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Proyecto de Acuerdo 291 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

República de Colombia

PROYECTO DE ACUERDO 291 DE 2012

"Por medio del cual se crea el Sistema Distrital de Monitoreo Poblacional con perspectiva de Envejecimiento, se unifican los sistemas de información poblacionales existentes y se dictan otras disposiciones".

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. OBJETIVO

El Proyecto de Acuerdo tiene como objetivo unificar los sistemas de información y monitoreo que se han creado en las distintas políticas poblacionales vigentes en la ciudad, de tal manera que pueda incorporarse una perspectiva integral del ser humano que comprenda sus diferentes momentos de vida y las situaciones en las que se encuentra. Se constituye en una medida para reducir los niveles de fragmentación que se han originado con la creación de políticas por cada grupo poblacional y es la oportunidad para incorporar de manera unificada y estratégica el enfoque poblacional en la planeación de la ciudad, justo en un momento en que se ha comenzado a comprender el proceso de envejecimiento demográfico en que se encuentra la ciudad.

2. JUSTIFICACIÓN

Desde hace más de una década la ciudad viene trabajando de manera sistemática en la incorporación del enfoque poblacional en la acción administrativa de la ciudad. Tal y como lo plantea la Alcaldía Mayor, "Bogotá ha experimentado en la primera década del siglo XXI el surgimiento de políticas públicas enfocadas al respeto y reconocimiento de la diversidad, al pluralidad y la interculturalidad, lo que ha propiciado que la Administración Distrital haya iniciado un proceso de transformación de su gestión en torno al papel de las políticas públicas en la construcción de lo público, la profundización del ejercicio ciudadano y el reconocimiento de la deuda social con el objetivo de cerrar progresivamente las brechas frente a la inequidad y la desigualdad social y económica"1.

En este marco, se han venido formulando e implementando un conjunto de políticas con enfoque poblacional, algunas con perspectiva de ciclo de vida, y otras por grupos sociales y culturales. En estas políticas se plantea la creación de sistemas de información y monitoreo de indicadores frente a cada grupo poblacional, lo que ha ocasionado, en la administración distrital, fragmentación en los sistemas de información, en la elaboración de informes y, especialmente, en la toma de decisiones.

Frente a este debate, en los últimos años se han comprendido las dinámicas del envejecimiento demográfico en América Latina, lo que ha implicado la toma de decisiones en diferentes países para prepararse frente a su proceso de envejecimiento. En Bogotá, aún no hay una comprensión de este fenómeno a pesar de contar con la política de envejecimiento y vejez a cargo de la Secretaría Distrital de Integración Social, hecho que preocupa en tanto que la ciudad debe tomar decisiones de corto y mediano plazo en términos de los servicios sociales que presta y en la focalización de la inversión pública.

Por estas razones, se considera como una medida estratégica unificar todos los sistemas de información poblacionales existentes en Bogotá, los cuales mantendrán los indicadores propios ya definidos, pero incorporarán indicadores que permitan medir la preparación y las condiciones de la población hacia el envejecimiento. El sistema de información permitiría determinar las condiciones en que envejece la población y prever posibles acciones de contingencia. La perspectiva de envejecimiento es transversal en todos los momentos de vida y, por tanto, tiene una aplicación en la infancia, la juventud, la adultez, la vejez, pero también en las personas con discapacidad, en los grupos étnicos, en las mujeres, entre otros.

Además, la existencia de sistemas de información y monitoreo fragmentados es contrario a los criterios de eficiencia administrativa en la gestión pública. Desarrollar un solo sistema de monitoreo poblacional permite unificar las plataformas tecnológicas, unificar el enfoque de seguimiento, mejorar la coordinación intersectorial para alimentar el sistema de información, capacitar un solo equipo de administración del sistema y publicar reportes integrales con perspectiva de derechos, desarrollo humano y envejecimiento.

3. FUNDAMENTO JURÍDICO

TRATADOS INTERNACIONALES

En el marco de los Tratados Internacionales, son varias las directrices y acuerdos que establecen la pertinencia de incorporar sistemas de información de vejez y envejecimiento, principalmente en América Latina y el Caribe, tal y como se muestra a continuación:

Resolución 47/5 de las Naciones Unidas "Proclamación Sobre el Envejecimiento". 1992

"1. Insta a la comunidad internacional: (…)

"d) A que apoye los continuos esfuerzos de la Secretaría por aclarar las opciones de política mediante el mejoramiento de la reunión de datos, la investigación, la capacitación, la cooperación técnica y el intercambio de información sobre el envejecimiento;

"i) A que preste especial atención al envejecimiento en las actividades futuras, las actividades en los sectores de los derechos humanos, la familia, la población, el adelanto de la mujer, la prevención del delito, los jóvenes y la propuesta reunión mundial en la cumbre sobre el desarrollo social;

l) A que proporcione los ingentes recursos humanos y materiales que se necesitan ahora urgentemente para la adaptación a la llegada de la humanidad a la madurez, que puede entenderse como un fenómeno demográfico pero también como un fenómeno social, económico y cultural sumamente prometedor" (…).

 

Declaración Política sobre el Envejecimiento. Asamblea Mundial sobre el envejecimiento. Organización de Naciones Unidas. Madrid 2002.

"Artículo 1. Nosotros los representantes de los Gobiernos reunidos en la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, celebrada en Madrid, hemos decidido adoptar un Plan de Acción Internacional sobre el envejecimiento para responder a las oportunidades que ofrece y los retos que plantea el envejecimiento de la población en el siglo XXI y para promover el desarrollo de una sociedad para todas las edades.

"Artículo 2. Celebramos el aumento de la esperanza de vida en muchas regiones del mundo como uno de los mayores logros de la humanidad. Reconocemos que el mundo está experimentando una transformación demográfica sin precedentes y que, de aquí a 2050, el número de personas de más de 60 años aumentará de 600 millones a casi 2.000 millones, y se prevé que el porcentaje de personas de 60 años o más se duplique, pasando de un 10% a un 21%. Ese incremento será mayor y más rápido en los países en desarrollo, donde se prevé que la población de edad se multiplique por cuatro en los próximos 50 años. Esa transformación demográfica planteará a todas nuestras sociedades el reto de aumentar las oportunidades de las personas, en particular las oportunidades de las personas de edad de aprovechar al máximo sus capacidades de participar en todos los aspectos de la vida.

"Artículo 6. El mundo moderno posee una riqueza y una capacidad tecnológica sin precedentes y nos brinda extraordinarias oportunidades: habilitar a los hombre y a las mujeres para que lleguen a la vejez con mejor salud y disfrutando de un bienestar más pleno; procurar la inclusión y la participación cabales de las personas de edad en las sociedades; permitir que las personas de edad contribuyan más eficazmente a sus comunidades y al desarrollo de sus sociedades, y mejorar constantemente los cuidados y el apoyo prestados a las personas de edad que los necesitan. Reconocemos que es necesaria una acción concertada para transformar las oportunidades y la calidad de vida de los hombres y mujeres a medida que envejecen y para asegurar la sostenibilidad de sus sistemas de apoyo, construyendo así el fundamento de una sociedad para todas las edades.

"Artículo 11. Destacamos la importancia de las investigaciones internacionales sobre el envejecimiento y las cuestiones relacionadas con la edad, como instrumento importante para la formulación de políticas relativas al envejecimiento, que se basen en indicadores fiables y uniformes, preparados, entre otras entidades, por organizaciones de estadística nacionales e internacionales".

CEPAL Primera Conferencia Regional "Estrategia regional de implementación para América Latina y el Caribe del plan de acción internacional de Madrid sobre el envejecimiento", Santiago de Chile 2003

En el punto de Aplicación y Seguimiento de la Estrategia, se plantea:

"51. Objetivo 3: Elaboración e implementación de un sistema de indicadores específicos que sirva de referencia en el seguimiento y evaluación de la situación de las personas mayores a nivel nacional y regional.

"Recomendaciones para la acción:

a) Recabar toda la información disponible de los censos y otras fuentes de datos sobre la situación de las personas mayores en cada uno de los países y en la región y analizar y difundir esa información, desagregándola por edad, género y condición étnica y racial.

b) Definir modos de obtención de información para el monitoreo de los indicadores clave de la Estrategia, incluida la incorporación de módulos especiales relacionados con la calidad de vida de las personas mayores en encuestas de hogares y demás encuestas nacionales para evaluar los avances en cada uno de los objetivos.

c) Establecer un sistema de monitoreo de la situación de las personas mayores en el marco de los sistemas de monitoreo elaborados en otras cumbres o programas nacionales y donde se incluyan organizaciones de adultos mayores

d) Solicitar a los organismos internacionales el apoyo técnico y financiero necesario para el diseño y aplicación de instrumentos que permitan conocer la situación de los adultos mayores".

"52. Objetivo 4: Desarrollo y promoción de investigaciones sobre los principales aspectos del envejecimiento a nivel nacional y regional.

"Recomendaciones para la acción:

a) Promover la elaboración de una agenda de investigación sobre los principales temas relacionados con las personas mayores en los países y en la región.

b) Implementar estrategias de obtención de financiamiento para la realización de dichas investigaciones.

c) Fomentar la cooperación entre los distintos organismos y organizaciones internacionales especializadas, universidades e instituciones académicas para lograr así una acción investigadora coherente".

CEPAL Segunda Conferencia regional intergubernamental sobre envejecimiento en América Latina y el Caribe "Hacia una sociedad para todas las edades y de protección social basada en derechos", Brasilia 2007

En el punto de Aplicación y Seguimiento de la Estrategia, se plantea:

"7. Reafirmamos el compromiso de incorporar el tema del envejecimiento y darle prioridad en todos los ámbitos de las políticas públicas y programas, así como destinar y gestionar los recursos humanos, materiales y financieros para lograr un adecuado seguimiento de la Declaración de Brasilia y evaluación de las medidas puestas en práctica, diferenciando el área urbana y rural y reconociendo la perspectiva intergeneracional, de género, raza y etnia en las políticas y programas destinados a los sectores más vulnerables de la población en función de su condición económica y social y de situaciones de emergencia humanitaria, como los desastres naturales y el desplazamiento forzado;

"17. Solicitamos al Secretario Ejecutivo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe que adopte las medidas oportunas para intensificar las actividades que realizarán las Naciones Unidas a nivel regional en materia de envejecimiento y a la CEPAL que brinde asistencia técnica en información, investigación y capacitación en materia de envejecimiento y políticas públicas, a fin de fomentar y fortalecer los esfuerzos que realizan los países en este sentido" (…).

CEPAL Tercera Conferencia Regional sobre envejecimiento en América Latina y el Caribe "Carta de San José sobre los derechos de las personas mayores de América Latina y el Caribe", Costa Rica 2012

"14. Proponemos, con la finalidad de fortalecer las instituciones públicas dirigidas a las personas mayores, adoptar las siguientes medidas:

a. Revisar las políticas existentes para garantizar que promuevan la solidaridad entre las generaciones y fomenten de este modo la cohesión social,

b. Fortalecer las atribuciones y competencias administrativas y de vinculación interinstitucional de los organismos públicos dirigidos a las personas mayores,

(…)

j. Implementar un sistema de información e indicadores específicos que sirva de referencia en el seguimiento y evaluación de la situación de las personas mayores a nivel nacional". (…)

FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES

La Constitución Política de 1991 estableció de manera preferente, el reconocimiento y protección de los derechos fundamentales de las personas, los cuales son referidos a aquellos sin los que la vida humana no es posible en condiciones de dignidad. De esta condición surgen en particular los referidos a la inalienabilidad de los derechos de la persona y de la familia, el reconocimiento de las condiciones de igualdad para todos, así como la garantía del acceso a la salud, la protección social, la recreación y protección de las personas adultas mayores.

"Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara medidas en favor de grupos discriminados o marginados.

El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan".

"Artículo 46. El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia".

MARCO NORMATIVO NACIONAL

Ley 1251 DE 2008 "Por la cual se dictan normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores"

"Artículo 1o. OBJETO. La presente ley tiene como objeto proteger, promover, restablecer y defender los derechos de los adultos mayores, orientar políticas que tengan en cuenta el proceso de envejecimiento, planes y programas por parte del Estado, la sociedad civil y la familia y regular el funcionamiento de las instituciones que prestan servicios de atención y desarrollo integral de las personas en su vejez, de conformidad con el artículo 46 de la Constitución Nacional, la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, Plan de Viena de 1982, Deberes del Hombre de 1948, la Asamblea Mundial de Madrid y los diversos Tratados y Convenios Internacionales suscritos por Colombia.

"Artículo 6º. DEBERES. El Estado, la sociedad civil, la familia, el adulto mayor y los medios de comunicación, deberán para con los adultos mayores:

1. Del Estado

"g) Fomentar la formación de la población en el proceso de envejecimiento;

(…)

o) Promover estilos de vida saludables desde la primera infancia para fomentar hábitos y comportamientos saludables relacionados con el autocuidado, la alimentación sana y saludable, el cuidado del entorno y el fomento de la actividad física para lograr un envejecimiento activo y crear un imaginario positivo de la vejez".

En el TITULO II Sobre Política Nacional de Envejecimiento y Vejez se establece:

"Artículo 9o. SISTEMA DE INFORMACIÓN. Para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley, se conformará un Sistema Unificado de Información de Vejez, SUIV, como soporte base para el diseño de las políticas, planes y acciones en beneficio del adulto mayor, así como del proceso de envejecimiento en el territorio nacional. Estará a cargo del Ministerio de la Protección Social".

"Artículo 11. PROTECCIÓN Y CUIDADO ESPECIAL. Para efectos de la presente ley, se consideran grupos que merecen especial protección y cuidado a los adultos mayores:

  1. Indígenas: Se incluirán medidas y acciones que no solo garanticen una vida digna para las personas indígenas mayores, sino que promuevan la plena participación de esta población en el desarrollo nacional y social, su integración a la vida activa y comunitaria, vivienda, seguridad alimentaria y bienestar social con pleno respeto y apoyo a su identidad cultural;

b) Mujeres: Se incluirán medidas y acciones destinadas a atender las necesidades y demandas de las mujeres adultas mayores para lograr su desarrollo integral; promoverá condiciones de equidad y género respecto al hombre, así como para erradicar y sancionar todo tipo de violencias, abusos y discriminación individual y colectiva contra las mujeres en esta etapa de la vida;

c) Discapacitados: Se considerarán medidas especiales para incorporar a la población mayor con discapacidad en prevención, atención y promoción en la salud y bienestar integral teniendo en cuenta el Plan Nacional de Discapacidad;

d) Población desplazada: Se determinarán acciones especiales para los adultos mayores en condición de desplazamiento;

e) Negritudes, minorías étnicas: Se incluirán acciones especiales que reconozcan sus raíces y cultura, así como medidas que incluyan su activa participación en la elaboración de planes, programas y proyectos;

g) Reclusos: Dirigir acciones específicas para los adultos mayores que se encuentran privados de la libertad, a fin de mejorar sus condiciones de vida".

"Artículo 14. ACTUALIZACIÓN Y SEGUIMIENTO. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, en coordinación con el Departamento de Planeación Nacional y los Ministerios de la Protección Social, Hacienda y Educación, realizarán las actualizaciones y recomendaciones en materia de política de envejecimiento, a fin de lograr una correcta planeación, proyección y distribución de los recursos que permitan atender las necesidades de los adultos mayores".

"Artículo 15. ESTUDIO DEMOGRÁFICO. En la asignación de los recursos se tendrán en cuenta la estructura, dinámica y ubicación de la población mayor actual y futura a fin de lograr una mejor percepción del proceso de envejecimiento que conlleve a una mejor eficiencia y eficacia a la realización de las acciones públicas.

"Artículo 34. DESCENTRALIZACIÓN. En virtud al principio de descentralización, el Gobierno Nacional y los Entes Territoriales establecerán planes, programas y proyectos para atención, promoción y fortalecimiento de los derechos de los adultos mayores y preparación para el envejecimiento activo".

NORMATIVIDAD DISTRITAL

ACUERDO 254 DE 2006 "Por medio del cual se establecen los Lineamientos de la Política Pública para el envejecimiento y las personas mayores en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"

"Artículo 1°. OBJETO. El presente acuerdo tiene por objeto establecer los lineamientos para la elaboración y construcción de una política pública integral, concertada y participativa, destinada al envejecimiento y a las personas mayores del Distrito Capital.

"Artículo 4°. PRINCIPIOS. Los principios que orientarán la política pública del envejecimiento y las personas mayores en el Distrito Capital, serán los siguientes: (…)

e. Relaciones Intergeneracionales. Se fortalecerá mediante la equidad y la reciprocidad entre las generaciones. Es necesario promover procesos de concientización sobre el envejecimiento como una cuestión que involucra a toda la sociedad".

 DECRETO 345 DE 2010 "Por medio del cual se adopta la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital"

"Artículo 1°. Objeto. Adóptese la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital, 2010 -2025, en el marco de una Ciudad de Derechos que reconozca, restablezca y garantice los derechos individuales y colectivos de las personas mayores, contenida en el documento Anexo que hace parte integral del presente Decreto.

"Artículo 15°. Seguimiento y evaluación a la Política. La Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital contará con un sistema de seguimiento y evaluación de la gestión Distrital, que deberá estar contenido en su plan de acción, en concordancia con las disposiciones de la Secretaría Distrital de Planeación".

4. CONSIDERANDOS

En los diferentes escenarios promovidos por los organismos internacionales para abordar el tema de envejecimiento, Colombia se ha comprometido a construir conjuntamente con los sectores público y privado, una política de largo plazo en materia de envejecimiento. Derivado de lo anterior, en el país se formuló la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez para el período 2007 – 2019, que sirvió de marco para la formulación de la Política Distrital.

Sin embargo, más allá de los compromisos establecidos y los adelantos en la incorporación del enfoque de envejecimiento en la política distrital plasmada en el Decreto 345 de 2010 reseñada en el punto anterior, la ciudad aún se encuentra rezagada con respecto a las acciones que se deben emprender para prepararse frente a su proceso de envejecimiento demográfico.

En el foro realizado en el mes de mayo de 2012 en el Concejo de Bogotá denominado "El Envejecimiento Demográfico y los desafíos para la planeación de la Bogotá Humana", no solo fue evidente el desconocimiento del tema por parte de la gran mayoría de Concejales de la ciudad, sino también fue clara la ausencia de estrategias para incorporar el enfoque de envejecimiento en los procesos de planeación de la ciudad por parte de la Administración Distrital.

Paralelo a lo anterior, en la última década se ha observado la institucionalización del enfoque poblacional en las políticas públicas de la ciudad, lo que ha derivado en el surgimiento de más de una decena de políticas para diferentes grupos poblacionales. Hoy en día se plantea que este fenómeno ha originado una posible fragmentación de la perspectiva integral del ser humano que conlleva a posibles acciones desarticuladas entre los sectores administrativos de la ciudad.

Para abordar ambos fenómenos, en los considerandos del presente documento se hará un inventario de las políticas poblacionales existentes y un análisis de los sistemas de información que plantea. Posteriormente, se elaborará una reflexión sobre el proceso de envejecimiento y así entenderlo como una categoría de análisis que permitiría incorporar una visión integral y articulada a las políticas poblacionales de la ciudad.

4.1 Inventario de las políticas poblacionales en Bogotá D.C.

En un inventario realizado a finales de 2011 por la Alcaldía Mayor, en Bogotá se encuentran vigentes 11 políticas poblacionales tal y como se indica en la siguiente tabla:

Tabla 1. Inventario Políticas Poblacionales Bogotá, 2012

Población

Política

Acto Administrativo Dtal.

Infancia y Adolescencia

Política por la Calidad de Vida de Niños, Niñas y Adolescentes

Acuerdo 238 / 2006 Decreto 520 / 2011

Juventud

Política Pública de Juventud para Bogotá 2006 - 2016

Acuerdo 159/2005

Decreto 482 / 2006

Personas con discapacidad

Política Pública de Discapacidad para el D.C. 2007 – 2020

Acuerdo 137 / 2004

Decreto 470 / 2007

LGBTI

Política Pública para la Garantía de los Derechos de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgeneristas 2008 – 2020

Acuerdo 371 / 2009

Decreto 608 / 2007

Mujeres

Política Pública de Mujeres y Equidad de Género en el D.C.

Acuerdo 91 / 2003

Decreto 166 / 2010

Afrodescendientes

Política Pública para el reconocimiento de la diversidad cultural y la garantía de los derechos de las y los afrodescendientes 2008 – 2016

Acuerdo 175 / 2005 Decreto 151 / 2008

Vejez

Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el D.C. 2010 – 2025

Acuerdo 254 / 2010 Decreto 345 / 2010

Familia

Política Pública para las Familias de Bogotá

Decreto 545 / 2011

Raizal

Política Pública Distrital Raizal

Decreto 554 / 2011

Rom

Política Pública Gitana o Rom

Decreto 582 / 2011

Indígenas

Política Pública para el reconocimiento, garantía, protección y restablecimiento de derechos de los pueblos indígenas

Acuerdo 359 / 2009 Decreto 543 / 2011

De dichas políticas todas, exceptuando las relacionadas con los grupos étnicos, plantean la creación de sistemas de información y monitoreo para el seguimiento de cada política. Vale destacar el hecho que, una alta proporción de los Decretos que adoptan las políticas referidas, datan de diciembre del año 2011, por lo que a la fecha no es posible evaluar los resultados y alcances de los sistemas planteados.

El primero de los sistemas fue creado mediante el Acuerdo 238 de 2006, para medir el estado del ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y adolescentes de Bogotá. En la actualidad es prácticamente el único sistema que se encuentra diseñado e implementado y es el que ha permitido responder a los informes solicitados por la Procuraduría en el seguimiento a los 75 indicadores de derecho de infancia y la adolescencia.

En el Decreto 345 de 2010 que adopta la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez determina que se cree un sistema de seguimiento y evaluación de la gestión Distrital, que deberá estar contenido en su plan de acción, en concordancia con las disposiciones de la Secretaría Distrital de Planeación. En este mismo sentido, la Política Pública de Juventud para Bogotá D.C. 2006-2016, adoptada mediante el Decreto 482 de 2006 plantea la creación del Sistema Distrital de Información Juvenil, en el marco del Sistema Distrital de Juventud.

Por su parte, el Acuerdo 371 de 2009 que contiene los lineamientos de política pública para la garantía plena de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgeneristas-LGBT-, define en el Artículo 14 que la política contará con un sistema de seguimiento y evaluación permanente de la gestión Distrital en la materia, que incluye el seguimiento y vigilancia de las normas que regulan el comportamiento de las servidoras y servidores públicos con respecto a la no discriminación y a la garantía plena de los derechos de las personas de los sectores LGBT.

En esta misma perspectiva, el Decreto que adoptó la política para las familias en diciembre de 2011 (Decreto 545), define la creación de un Observatorio de Política de la Familia, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1361 de 2009. Tiene como propósito "conocer la estructura, necesidades, factores de riesgos, dinámicas familiares y calidad de vida, a fin de hacer el seguimiento a las políticas sociales encaminadas a su fortalecimiento y protección, así como al redireccionamiento de los recursos y acciones que mejoren su condición".

Finalmente, el decreto 470 de 2007 que adopta la Política Pública de Discapacidad, determina que cada entidad deberá contar con el diseño y aplicación constante de indicadores de evaluación, seguimiento e impacto, que permitan hacer un acompañamiento y reevaluación constante a la política.

Como se puede observar, cada una de las políticas plantea la creación de sistemas de información y monitoreo que, en la práctica, implica un conjunto de inversiones en términos tecnológicos y de implementación del sistema. Igualmente, le implica a cada política procesos de consecución de información con todos los sectores administrativos, lo que genera desgaste y duplicidad de esfuerzos por la permanente elaboración de informes y entrega de información, así como la asistencia en diversas mesas que tienen propósitos similares.

4.2 Envejecimiento Demográfico como concepto estratégico para la planeación demográfica

Según la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez 2007 – 2019 "El envejecimiento es el conjunto de transformaciones y o cambios que aparecen en el individuo a lo largo de la vida: es la consecuencia de la acción del tiempo sobre los seres vivos". Es progresivo, comienza con el nacimiento y termina con la muerte, evolucionando progresivamente a medida que avanza la vida.

Según lo plantea el documento técnico de la política, "los desarrollos científicos y tecnológicos en todos los campos de la ciencia han impactado positivamente las condiciones del envejecimiento de la población, generando una mayor esperanza de vida al nacer, la disminución progresiva de las tasas de mortalidad y la modificación de la estructura de edad de la población; este último aspecto se ha denominado envejecimiento demográfico, o de las poblaciones, que se traduce en mayor proporción de personas mayores, o mejor aún, en un aumento del promedio de edad de la población".2

En la actualidad, los países desarrollados que han implementado estrategias de envejecimiento han logrado que los adultos mayores mantengan su autonomía y continúan laborando después de los 60 años. En los países en desarrollo, por el contrario, la vejez se observa con prejuicio, dependencia, enfermedad y falta de productividad, lo que conlleva a una alta vinculación de las personas mayores al empleo informal.

En la III Conferencia Regional intergubernamental sobre el envejecimiento en América Latina y el Caribe celebrada en 2012 en San José de Costa Rica, la Directora del Fondo de Población de las Naciones Unidas UNFPA, planteó que el envejecimiento de la población es hoy una evidencia a nivel mundial que tiene también su reflejo en América Latina y el Caribe. Cerca de 60 millones de personas tienen en el mundo 60 o más años, lo que representa cerca de un 10% de la población, "con una clara tendencia a aumentar situándose las previsiones alrededor del 20% de la población total antes de 2040. Esta tendencia se da igualmente en cuanto a la prolongación de la vida hacía edades más altas, de manera que se calcula que más de 9 millones de personas superan hoy los 80 años y unos 5 millones los 85 años".

Mientras el proceso de envejecimiento poblacional en Europa tardó casi dos siglos, en Latinoamérica y el Caribe está durando menos de 40 años, lo que significa para los gobiernos fuertes demandas sociales en los distintos extremos de la vida (infancia y vejez, particularmente de las mujeres quienes tienen un promedio de vida de 5 a 7 años más que los hombres)3.

En España, hoy en día el envejecimiento alcanza el 17% y las proyecciones establecen que, a mediados de siglo, una de cada tres personas será adulta mayor4. En países como México, entre los años 1970 y 2000, una de las consecuencias más importantes de la transición demográfica ha sido el cambio en la estructura por edades de la población debido al aumento considerable del peso relativo de las personas adultas mayores (del 5,6 al 7%) y la disminución del peso de los jóvenes (del 48 al 33%), lo que está provocando un avance del envejecimiento demográfico. En el año 2005 el aumento de población absoluta de 60 y más años alcanzó los 8.338.835 adultos mayores, es decir, el 7,1% de los casi 103,3 millones de habitantes5.

La Organización de las Naciones Unidas prevé para el año 2050 que el proceso de envejecimiento demográfico tendrá especial relevancia en las regiones en desarrollo, donde la situación de pobreza ya es precaria para los adultos mayores. Este fenómeno afecta particularmente a los territorios rurales en donde la población joven tiende a emigrar hacia las zonas urbanas.

Gráfico 1. Proporción de participación de la población mayor de 60 años en el total de la población (1950 – 2050)

Fuente: CELADE – Proyecciones de población

En Colombia, las cifras del Dane muestran que para el año 2020 habrá 6’500.000 personas mayores, es decir un crecimiento del 34,4 por ciento con respecto al 2012. Entre las ciudades y departamentos que más crecimiento porcentual tendrán para finales de la década están: Bogotá, con un 47,9 por ciento; Atlántico, con un 38,1 por ciento; Antioquia, con un 37 por ciento y Valle del Cauca, con un 33,7 por ciento.

Este análisis del envejecimiento pasa por revisar las condiciones de la juventud de hoy. Según la tercera conferencia regional sobre envejecimiento del año 2012 (CEPAL),

"… en este momento en América Latina y el Caribe también habitan alrededor de 106 millones de jóvenes de entre 15 y 24 años, casi una de cada 5 personas está en este grupo de edad, lo que representa la mayor generación de jóvenes de nuestra historia. Es preciso mencionar en esta Conferencia que los jóvenes de hoy serán las personas mayores de mañana. Si las jóvenes enfrentan un embarazo a edades tempranas, si quedan fuera del sistema educativo, si no tienen trabajo digno, si son afectadas por la violencia, dilapidamos un enorme capital humano que afectará a las sociedades en su conjunto hoy e hipotecará la situación de los adultos del mañana. Si no se invierte en juventud hoy, la situación de las personas mayores después de 2035 cuando este grupo etáreo sea mayoría será muy complicada6.

Según UNFPA, países en proceso de envejecimiento deben aprovechar al máximo su "bono demográfico" entendido como aquella situación en la cual la proporción de personas en edades productivas crece de manera sostenida respecto a la proporción de personas en edades potencialmente inactivas (menores de 15 y mayores de 60 años). "En estos momentos Colombia atraviesa por una situación de bono demográfico que podría prolongarse hasta cerca del año 2020. El bono demográfico también es conocido como "oportunidad demográfica", pues posibilita el mejoramiento de las condiciones de vida del total de la población, por la vía del crecimiento económico y de la productividad general de la sociedad. Sin embargo, esto depende del mejoramiento de las capacidades, las oportunidades y la inserción en el mercado laboral de la población en edad productiva y, en particular, para los y las jóvenes"7.

Para el representante del Fondo de Poblaciones de Naciones Unidas en Colombia, los períodos de bono demográfico no van más allá de 25 a 30 años, y se constituyen en ventanas de oportunidad en las que los países acumulan una mayor proporción de jóvenes en su pirámide poblacional. A países como Cuba ya se les cerró su ventana de oportunidad en tanto que la relación entre población productiva y población dependiente (niños y ancianos) cambió. Por lo anterior, invertir en la educación, oportunidades laborales, participación social y política de la juventud es fundamental en tanto que se generan mayores oportunidades de desarrollo8.

En un artículo de Portafolio del mes de Abril de 2012, se hace un llamado de atención sobre la necesidad de aprovechar este periodo de "bono demográfico" mediante la inversión en educación y generar opciones para los y las jóvenes. Y señala que una de las vías para asegurar dicho cumplimiento es el fortalecimiento de sistemas de monitoreo que den cuenta del avance en el mejoramiento de sus condiciones de vida.

Los elementos planteados indican que el concepto de envejecimiento es transversal en todos los momentos de la vida, por lo que los indicadores de envejecimiento pasan por medir las condiciones como una sociedad se encuentra preparando para su vejez. Aplican conceptos como el Envejecimiento Activo que, según la Organización Mundial de la Salud, es el proceso por el cual se optimizan las oportunidades de bienestar físico, social y mental durante toda la vida, con el objetivo de ampliar la esperanza de vida saludable, la productividad y la calidad de vida en la vejez.

Igualmente temas como la promoción de salud y prevención de las enfermedades, la alimentación adecuada, el ejercicio físico, la creación y mantenimiento de las redes de apoyo, la educación, la actividad laboral, el ahorro y la previsión económica para la vejez. Cobra especial importancia el tema pensional en tanto que, uno de los efectos del envejecimiento, es el incremento en el número de personas en edad de recibir pensión, y una reducción en las personas activas que contribuyan al sistema pensional.

Especialistas como Lina María González de la Fundación Saldarriaga Concha, explica que "hoy en día debemos trabajar hacia un proceso de  envejecimiento exitoso, activo, funcional y saludable, en el cual la educación juega un papel de primer orden, ya que a través de ella se tendrá un muy buen control prenatal, vigilancia adecuada de cada una de las etapas de la vida, muy buena nutrición y prevención a todos los niveles"9.

Dado que, según lo plantea la Cepal, el envejecimiento de la población y el crecimiento del número de personas mayores tendrán en el futuro un importante efecto sobre la sociedad en las esferas económicas, sociales, familiares y políticas que pasa por trabajar en las condiciones de vida digan de la vejez de hoy.

Según lo señala el UNFPA, una de las barreras para planear el desarrollo y afrontar esta situación es la escasa disponibilidad de información demográfica en el ámbito municipal y local.

4.3 Retos para la administración distrital

El proceso de envejecimiento de la ciudad y el inminente fin del "bono demográfico" para el año 2020 obliga a que la administración distrital y la sociedad general, tomen medidas de inmediato. Tener ciudadanos más longevos obliga a que Bogotá cuente con recursos suficientes para ofrecer servicios sociales de calidad y comprenda las cuatro principales repercusiones del envejecimiento: feminización, vulnerabilidad, dependencia e inequidad social.

Estas repercusiones se explican, entre otras razones, por: a) el menor tamaño de la familia, b) el incremento de divorcios y de familias sin hijos, c) y el debilitamiento del cuidado familiar para futuros dependientes que conlleva a que se aumente la carga para las personas que cuidan, mayoritariamente mujeres.

Los expertos insisten en que el envejecimiento de la población obliga a ser eficientes y equitativos en el reparto de beneficios sociales. "Hasta ahora, contribuciones del trabajo e impuestos han mantenido nuestro sistema de protección social. El envejecimiento tensiona el equilibrio del sistema al aumentar notablemente el gasto en los importantes capítulos de pensiones, sanidad y dependencia, aunque el gasto sanitario tiene otras razones para su incremento. El envejecimiento, por ser una tendencia de fondo y de duración ilimitada, requiere un sistema de protección estable; pero si coincide con una crisis de empleo, la presión es insostenible, se magnifican las consecuencias negativas. Esto exige tomar medidas que hagan desaparecer las tensiones: políticas de empleo, mayor productividad por trabajador, pero también requiere a corto plazo o bien revisar la cartera de servicios (qué protegemos y qué deberíamos proteger), o bien incrementar los ingresos del sistema"10.

En este marco, un reto insoslayable es el conocimiento y la información oportuna y veraz que sirva de insumo para definir propuestas de planeación sobre el fenómeno de envejecimiento. Sin embargo, si bien internacionalmente se han asociado los sistemas de envejecimiento con los de vejez, no se puede desconocer que una perspectiva integral tendría que contar con indicadores en los diferentes momentos o ciclos de la vida. Significaría poder medir nutrición, actividad física, empleo, capacidad de ahorro, salud ambiental, acceso educativo, inclusión laboral para personas con discapacidad, entre muchos otros aspectos.

Por lo anterior y teniendo en consideración los múltiples sistemas de información que se han creado en la ciudad, se considera pertinente unificar algunos de ellos de tal manera que, además de la lectura específica que arrojen los indicadores a la luz de cada política, se puede realizar un análisis integral que mida las condiciones en que se encuentra envejeciendo la ciudad.

5. COMPETENCIA DEL CONCEJO

De conformidad con el Decreto Ley 1421 de 1993, que en su artículo 12 establece las atribuciones del Concejo de Bogotá, es competente para expedir el presente acuerdo, de conformidad con la Constitución y la ley, de acuerdo con la siguiente atribución:

Artículo 12. Atribuciones: (…)

"1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito".

6. IMPACTO FISCAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la ley 819 de 2003 "Por la cual se dictan normas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones", el presente proyecto no genera gastos adicionales a la Administración Distrital en tanto que los sistemas de información y monitoreo establecidos, ya se encuentran creados en actos administrativos previos que le ordenan a las entidades adelantar el desarrollo de los mismos y, por tanto, ya deben estar contemplados en los proyectos de inversión formulados.

Cordialmente,

DIEGO GARCÍA BEJARANO

Concejal de Bogotá

Movimiento Progresistas

PROYECTO DE ACUERDO 291 DE 2012

"Por medio del cual se crea el Sistema Distrital de Monitoreo Poblacional con perspectiva de Envejecimiento, se unifican los sistemas de información poblacionales existentes y se dictan otras disposiciones".

EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 1º del artículo 12º del Decreto Ley 1421 de 1993.

ACUERDA

Artículo 1º. Creación. Ordénese la creación del Sistema de Monitoreo Poblacional con perspectiva de Envejecimiento en Bogotá D.C. en el cual se unifiquen los sistemas de información y monitoreo de las políticas poblacionales de infancia, adolescencia, juventud, adultez, vejez y personas con discapacidad, con el fin de incorporar una visión integral de los cambios de las condiciones de vida de la población de la ciudad.

Artículo 2º. Definición. Para los efectos del presente acuerdo entiéndase por Sistema de Monitoreo, como el conjunto de procesos y herramientas que permiten establecer el avance de las acciones de las políticas poblacionales en cuanto a los compromisos adquiridos, y el impacto que éstas han generado en términos de los derechos de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos, personas mayores y personas con discapacidad de Bogotá, así como del proceso de envejecimiento de la ciudad.

Parágrafo. El sistema de monitoreo está conformado, como mínimo, por un conjunto de indicadores de gestión de los programas y proyectos de los Planes de Desarrollo Distrital y Locales, así como de indicadores que permiten valorar el impacto de las acciones desarrolladas para el cumplimiento de los objetivos de cada política y del proceso de envejecimiento de la ciudad.

Artículo 3º. Composición. El Sistema estará compuesto por módulos especiales para cada una de las políticas poblacionales de tal manera que no se afecten los propósitos de medición particulares de cada política, según los estándares nacionales e internacionales existentes. Igualmente, incluirá un módulo especializado para realizar los análisis sobre el proceso de envejecimiento a partir de la información contenida en los demás módulos, lo cual no excluye la posibilidad de plantear indicadores específicos de envejecimiento.

Parágrafo 1. El Sistema Distrital de Monitoreo establecerá mecanismos de articulación con el Sistema de Información de la Política Pública de Política Pública de Mujeres y Equidad de Género en el D.C., de la Política Pública para la Garantía de los Derechos de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgeneristas 2008 – 2020 y con el Observatorio Distrital de Familia, para efectos de formular reportes sobre temas específicos que deban considerarse en el proceso de envejecimiento de Bogotá D.C.

Parágrafo 2. El Sistema deberá contemplar de manera desagregada la información de la población rural de Bogotá.

Artículo 4º. Responsable. La Secretaría Distrital de Integración Social será la entidad responsable de liderar la implementación del Sistema Distrital Poblacional con perspectiva de Envejecimiento y unificar los sistemas de información poblacionales señalados en el Artículo 1º, para lo cual definirá el esquema operativo y técnico para la operación del Sistema de Monitoreo, en el marco de la estructura vigente para el Distrito Capital. La Secretaría Distrital de Planeación actuará como apoyo técnico en la formulación e implementación del Sistema y suministrará la información que elabore en sus propios sistemas de información.

Parágrafo 1. Para adelantar el Sistema Distrital Poblacional con perspectiva de Envejecimiento en su componente de ejecución de los Planes de Desarrollo, la Secretaría Distrital de Planeación realizará los ajustes pertinentes para incorporar la información desagregada de cada política poblacional en el Sistema de Seguimiento al Plan -SEGPLAN-. Los mismos ajustes los realizará la Secretaría Distrital de Hacienda en lo concerniente al seguimiento a la ejecución presupuestal.

Parágrafo 2. La administración distrital adelantará los convenios con organismos nacionales e internacionales para la asistencia técnica en información, investigación y capacitación en materia de envejecimiento, a fin de fomentar y fortalecer los esfuerzos que se realicen.

Artículo 5º. Informes. El Sistema Distrital de Envejecimiento realizará un informe anual de envejecimiento que será entregado como anexo en el informe anual de avance del Plan de Desarrollo que se entrega al Concejo de Bogotá. Los informes serán utilizados como insumo en los procesos de formulación de los Planes Distritales y Locales de Desarrollo de Bogotá D.C.

Parágrafo. La entrega del informe anual incorporará un análisis general del proceso de envejecimiento de la ciudad, así como un reporte por cada política poblacional. Lo anterior, elimina la entrega de informes desarticulados por cada política.

Artículo 6º. Plazo. La Administración contará con un plazo de doce (12) meses contados a partir de la aprobación del presente acuerdo para la estructuración del Sistema.

Artículo 7º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Alcaldía Mayor de Bogotá (2011). Las Políticas Públicas en Bogotá: Derechos, Ciudadanía y Construcción de lo Público. Bogotá.

2 Política Pública Nacional de Envejecimiento y Vejez, Ministerio de Protección Social.

3 Según se planteó en la Cumbre de Costa Rica "Por motivos culturales generalmente sus parejas son de edades mayores, por lo que para las mujeres la expectativa de quedar solas en la vejez es mucho mayor. Sumada a su participación informal en el mercado de trabajo y su mayor propensión a la discapacidad hace que las mujeres mayores sean un grupo vulnerable al que hay que tener en cuenta en el ámbito de la política social y de los derechos. Asimismo las mujeres jóvenes generalmente son las responsables del tema de cuidado de las personas mayores y de la familia, lo que conspira contra su inserción y continuidad en el mercado laboral, generando un círculo vicioso de participación informal económica, mayor longevidad y menor acceso a renta".

4 www.publico.es "¿Qué pasará si la población sigue envejeciendo?" Septiembre 2011

5 Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 2005

6 Discurso Marcela Suazo, UNFPA

7 UNFPA

8 Pablo Correa, "Colombia debe aprovechar su bono demográfico". Periódico El Espectador, Octubre 2009

9 Fundación Saldarriaga Concha

10 ABELLÁN, A. y CORTINA, C. (Septiembre 2011) "¿Qué pasará si la población sigue envejeciendo?, Consultado en: www.publico.es