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Decreto Local 013 de 2012 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
17/12/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/12/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5028 del 19 de Diciembre de 2012
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 013 DE 2012

 

(Diciembre 17)


Liquidado por el Decreto Local 014 de 2012

 

Por cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de  diciembre de 2013


LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 372 del 2010.

 

CONSIDERANDO:


Que la Alcaldesa Local presentó el proyecto de presupuesto  a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15º del decreto 372 de 2010.


Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación Nº 2012EE260756 del 01 de Noviembre de 2012, radicado No. 2012-112-017141-2 del 06/11/2012, comunicó la Cuota de asignación por un monto de $41.796.582.000 para la vigencia 2013.


Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS- mediante su Circular No.06 del 30 de Noviembre de 2012, emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Suba, el cual asciende a la suma de SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL ($68.966.582.000) PESOS M/CTE, para la vigencia fiscal  2013. La circular señala la inclusión del proceso de contratación en curso del FDL de Suba para adquirir equipos de línea amarilla y de transporte de materiales para intervención de malla vial y atención de emergencias en la localidad de Suba por $2.539 millones, estos recursos se registraron en la Disponibilidad Inicial y en la Inversión Directa.


Que la Alcaldesa Local de Suba presentó el proyecto del presupuesto de la vigencia 2013, a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término y con la información establecida en el artículo 15 del Decreto Nº 372  de 2010.

 

Que la Junta Administradora Local mediante radicado No. 2012-112-019610-2 del 17/12/2012, a través de su Presidente manifiesta: “Cordial Saludo, con el presente escrito, me dirijo a su despacho respetuosamente para comunicarle que el Proyecto de Acuerdo de presupuesto para la vigencia 2013, presentado por la administración, no surtió trámite para primer debate por flta de quórum, y tiempos establecidos en el Decreto 372.” 

 

Que la Junta Administradora Local no radicó ni aprobó el presupuesto presentado por la Alcaldesa Local dentro de los términos establecidos en el artículo 17º del Decreto 372 de 2010.

 

Que el Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local –FDL, menciona en el Formato 9 numeral 7.”Si la comisión de presupuesto de la JAL no aprueba el proyecto de Presupuesto en primer debate; Rige el proyecto presentado por el Alcalde Local el cual se debe aprobar por Decreto a nivel agregado,”

 

Que conforme a lo establecido en el artículo 17º del Decreto 372 de 2010, la Alcaldesa Local deberá expedir el presupuesto mediante Decreto a nivel de agregados.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.: Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2013, por la suma de SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL ($68.966.582.000) PESOS M/CTE., conforme al siguiente detalle:

 

Código

Concepto

 

Valor

1

Disponibilidad Inicial

27.170.000.000

2

Ingresos

41.796.582.000

2.1

Ingresos corrientes

     123.600.000

2.2

Transferencias

41.572.982.000

2.4

Recursos de capital

 

     100.000.000

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

 68.966.582.000

 

ARTÍCULO 2.  Fíjense los cómputos del presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Suba, para la vigencia fiscal de enero 1º a diciembre 31 de 2012, por la suma de SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL ($68.966.582.000) PESOS M/CTE., de acuerdo al siguiente detalle:

 

Código

Concepto

 

Valor

3

Gastos

68.966.582.000

3.1.

Funcionamiento

  2.719.200.000

3.3

Inversión

66.247.382.000

4

Disponibilidad Final

                       0

 

TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

68.966.582.000

 

ARTÍCULO 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1º de enero de 2013

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de diciembre deL año 2012.

 

MARISOL PERILLA GÓMEZ

Alcaldesa Local de Suba