de la información y la comunicación", destinados a dotación de infraestructura tecnológica para ampliación de cobertura de jardines infantiles: las TIC’S dinamizadoras del conocimiento y del emprendimiento.

$100 millones, para "Relaciones libres de violencias para y con las familias de Bogotá", que serán invertidos en dotación de las Comisarías de familias y centros integrales de protección.

3. 2 ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y UNIDADES ADMINISTRATIAS ESPECIALES

3.2.1. ADICIÓN DE INGRESOS Y GASTOS

La adición de Ingresos en los Establecimientos Públicos asciende a $1.917 millones, correspondientes a los Excedentes Financieros generados a diciembre 31 de 2011, por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño ($265 millones), Fondo Financiero Distrital de Salud ($284 millones) y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos –UAESP ($1.367 millones). La adición de Gastos asciende a $171.822 millones, apropiados en Inversión. A continuación se detallan los montos: (Cuadro 5).

Cuadro 5

Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales

Adición de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2012

Millones de $

Establecimientos Públicos

Monto

Recursos de Capital

1.917

Excedentes Financieros

1.917

Total Ingresos

1.917

Gastos

171.822

Inversión

171.822

Total Gastos e Inversiones

171.822

Justificación de la modificación presupuestal.

FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

Requiere adicionar $90.189 millones, de los cuales $71.040 millones, corresponden a recursos distrito; $18.865 millones, son Transferencias del Sistema General de Participaciones y $284 millones, Excedentes Financieros generados a diciembre 31 de 2011, reasignados por el CONFIS en su sesión No. 05 de mayo 14 de 2012. La distribución por proyectos es la siguiente:

$50.000 millones, que se incorporan en el Proyecto "Redes para la Salud y la Vida", destinados al cumplimiento de la meta: Rediseñar, reorganizar e integrar funcionalmente la red Pública Hospitalaria, adscrita a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá en lo relacionado con el diseño y desarrollo del programa territorial de reorganización, rediseño y modernización de las redes de las ESE, a través de la suscripción de convenios interadministrativos para cubrir las necesidades presupuestales y de liquidez permitiendo el apalancamiento financiero de las ESE, garantizar su sostenibilidad y fortalecer institucionalmente su objeto social.

$19.149 millones, se apropian en el Proyecto "Atención a la población pobre no asegurada", ($18.865 millones del SGP y $284 millones de Excedentes Financieros), para financiar las actividades de los servicios de salud a la población pobre en lo No cubierto con subsidios a la demanda, así como la atención de poblaciones especiales y los grupos de especial protección, mediante la contratación de los servicios de salud de mediana y alta complejidad con la red pública distrital adscrita y no adscrita; lo cual apunta al cumplimiento de las metas "Mantener la cobertura con servicios de salud, a la población pobre y vulnerable, no asegurada, del D.C. y "Mantener la gratuidad en salud para poblaciones específicas del Régimen Subsidiado de Salud niveles 1 y 2 del SISBEN mayores de 65 años, población menores de 5 años, así como población en condición de discapacidad severa. Le compete a la Entidad realizar acciones encaminadas a garantizar el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad, y la financiación sostenible y oportuna de la prestación del servicio.

$14.640 millones, en el Proyecto "Salud para el buen vivir", destinados a las acciones de cubrimiento a familias y escolares con acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad; para lo cual se requiere conformar equipos territoriales de salud que atiendan las necesidades de la población, vincular procesos de soporte técnico, que permitan avanzar en el cumplimiento de las siguientes metas del PDD: i) implementar la estrategia de entornos de trabajo saludables en 50.000 unidades de trabajo del sector informal de la economía; y ii) cubrir a 800.000 familias con actividades de promoción y prevención en los centros de salud con enfoque diferencial, a través de 1.000 equipos territoriales que incluyen el ámbito familiar, escolar, trabajo informal, institucional y comunitario.

$4.000 millones, para el Proyecto "Centro Distrital de Ciencia, Biotecnología e Innovación para la Vida y la Salud Humana", para fortalecer los componentes de dotación y recurso humano necesarios para el cumplimiento de las metas del proyecto, reforzando las actividades programadas en el Hemocentro Distrital, Banco de Sangre, tejidos y células, garantizando la operatividad y funcionalidad con criterios de eficiencia, calidad y oportunidad.

$2.400 millones, para el Proyecto "Calidad de los Servicios de Salud en Bogotá, D.C.", para el cumplimiento de la meta verificación, establecida por el Ministerio de Protección Social en el Decreto 1011 de 2006, según la cual las entidades territoriales deben realizar al menos una visita de verificación de requisitos de habilitación a cada prestador, durante los cuatro años de vigencia del registro de habilitación; para adelantar las actividades propias de la Dirección de Desarrollo de Servicios de Salud- Vigilancia y Control de la Oferta. Igualmente, para apoyar a las 22 Empresas Sociales del Estado en el proceso de preparación para la acreditación y a las 100 IPS Públicas y Privadas del pacto Distrital por la seguridad del paciente; con el fin de lograr la prestación de los servicios de salud con estándares de calidad y prácticas seguras comprometidas con el ambiente y minimizar los riesgos en la prestación de los servicios de salud. Adicionalmente, en la actualidad se adelantan unas 4.000 investigaciones administrativas, que demandan un gran recurso humano de abogados y médicos para la elaboración de conceptos técnicos.

FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

Solicita adicionar $265 millones, provenientes de sus Excedentes Financieros generados a diciembre 31 de 2011, que se apropian en el Proyecto "Realización de actividades artísticas y culturales", distribuidos así:

$150 Millones para el programa Laboratorio interactivo, con el fin de plantear varias exploraciones en los campos de la ciencia, el arte y la tecnología que propicien encuentros entre expertos investigadores de distintas disciplinas del conocimiento, con desarrollos en torno a la conservación, manejo y aplicación del agua, reciclaje, ecotecnología táctica y energía hidráulica, entre otros. Este programa "Plataforma Bogotá: laboratorio interactivo de arte, ciencia y tecnología" contempla a partir del 2013, la itinerancia por localidades y las ciudades de la región central, en el que circularán a manera de actividades de formación, los resultados del laboratorio "Agua". Además de las experiencias científicas, tecnológicas y artísticas, se espera un impacto educativo a mas de 80.000 personas que serán receptores de las exhibiciones, exposiciones, muestras, talleres y charlas itinerantes, publicaciones, etc., lo que representa un incremento del 43.9% sobre la meta de asistencias de 2012.

$68 Millones, para el programa Vitrinas de arte en centros comerciales, con el objetivo de acercar la actividad artística y cultural de la ciudad al transeúnte, mediante la creación de espacios expositivos en los centros comerciales, que buscan ofrecer la oportunidad de acceder a una programación artística en el área de las artes plásticas, presentación de obras de reconocidos artistas, etc. Este innovador proyecto se propone romper las barreras que generan segregación e impiden el disfrute de la oferta artística y cultural (disponibilidad de tiempo libre, grandes distancias de la ciudad, movilidad, costos, etc.). Así mismo, permitirá incrementar el número de bogotanos beneficiados con actividades artísticas y culturales de 182.000 a 1.200.000 y cumplir con la programación de la territorialización de la inversión en localidades.

Las anteriores partidas obedecen a la alianza entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y la Fundación, para vincularse a un proyecto artístico y cultural que lleva a cabo el Museo de Arte Moderno (alianza tripartita), con el objetivo de ampliar espacios tanto para los artistas como para el público en general.

Así mismo, se adicionan $47 Millones, para apoyar el programa de Presupuestos Participativos, Eje No. 1 "Una ciudad que supera la segregación y la discriminación", proyecto prioritario "Arte cultura y patrimonio en la transformación", conforme a los proyectos seleccionados por las comunidades según el resultado de los cabildos llevados a cabo para este propósito.

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

Solicita adicionar $ 80.000 millones, que se incorporan en el Proyecto "Recuperación, rehabilitación y mantenimiento de la malla vial" y se ejecutarán en el arreglo de las vías locales acorde con las prioridades del Plan de Desarrollo "Bogotá Humana". La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, junto con los Fondos de Desarrollo Local y las Alcaldías Locales se encuentran adelantando cabildos de presupuestos participativos en las 20 Localidades, para que los ciudadanos se encarguen de priorizar las vías locales a intervenir, para lo cual se implementó la campaña "Viaje al corazón de la Calle", en donde se enfatiza que ésta es Territorio de Todos y Todas, lugar de encuentro en el que se pueden compartir saberes. Esto enfocado principalmente a disminuir los costos sociales de la población, costos ambientales y costos por accidentes.

La entidad ejecutará obras en las 20 Localidades a través de actividades de Mantenimiento rutinario (sello de fisuras y obras de drenaje, limpieza de sumideros) y Mantenimiento periódico (parcheo, bacheo, re parcheo, pavimentaciones, fresado, reciclado de pavimento con emulsión asfáltica, estabilizado del fresado con emulsión asfáltica, re nivelaciones, etc.); así como obras de Rehabilitación (demolición carpeta asfáltica – fresado, colocación mezcla, excavaciones, etc.).

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS-UAESP

Necesita incorporar $1.367 millones, por concepto de Excedentes Financieros liquidados al cierre de 2011, que se apropian en los siguientes Proyectos:

$1.000 Millones, para "Gestión Integral de Residuos sólidos para el Distrito Capital y la Región", para dar cumplimiento al Plan de inclusión que fue reportado a la Corte Constitucional en virtud del Auto No. 275.

$367 Millones, para el Proyecto "Gestión para los servicios funerarios distritales", que comprende la adquisición de predios y/o reconocimientos económicos, para el cumplimiento parcial de la Meta 2. Disponer de 32 servicios en los

equipamientos de propiedad del Distrito Capital (8 en cada equipamiento), para la prestación integral del servicio funerario.

En los anteriores términos señores Concejales, se presenta ante esa Honorable Corporación el Proyecto de Acuerdo, "Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012".

De los Honorables Concejales,

GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO M.

RICARDO BONILLA GONZALEZ

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C. (E)

Secretario Distrital de Hacienda

PROYECTO DE ACUERDO 217 DE 2012

"Por medio del cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2012"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

'En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Capítulo VI del Decreto 714 de 1996, "Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital" y las demás normas vigentes.

ACUERDA

ARTÍCULO 1º. ADICION DE INGRESOS. Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal 2012, en la suma de cuatrocientos sesenta y tres mil veintiún millones ochocientos treinta y seis mil ciento veintiséis pesos ($463.021.836.126) moneda corriente, según el siguiente detalle:

RENTAS E INGRESOS

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

 

 

 

 

 

 

 

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2

2

 

 

 

Transferencias

0

20.065.264.548

20.065.264.548

2

4

 

 

 

Recursos de Capital

441.039.889.006

0

441.039.889.006

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

 

 

 

 

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias Nación

Total

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

201 - Fondo Financiero Distrital de Salud

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2

4

 

 

 

Recursos de Capital

283.917.459

0

283.917.459

 

 

 

 

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias Nación

Total

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total Adición Rentas e Ingresos

283.917.459

0

283.917.459

 

 

 

 

 

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias Nación

Total

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

215 - Fundación Gilberto Alzate Avendaño

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2

4

 

 

 

Recursos de Capital

265.381.809

0

265.381.809

Total Adición Rentas e Ingresos

265.381.809

0

265.381.809

228 - Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP

 

 

 

 

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias Nación

Total

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2

4

 

 

 

Recursos de Capital

1.367.383.304

0

1.367.383.304

Total Adición Rentas e Ingresos

1.367.383.304

0

1.367.383.304

Total Adición Rentas e Ingresos Establecimientos Públicos

1.916.682.572

0

1.916.682.572

Total Adición Rentas e Ingresos Presupuesto Anual

 

 

463.021.836.126

ARTÍCULO 2º. ADICION DE GASTOS. Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal 2012, en la suma de cuatrocientos sesenta y tres mil veintiún millones ochocientos treinta y seis mil ciento veintiséis pesos ($463.021.836.126) moneda corriente, según el siguiente detalle:

GASTOS E INVERSIONES

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

 

 

 

 

 

 

 

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

112 - Secretaría de Educación del Distrito

 

 

 

3

3

 

 

 

Inversión

140.000.000.000

0

140.000.000.000

Total Adición Gastos e Inversiones

140.000.000.000

0

140.000.000.000

 

 

 

 

 

 

 

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

118 - Secretaría Distrital del Hábitat

 

 

 

3

3

 

 

 

Inversión

70.000.000.000

0

70.000.000.000

Total Adición Gastos e Inversiones

70.000.000.000

0

70.000.000.000

 

 

 

 

 

 

 

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

122 - Secretaría Distrital de Integración Social

 

 

 

3

3

 

 

 

Inversión

80.000.000.000

1.200.000.000

81.200.000.000

Total Adición Gastos e Inversiones

80.000.000.000

1.200.000.000

81.200.000.000

Total Adición Gastos e Inversiones Administración Central

290.000.000.000

1.200.000.000

291.200.000.000

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

 

 

 

 

 

 

 

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

201 - Fondo Financiero Distrital de Salud

 

 

 

3

3

 

 

 

Inversión

283.917.459

89.905.153.554

90.189.071.013

Total Adición Gastos e Inversiones

283.917.459

89.905.153.554

90.189.071.013

 

 

 

 

 

 

 

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

215 - Fundación Gilberto Alzate Avendaño

 

 

 

3

3

 

 

 

Inversión

265.381.809

0

265.381.809

Total Adición Gastos e Inversiones

265.381.809

0

265.381.809

227 - Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3

3

 

 

 

Inversión

0

80.000.000.000

80.000.000.000

Total Adición Gastos e Inversiones

0

80.000.000.000

80.000.000.000

228 - Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3

3

 

 

 

Inversión

1.367.383.304

0

1.367.383.304

Total Adición Gastos e Inversiones

1.367.383.304

0

1.367.383.304

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

Total Adición Gastos e Inversiones Establecimientos Públicos

1.916.682.572

169.905.153.554

171.821.836.126

Total Adición Gastos e Inversiones Presupuesto Anual

 

 

463.021.836.126

ARTÍCULO 3º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá, D.C., a los

'PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

DARIO FERNANDO CÉPEDA PEÑA

Presidente Concejo de Bogotá D. C.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital".