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ACUERDO LOCAL 003 DE 2012 (Diciembre 15) Liquidado por el Decreto Local 016 de 2012 Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2013 En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y artículo 17 del Decreto 372 de 2010. CONSIDERANDO: Que el Alcalde Local de Antonio Nariño presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del decreto 372 de 2010. Que la Secretaria Distrital de Hacienda mediante comunicación No. 2012EE260763 del 1 de Noviembre de 2012, comunico la Cuota de asignación por un monto de $14.550.348.000 para la vigencia. Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS – en su reunión No. 15 del 28 de Noviembre de 2012, emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, el cual asciende a la suma de $31.046.314.000 Treinta y un mil cuarenta y seis millones trescientos catorce mil pesos M/cte., para la vigencia fiscal 2013. Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, previo concepto favorable del CONFIS. Que en mérito de lo expuesto: ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO: Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2013, por la suma de $31.046.314.000 Treinta y un mil cuarenta y seis millones trescientos catorce mil pesos M/cte., conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Fíjense los cómputos del presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de enero 1 a diciembre 31 de 2013, por la suma de $31.046.314.000 Treinta y un mil cuarenta y seis millones trescientos catorce mil pesos M/cte., conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1 de enero de 2013. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre de dos mil doce (2012). WILLIAM FERNANDO PINILLA M. Presidente JAL EDNA JAQUELINE ARTEGA CERON Presidente Comisión II LIDIA TERESA BELTRAN G Secretaria Sancionado en Bogotá, d.c., a los 17 días del mes de diciembre de dos mil doce (2012). GIOVANNI ALEXANDER MONROY PARDO Alcalde Local. |