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Decreto 605 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/12/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/12/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5034 de diciembre 28 de 2012
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 605 DE 2012

 

(Diciembre 28)

 

Por medio del cual se determinan los porcentajes de incremento de avalúos catastrales de conservación para el año 2013, en el Distrito Capital de Bogotá

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C., ENCARGADO

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 3º de la Ley 601 de 2000, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con el artículo de la Ley 601 de 2000, los avalúos catastrales de conservación se reajustan anualmente en el porcentaje determinado por el Gobierno Distrital previo concepto del Consejo de Política Económica y Fiscal, Confis.

 

Que en Reunión No. 17 del 26 de diciembre de 2012, el CONFIS emitió concepto favorable a los porcentajes de reajuste de los avalúos catastrales de conservación de predios urbanos y rurales para el año 2013.

 

Que con el fin de dar mayor equidad a los tributos que recaen sobre la propiedad inmobiliaria, los avalúos catastrales de los predios contarán con un índice de valoración diferencial, teniendo en cuenta el uso de los predios: residencial (por estrato), comercial, industrial, lotes, depósitos y parqueaderos, rurales y otros.

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo  1º.- Los avalúos resultantes de la actualización catastral adelantada en 2012, regirán a partir del 1º de enero de 2013.

 

Artículo 2º.- Adoptar los siguientes porcentajes de reajuste a los avalúos catastrales de conservación de los precios urbanos del Distrito Capital que no hayan sido actualizados durante el año 2012, para la vigencia 2013, así:

 

Índice de Valoración Inmobiliaria Urbana y Rural (IVIUR)

 

Vigencia fiscal 2013

 

Tipo

Propuesta Progresiva

Residencial estrato 1

3

Residencial estrato 2

3

Residencial estrato 3

6

Residencial estrato 4

9

Residencial estrato 5

13

Residencial estrato 6

22

Comercial

15.13

Depósitos

13.69

Industrial

8.57

Otros

8.57

 

Artículo 3°.- El porcentaje de reajuste a los avalúos catastrales de conservación de los predios rurales para la vigencia 2013, será el mismo que asuma la Nación para este tipo de inmuebles.

 

Artículo  4°.- El presente Decreto rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de diciembre de dos mil doce (2012)

 

OSCAR SÁNCHEZ JARAMILLO

 

Alcalde Mayor de Bogotá (E)

 

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

 

Secretario Distrital de Hacienda

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5034 de diciembre 28 de 2012.