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Acuerdo 16 de 1987 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/12/1987
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 16 DE 1987

(Diciembre 9)

por el cual se modifican los Artículos 8 y 29 del Acuerdo 8 de 1987.

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.E.,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el Decreto-Ley 3133 de 1968 y el Decreto-Ley 1333 de 1986,

Ver el art. 29, numeral 1, Acuerdo Distrital 8 de 1987 , Ver el Acuerdo Distrital 8 de 1988

ACUERDA:

Artículo 1º.- El Artículo 8 del Acuerdo 8 de 1987, quedará así: Salvo el Alcalde Zonal, los Miembros de las Juntas Administradoras Zonales serán elegidos directamente por los ciudadanos de la respectiva Alcaldía Zonal para período de dos años contados a partir del 1 de julio siguiente a la fecha de su elección. La primera elección tendrá lugar el domingo 15 de mayo de 1988 y se realizará sucesivamente cada dos años el segundo domingo del mes de mayo.

Artículo 2.º- Amplíese hasta el 30 de Abril de 1988 el término dentro del cual el Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá deberá ejercer las facultades de que lo reviste el Artículo 29 del Acuerdo 8 de 1987.

Artículo 3º.- Adiciónase al Artículo 30 del Acuerdo 8 de 1987 con el siguiente Parágrafo:

En ningún caso la aplicación de las facultades otorgadas en el presente Artículo podrán desmejorar o desconocer los derechos adquiridos por los trabajadores del Distrito Especial y los reconocidos en la Carrera Administrativa.

Artículo 4º.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 9 de diciembre de 1987.

El Alcalde Mayor,

JULIO CÉSAR SÁNCHEZ GARCÍA.

El Presidente del Concejo,

JORGE MUÑÓZ PINZÓN.

El Secretario General del Concejo,

JORGE ENRIQUE SÁNCHEZ.