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Resolución 440 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/10/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 

RESOLUCIÓN  440 DE 2012

 

(Octubre 23)

Derogada por el art. 4, Resolución Sec. General 555 de 2014

 “Por la cual se designan los representantes de la Secretaría General ante el Comité de Convivencia Laboral”

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (E)

 

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la conferida por el artículo 6 del Decreto Distrital 515 de 2006, y,

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto Distrital 437 del 19 de septiembre de 2012, se modificó el artículo 6º del Decreto Distrital 515 de 2006 en el sentido de conformar independientemente de la Comisión de Personal, el Comité de Convivencia Laboral, con el fin de que éste asuma la resolución de los conflictos de acoso laboral de que trata la Ley 1010 de 2006, el cual estará integrado en la forma prevista en el artículo 1° de la Resolución 1356 de 2012 del Ministerio del Trabajo.

 

Que el período del Comité de Convivencia Laboral será de dos (2) años contados a partir de la respectiva comunicación de la elección y/o designación y se reunirá ordinariamente cada tres (3) meses, sesionando con la mitad más uno de sus integrantes y extraordinariamente cuando se presenten casos que requieran de su inmediata intervención y podrá ser convocado por cualquiera de sus integrantes.

 

Que para efecto del desarrollo de las funciones del Comité de Convivencia Laboral, cada miembro contará con un suplente, quien obrará en reemplazo del titular por ausencia, impedimento o recusación del titular.

 

Que  el/la Secretario/a, designará directamente a dos (2) representantes y los servidores públicos elegirán dos (2) representantes a través de votación secreta que represente la expresión libre, espontánea de todos los trabajadores, y mediante escrutinio público.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º-: Designar como representantes de la Secretaría General ante el Comité de Convivencia Laboral al/la Director/a Jurídico/a Distrital y al/la Director/a de Gestión Corporativa.

 

Artículo 2º-: Obrarán como suplentes en reemplazo del titular por ausencia, impedimento o recusación, el/la Subdirector/a de Estudios e Informática Jurídica y el/la Subdirector/a de Talento Humano respectivamente.

 

Artículo 3º-: La  presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 128 de 2011.

PÚBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 23 de Octubre de 2012 

JOSÉ ORLANDO RODRÍGUEZ GUERRERO

Secretario General (E)

 

 

Proyectó:Olga Patricia Escobar Serrano

Revisó:   Juan Manuel Rodríguez Parra

Aprobó:  Mónica del Pilar Rubio Arenas