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Decreto 017 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/01/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/01/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5042 del 11 de Enero de 2013.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 017 DE 2013

 

(Enero 10)


Derogado por el art. 8, decreto Distrital 433 de 2022.

 

Por el cual se establece la Planta de Cargos de la Secretaría Distrital de Planeación

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7º del artículo 315 de la Constitución Política, artículo 38 numeral 4º del Decreto Ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 125 de la Constitución Política, dispone que “Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley. Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público. El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes(…).

 

Que la Ley 909 de 2004, “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.

 

Que a su vez, la Corte Constitucional mediante Sentencia C-614 de 2009 del 2 de septiembre de 2009, declaró exequible el último inciso del artículo 2º del Decreto Ley 2400 de 1968, donde dispuso “(…) es lógico inferir que el ejercicio de funciones permanentes en la administración exige la creación de empleos públicos que deben ser ocupados por servidores públicos y no ejecutados a través de contratos con vigencia temporal, que alteren derechos a la igualdad de oportunidades de los trabajadores, de acceso al servicio público por mérito y de remuneración en proporción al salario. En conclusión, (…) la Corte encuentra ajustado a la Constitución que el legislador haya prohibido a la administración pública celebrar contratos de prestación de servicios para el ejercicio de funciones de carácter permanente, porque para ello se requiere crear los empleos correspondientes(…)”.

 

Que el Acuerdo Distrital 489 de 2012 “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá, D.C., 2012-2016 –Bogotá Humana-”, incluyó como proyecto prioritario el programa de dignificación del empleo público, en virtud del cual la administración distrital debe ajustar y formalizar las plantas de personal del nivel central, descentralizado, mediando el estudio de los diferentes componentes organizacionales basados en parámetros técnicos.

 

Que la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Planeación se encuentra establecida mediante el Decreto Distrital 551 de 2006 "Por el cual se establece la planta de cargos de la secretaria distrital de Planeación”, el cual fue modificado por los Decretos Distritales 096 de 2007 "Por el cual se modifica el Decreto No. 551 del 29 de diciembre de 2006 "Por el cual se establece la Planta de Cargos de la Secretaría Distrital de Planeación", Decreto Distrital 257 de 2007 "Por el cual se modifica la Planta de Cargos de la Secretaría Distrital de Planeación y se dictan otras disposiciones" y el Decreto Distrital 520 de 2007 "Por el cual se modifica la Planta de Personal de la Secretaria Distrital de Planeación y se dictan otras disposiciones"

 

Que de conformidad con los Decretos Distritales 257 y 520 de 2007, la Planta actual de la Secretaría Distrital de Planeación está conformada por doscientos setenta (270) empleos. 

 

Que la Secretaría Distrital de Planeación suscribió el Convenio Interadministrativo No. 303 del 2009 con la Universidad Nacional de Colombia, cuyo objeto era “Realizar un proyecto de fortalecimiento de la función pública, carga laboral, planta de personal y manual de funciones y requisitos de la Secretaría Distrital de Planeación, en el  cual arrojó como resultado la necesidad de ampliar la Planta de la SDP en doscientos cuarenta y seis (246) nuevos empleos, para un total de quinientos dieciséis (516) empleos. 

 

Que el artículo 9º del Acuerdo Distrital 490 de 2012 "Por el cual se crea el Sector Administrativo Mujeres y la Secretaría Distrital de la Mujer y se expiden otras disposiciones" estipula que “La Administración Distrital determinará la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer, para lo cual podrá realizar los ajustes pertinentes a la planta de cargos de las Secretarías Distritales de Planeación y de Gobierno, teniendo en cuenta las funciones que se asignan a la nueva Secretaría creada mediante el presente Acuerdo. Para el efecto se dará cumplimiento a las disposiciones del artículo 118 del Acuerdo Distrital 257 de 2006(…)”

 

Que el 29 de junio de 2012 el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable a la solicitud de ampliación de Planta de la Secretaria Distrital de Planeación, mediante oficio radicado con el No. 1597, con el que se soporta su viabilidad, señalando que “La citada propuesta tiene sustento y justificación técnica en el documento denominado “Estudio Técnico para la ampliación de la Planta de la Secretaría Distrital de Planeación” el cual se ajusta e integra en su desarrollo lo establecido en la normativa vigente en la materia para las modificaciones de plantas de empleos: Ley 909 de 2004 artículo 46 y Decreto Reglamentario 1227 de 2005 artículos 95, 96 y 97.(…)”  

 

Que la Secretaría Distrital de Planeación cuenta con el concepto de viabilidad presupuestal No. 2012EE341447 del 24 de diciembre de 2012, expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda para la ampliación de la planta de personal, con efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2013.

 

Que el 28 de diciembre de 2012 el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable para la adopción de la Planta de Cargos de la Secretaría Distrital de Planeación, mediante oficio radicado con el No. 2012-E-E3618, con el que se soporta su viabilidad en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 6º y 9º del Acuerdo Distrital 490 de 2012 "Por el cual se crean el Sector Administrativo Mujeres y la Secretaría Distrital de la Mujer y se expiden otras disposiciones."

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Suprímanse los siguientes cargos pertenecientes a la Planta de empleos de la Secretaria Distrital de Planeación:

 

DESPACHO DEL SECRETARIO

 

CARGO

CODIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

Secretario de Despacho

20

09

1

(Uno)

Asesor

105

06

2

(Dos)

TOTAL PLANTA DESPACHO

3

(Tres)

 

PLANTA GLOBAL

 

CARGO

CODIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

NIVEL DIRECTIVO

Subsecretario de Despacho

045

08

7

(Siete)

Jefe de Oficina

006

06

2

(Dos)

Director Técnico

009

06

33

(Treinta y tres)

TOTAL NIVEL DIRECTIVO

42

(Cuarenta y dos)

NIVEL ASESOR

Jefe de Oficina Asesora

115

06

1

(Uno)

TOTAL NIVEL ASESOR

1

(Uno)

NIVEL PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

27

61

(Sesenta y Uno)

Profesional Especializado

222

24

36

(Treinta y Seis)

Profesional Especializado

222

20

26

(Veintiséis)

Profesional Universitario

219

18

13

(Trece)

Profesional Universitario

219

15

5

(Cinco)

Profesional Universitario

219

13

2

(Dos)

Profesional Universitario

219

11

2

(Dos)

Profesional Universitario

219

8

1

(Uno)

TOTAL NIVEL PROFESIONAL

146

(Ciento cuarenta y seis)

NIVEL TÉCNICO

Técnico Operativo

314

17

9

(Nueve)

Técnico Operativo

314

12

2

(Dos)

TOTAL NIVEL PROFESIONAL

11

(Once)

NIVEL ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

27

30

(Treinta)

Auxiliar Administrativo

407

22

13

(Trece)

Auxiliar Administrativo

407

19

8

(Ocho)

Auxiliar Administrativo

407

16

9

(Nueve)

Auxiliar Administrativo

407

13

7

(Siete)

TOTAL NIVEL ASISTENCIAL

67

(Sesenta y siete)

TOTAL PLANTA GLOBAL

267

(Doscientos sesenta y siete)

TOTAL PLANTA DEL DESPACHO

3

(Tres)

TOTAL PLANTA

270

(Doscientos Setenta)

 

 

PARÁGRAFO. De los doscientos setentas (270) cargos suprimidos cuatro (4) deberán ser creados en la Secretaría de la Mujer:

 

CARGO

CODIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

NIVEL DIRECTIVO

Subsecretario de Despacho

045

08

1

(Uno)

Director Técnico

009

06

1

(Uno)

TOTAL NIVEL DIRECTIVO

2

(Dos)

NIVEL PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

20

1

(Uno)

TOTAL NIVEL PROFESIONAL

1

(Uno)

NIVEL ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

16

1

(Uno)

TOTAL NIVEL ASISTENCIAL

1

(Uno)

TOTAL

4

(Cuatro)

 

 

Artículo  2. Modificado parcialmente por el art. 4, Decreto Distrital 362 de 2014. Establécese la siguiente Planta de cargos para la realización de los fines institucionales de la Secretaría Distrital de Planeación, la cual estará conformada por quinientos doce (512) empleos, así: 

 

DESPACHO DEL SECRETARIO

 

CARGO

CODIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

Secretario de Despacho

20

09

1

(Uno)

Asesor

105

06

3

(Tres)

TOTAL PLANTA DESPACHO

4

(Cuatro)

 

PLANTA GLOBAL

 

CARGO

CODIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

NIVEL DIRECTIVO

Subsecretario de Despacho

045

08

6

(Seis)

Jefe de Oficina

006

06

2

(Dos)

Director Técnico

009

06

32

(Treinta y dos)

TOTAL NIVEL DIRECTIVO

40

(Cuarenta)

NIVEL ASESOR

Jefe de Oficina Asesora

115

6

1

(Uno)

TOTAL NIVEL ASESOR

1

(Uno)

NIVEL PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

27

106

(Ciento seis)

Profesional Especializado

222

24

83

(Ochenta y tres)

Profesional Especializado

222

20

56

(Cincuenta y seis)

Profesional Universitario

219

18

56

(Cincuenta y seis)

Profesional Universitario

219

15

17

(Diecisiete)

Profesional Universitario

219

13

4

(Cuatro)

Profesional Universitario

219

11

4

(Cuatro)

Profesional Universitario

219

8

37

(Treinta y siete)

TOTAL NIVEL PROFESIONAL

363

(Trescientos sesenta y tres)

NIVEL TÉCNICO

Técnico Operativo

314

17

10

(Diez)

Técnico Operativo

314

12

7

(Siete)

TOTAL NIVEL PROFESIONAL

17

(Diecisiete)

NIVEL ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

27

30

(Treinta)

Auxiliar Administrativo

407

22

14

(Catorce)

Auxiliar Administrativo

407

19

10

(Diez)

Auxiliar Administrativo

407

16

18

(Dieciocho)

Auxiliar Administrativo

407

13

15

(Quince)

TOTAL NIVEL ASISTENCIAL

87

(Ochenta y siete)

TOTAL PLANTA GLOBAL

508

(Quinientos ocho)

TOTAL PLANTA DEL DESPACHO

4

(Cuatro)

TOTAL PLANTA

512

(Quinientos doce)

 

Artículo 3. El (la) Secretario (a) Distrital de Planeación distribuirá los empleos de la Planta Global de Cargos a que se refiere el artículo 2º del presente Decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, al igual que los planes y programas de la entidad.

 

Artículo 4. Los servidores públicos que se encuentran en carrera administrativa, con los cuales se provean los cargos previstos en el artículo 2º de este Decreto, serán incorporados sin solución de continuidad.

 

Parágrafo: Para efectos de asumir las funciones de los nuevos cargos bastará con la suscripción del acta de posesión, sin que los servidores requieran acreditar nuevamente el cumplimiento de los requisitos legales exigidos para dichos cargos. 

 

Artículo  5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos Distritales 551 de 2006; Decretos Distritales 096 de 2007, 257 de 2007 y 520 de 2007. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C., a los 10 días del mes de enero del año 2013.

 

GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

 

Secretario Distrital de Hacienda

 

GERARDO IGNACIO ARDILA CALDERÓN

 

Secretario Distrital de Planeación