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Circular 121 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/12/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 121 DE 2012

(Diciembre 4)

 

Para:

SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, DIRECTORES DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, CONTRALOR DISTRITAL Y PERSONERO DISTRITAL.

 

De:

SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. (E)

 

Asunto:

Petición de Radicado No. 1-2012-55651 de Guillermo Muñoz Aristizábal.

 

De manera atenta les informo que el día 28 de noviembre del año en curso se radicó en nuestro Sistema Interno de Gestión Documental y Archivos - SIGA, la petición del asunto, suscrito por el señor Guillermo Muñoz Aristizábal, a través de la cual manifiesta que la señora Noelia Correa de Corosio, identificada con la cédula de ciudadanía número 20139747, es propietaria del inmueble ubicado en la Avenida Calle 68 No. 28 A - 46 de Bogotá, con matricula inmobiliaria número 50C-625206 y chip catastral AAA0085KCLF, el cual tiene un embargo vigente solicitado por el Distrito Especial el 30 de noviembre de 1973 mediante oficio No. 651 del 13 de noviembre de 1973 del Juzgado 6 Distrital de Ejecuciones Fiscales.

 

Lo anterior para efectos de que se verifique si en dicha entidad, organismo u órgano de control, según corresponda, se ha solicitado medida cautelar de embargo sobre el referido predio y de ser así, se le informe directamente al solicitante, a la dirección por él registrada, cual es el trámite a seguir para la cancelación de dicho embargo.

 

JOSÉ ORLANDO RODRIGUEZ GUERRERO

Secretario General (E)

 

Anexos:

La Petición de Radicado No. 1-2012-55651 y sus anexos en ocho (8) folios.

c.c.

Guillermo Muñoz Aristizabal - Cra. 77 A No. 63 8 - 10

 

Proyectó:

Walter Epifanio Asprilla Cáceres

Revisó:

Jairo Augusto Macias Sierra

Aprobó:

Luis Eduardo Sandoval Isdith