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Acuerdo 001 de 2001 Jardín Botánico José Celestino Mutis - JBB

Fecha de Expedición:
17/04/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/04/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2379 del 26 de abril de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AJB00012001

ACUERDO 001 DE 2001

(Abril 17))

Derogado por el Acuerdo Jardín Botánico 011 de 2001

Por el cual se establece la Estructura Orgánica del Jardín Botánico de Bogotá "José Celestino Mutis" y se determinan las funciones de sus dependencias

LA JUNTA DIRECTIVA DEL JARDIN BOTANICO DE BOGOTA "JOSE CELESTINO MUTIS", en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por el Decreto No.040 del 5 de febrero de 1.993

ACUERDA:

I. ESTRUCTURA ORGANICA

ARTÍCULO 1o.- DEPENDENCIAS.

La estructura orgánica del Jardín Botánico José Celestino Mutis, será la siguiente:

1.0 JUNTA DIRECTIVA

2.0 DESPACHO DEL DIRECTOR

2.1 OFICINA ASESORA CONTROL INTERNO

2.2 OFICINA ASESORA JURÍDICA

3.0 SECRETARIA GENERAL

3.1 DIVISION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

4.0 SUBDIRECCION CIENTIFICA

5.0 SUBDIRECCION TECNICA Y OPERATIVA

6.0 SUBDIRECCION EDUCATIVA Y CULTURAL

7.0 COMITÉ DE DIRECCION

II. FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

ARTÍCULO 2o.- JUNTA DIRECTIVA.

La Junta Directiva del Jardín Botánico José Celestino Mutis cumplirá las funciones establecidas por el Artículo 5o. del Decreto 040 de 1993, las normas que lo modifiquen o adicionen y las que le determinen los estatutos internos.

ARTÍCULO 3o.- DIRECCION.

La Dirección del Jardín Botánico José Celestino Mutis, cumplirá las funciones establecidas por el Artículo 7o. del decreto 040 de 1.993, las normas que lo modifiquen o adicionen y las que le determinen los estatutos internos.

ARTÍCULO 4o.- OFICINA ASESORA CONTROL INTERNO.

La Oficina Asesora Control Interno depende de la Dirección del Jardín. Sus funciones son :

1. Desarrollar las funciones establecidas por la Ley 87 de 1.993 y las normas que la modifiquen o adicionen.

2. Implantar y desarrollar el sistema de Control Interno en el Jardín, evaluar y formular recomendaciones para asegurar el cumplimiento de los principios de la función administrativa.

3. Evaluar el desarrollo de las actividades del Jardín con el fin de garantizar que las normas, procedimientos y controles administrativos, contables, financieros y de sistemas funcionen de conformidad con las normas vigentes.

4. Hacer seguimiento a los planes, programas y proyectos, evaluar el cumplimiento de las metas previstas, el impacto logrado y hacer los respectivos reportes al Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

5. Evaluar la oportunidad en la obtención de los recursos, su empleo y utilización, asegurar que se apliquen de conformidad con las normas legales y con criterios de moralidad, eficacia, eficiencia, economía y celeridad.

6. Responder por la elaboración y permanente actualización de los manuales y programas de auditoría y de los cuestionarios de control interno.

7. Hacer seguimiento y verificar la aplicación de las recomendaciones contenidas en cada uno de los informes de evaluación.

8. Velar por la difusión, cumplimiento y seguimiento de las normas de control interno.

9. Promover la capacitación del personal del Jardín en áreas de control interno y auditoria.

10. Las demás que le asigne el Director.

ARTÍCULO 5o.- OFICINA ASESORA JURIDICA

La Oficina Jurídica depende de la Dirección. Sus funciones son :

1. Asesorar a la Dirección y demás dependencias en la interpretación y aplicación de las normas, reglamentos y demás asuntos jurídicos relacionados con la misión del Jardín, con el proceso administrativo, con los asuntos laborales .

2. Responder por el proceso de contratación en todas sus modalidades, para la adquisición de bienes y servicios que requiera la entidad.

3. Asesorar a las dependencias del Jardín en la elaboración de términos de referencia y seguimiento a la contratación.

4. Llevar el registro y control de los contratos y sus correspondientes garantías y velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y normas vigentes sobre el particular.

5. Elaborar y revisar proyectos de actos administrativos relacionados con la institución.

6. Notificar los actos administrativos y disponer su publicación o comunicación oportuna.

7. Compilar y mantener actualizado un archivo de normas fiscales, legales, jurisprudencia y doctrina relacionadas con el Jardín.

8. Velar por el cumplimiento del código disciplinario único, establecido por la Ley 200 de 1995, así como de las normas que lo modifiquen o adicionen.

9. Ejercer el control disciplinario interno del jardín y conocer en primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores.

10. Adelantar las investigaciones disciplinarias a que haya lugar, de acuerdo con su competencia.

11. Llevar el libro de registro de las sanciones impuestas y disponer lo necesario para asegurar el archivo de los informativos disciplinarios.

12. Informar a la Procuraduría General de la Nación sobre la apertura de las investigaciones disciplinarias, las sanciones que se impongan y las anotaciones en las respectivas hojas de vida de las sanciones que dicha entidad profiera.

13. Representar extra judicial y judicialmente a la Entidad, previo poder otorgado por la Dirección en los procesos que contra esta se adelante o que sea necesario promover contra terceros.

14. Las demás que le asigne el Director.

ARTÍCULO 6o.- SECRETARIA GENERAL

La Secretaría General depende de la Dirección. Sus funciones son:

1. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar los procesos administrativo de apoyo para la debida gestión interna del Jardín.

2. Asesorar a la Dirección para la celebración de convenios interadministrativos y de cooperación interinstitucional.

3. Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas de la Institución y demás disposiciones que regulan los procedimientos y tramites administrativos internos.

4. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la administración del Jardín en materia financiera, de gestión y desarrollo del recurso humano, conservación y mantenimiento de la planta física, adquisición de bienes y servicios.

5. Prestar la atención al usuario, recibir, tramitar y resolver las quejas y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión institucional, en los términos ordenados por la ley 190 de 1.995 y las normas que la modifiquen o adicionen.

6. Actuar como Secretario de la Junta Directiva del Jardín, llevar sus actas y suministrar la información que sus miembros requieran.

7. Autenticar las copias de los documentos que expida.

8. Velar y responder por la organización y administración del archivo activo e inactivo.

9. Las demás que le asignen la Junta Directiva y el Director.

ARTÍCULO 7o.- DIVISION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA.

La División Administrativa y Financiera depende de la Secretaría General. Sus funciones son :

1. Controlar y evaluar los procesos administrativos de apoyo para la debida gestión interna del Jardín.

2. Asesorar a la Secretaría General en la definición y formulación de las políticas, objetivos, planes, programas y proyectos del Jardín.

3. Coordinar y asesorar la elaboración del presupuesto de ingresos, gastos e inversiones de las diferentes dependencias y el consolidado del Jardín.

4. Velar por la implantación del Plan Anual de Acción, diseñar la metodología para su elaboración, control y seguimiento, definir las variables e indicadores que deben intervenir.

5. Coordinar de acuerdo con las normas vigentes, con la Secretaría de Hacienda y Departamento Administrativo de Planeación Distrital, la asignación de partidas del presupuesto distrital y atender las solicitudes de información que dichas entidades requieran.

6. organizar, coordinar y supervisar las actividades relativas a la administración y control de los recursos humanos, financieros, suministros, sistemas de información y servicios generales de la entidad.

7. Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas de la institución y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos.

8. Establecer en coordinación con las demás dependencias del Jardín las políticas sobre administración, desarrollo y bienestar social del personal del Jardín.

9. Elaborar los actos administrativos relacionados con nombramientos, retiros y demás situaciones administrativas del personal.

10. Formular y desarrollar programas de capacitación y adiestramiento de personal.

11. Coordinar y revisar y avalar el correcto diligenciamiento de la nómina y coordinar su pago.

12. Aplicar y velar por el cumplimiento de las normas vigentes en materia de selección de personal, salarios y prestaciones, seguridad social, calificación de servicios.

13. Definir y hacer cumplir normas y procedimientos en materia de contabilidad, presupuesto y tesorería y demás de orden financiero.

14. Elaborar los estados financieros de la entidad y presentar los informes del caso.

15. Atender y controlar las actividades de tesorería del Jardín.

16. Atender, coordinar y controlar la adquisición, almacenamiento, custodia y distribución de los elementos y equipos necesarios para el buen funcionamiento del Jardín.

17. Controlar y evaluar las actividades de vigilancia, transportes, mantenimiento y reparaciones locativas, de equipos, maquinaria, vehículos y demás servicios generales que se requieran para el adecuado funcionamiento del Jardín.

18. Coordinar el registro, clasificación, archivo y mensajería de documentos y correspondencia de la institución.

19. Coordinar y controlar el suministro de viáticos y pasajes para el cumplimiento de comisiones de los funcionarios del Jardín.

20. Las demás que le asigne el Director.

ARTÍCULO 8o.- SUBDIRECCION CIENTIFICA.

La Subdirección Científica depende de la Dirección del Jardín. Sus funciones son :

1. Asesorar a la Dirección del Jardín Botánico en la definición y establecimiento de políticas, planes y programas de investigación en el campo de la flora y los ecosistemas.

2. Recomendar los criterios y directrices que orienten las investigaciones científicas en el Jardín. Velar por su desarrollo.

3. Dirigir y responder por las investigaciones en materia de Botánica sistemática, Económica y aplicada, Fisiología, Entomología y Sanidad vegetal, Ecología y Biodiversidad y demás que realice el Jardín, directamente o mediante convenios de cooperación.

4. Velar por la conservación de la diversidad biológica y la preservación de los recursos genéticos existentes en el Jardín, en especial de las especies en peligro de extinción, en coordinación con la Subdirección Técnica y Operativa.

5. Fijar criterios que sirvan al país para definir sus políticas, en Biotecnología, obtenciones vegetales , Bioética y en general en las áreas relacionadas con la misión institucional.

6. Asesorar a la Dirección en la formulación de políticas y definición de criterios para desarrollar convenios nacionales e internacionales en el campo de investigación e intercambio de material genético.

7.Coordinar la ejecución de los proyectos de investigación resultantes de convenios de cooperación nacional e internacional.

8. Realizar, en coordinación con la Subdirección Técnica y operativa, la identificación de ecosistemas estratégicos del bosque andino y propender por su conservación.

9. Dirigir y coordinar la colección de especies de la flora nativa colombiana y de especies exóticas, mediante cultivos in vivo, in vitro y herbarios.

10. Dirigir y coordinar la atención de consultas de carácter científico.

11. Coordinar con la Subdirección Educativa y Cultural, la publicación y divulgación de los resultados de las investigaciones realizadas y de temas que contribuyan a la educación y cultura ciudadana en relación con las características e importancia de la flora y sus ecosistemas.

12. Dirigir y coordinar con la Subdirección Educativa y Cultural, la inclusión en el sistema de información de la clasificación taxonómica de las plantas del Jardín. Velar por su mantenimiento y actualización.

13. Preparar y mantener actualizado el Index Seminun en coordinación con la Subdirección Técnica y Operativa.

14. Responder por la demarcación individual de las plantas de acuerdo con su clasificación taxonómica y con el número de registro interno.

15. Responder por el funcionamiento de la estación meteorológica y el uso de sus resultados en los programas de investigación.

16. Responder por el manejo y actualización del Sistema de Información Geográfica que requiera el Jardín.

17. Establecer registros de accesión del material vegetal que ingrese al Jardín Botánico, realizar las observaciones y análisis, suministrar la información pertinente a las otras dependencias.

18. Dirigir, coordinar y evaluar los programas de capacitación científica que desarrolle el Jardín.

19. Las demás que le asigne el Director.

ARTÍCULO 9o.- SUBDIRECCION TECNICA Y OPERATIVA.

La Subdirección Técnica y Operativa depende de la Dirección del Jardín. Sus funciones son :

1. Asesorar a la Dirección del Jardín Botánico en la definición y establecimiento de políticas, planes y programas tendientes al mantenimiento de las áreas del Jardín, conservación y enriquecimiento de la colección de especies de la flora nativa y exótica connaturalizada , in situ y ex situ.

2. Responder por los proyectos de arborización urbana que deba adelantar el Jardín Botánico.

3. Establecer criterios técnicos para la recolección, siembra y disposición física de las plantas del Jardín.

4. Realizar en coordinación con la Subdirección Científica, la identificación de ecosistemas estratégicos del bosque andino y propender por su conservación.

5. Dirigir y coordinar los programas de extensión e interacción que realice el Jardín con las entidades territoriales y otras instituciones del Estado, las comunidades y la sociedad civil.

6. Dirigir y coordinar programas de socialización de recursos genéticos disponibles, para multiplicar especies vegetales de importancia científica y tecnológica.

7. Elaborar estudios de factibilidad y proyectos para el diseño, construcción y mantenimiento de ambientes ecológicos especiales.

8. Preparar material vegetal para atender las necesidades del Jardín, convenios interinstitucionales, arborización urbana.

9. Velar por el mantenimiento y conservación de la planta física, la disposición correcta de accesos y caminos para peatones y vehículos, la distribución adecuada de parcelas, las áreas de exposición o cultivo, el sistema de irrigación y demás elementos de infraestructura del Jardín.

10. Coordinar con la Subdirección Científica lo relacionado con la aplicación e innovaciones técnicas y científicas de sanidad vegetal.

11. Preparar y mantener actualizado el Index - Seminun en coordinación con la Subdirección Científica.

12. Atender consultas e investigaciones.

13. Dirigir, controlar y evaluar la interventoría de los contratos de estudios y diseños de ingeniería, arquitectura y ejecución de las obras que adelante el Jardín.

14. Asesorar al Director en la elaboración de análisis y estudio sobre las obras de ingeniería y arquitectura que requiera el Jardín para la conservación y mejoramiento de su planta física.

15. Supervisar el adecuado uso de la maquinaria y equipo a cargo de la Subdirección, velar por su conservación, oportuno mantenimiento y reposición.

16. Las demás funciones que le asigne el Director.

ARTÍCULO 10o.- SUBDIRECCION EDUCATIVA Y CULTURAL.

La Subdirección Educativa y Cultural depende de la Dirección. Sus funciones son :

1. Asesorar a la Dirección en la definición y establecimiento de políticas, planes y programas tendientes al logro de los objetivos educativos y culturales que debe cumplir el Jardín Botánico,

2. Dirigir, coordinar, mantener y manejar las relaciones institucionales con fines educativos y culturales, con entidades de objetivos comunes o similares.

3. Dirigir y coordinar la atención de los usuarios del Jardín, instruyendo y orientando las visitas. Programar los recorridos, establecer y hacer cumplir el reglamento de visitas al Jardín.

4. Programar, dirigir y coordinar eventos educativos y culturales sobre temas que contribuyan al cumplimiento de la misión institucional.

5. Dirigir y coordinar la preparación del material necesario para el desarrollo de los programas educativos y culturales, de promoción y divulgación del Jardín.

6. Coordinar con las subdirecciones Científica y Técnica Operativa la publicación y distribución del Index Seminun e igualmente la preparación de artículos sobre investigaciones y temas de interés general relativos a la misión y objetivos institucionales.

7. Dirigir, coordinar y responder por el adecuado funcionamiento de la biblioteca del Jardín.

8. Organizar y mantener el sistema de información científica y técnica y coordinar con las subdirecciones Científica y Técnica Operativa el suministro y procesamiento de los datos que alimentarán dicho sistema. Producir los reportes, listados e informes que se requieran.

9. Propender por la vinculación a los programas educativos y culturales de personas con campos de acción en ciencias naturales y educación.

10. Dirigir y coordinar prácticas de estudiantes universitarios.

11. Asesorar a la Dirección, en la fijación de políticas, criterios y términos para desarrollar convenios interinstitucionales en educación y cultura.

12. Desarrollar programas de educación ambiental y manejo de la biodiversidad.

13. Organizar y coordinar la celebración de fechas memorables relacionadas con los objetivos del Jardín, mediante la realización de eventos educativos y culturales.

14. Capacitar y adiestrar al personal que desempeñe las funciones de guía e informador al público visitante del Jardín.

15. Coordinar y controlar el uso del auditorio y en general de las instalaciones del Jardín para la realización de eventos culturales y sociales.

16. Coordinar con las subdirecciones Científica y Técnica y Operativa lo relacionado con la señalización del Jardín, velar por su mantenimiento, innovación y mejoramiento permanente.

17. Las demás que le asigne el Director.

ARTÍCULO 11o.- COMITÉ DE DIRECCION

El Comité de Dirección es un órgano asesor de la Dirección del Jardín. Está integrado por:

1. El Director del Jardín Botánico, quien lo preside,

2. La Secretaría General, quien actuará como Secretario

3. El Subdirector Científico,

4. El Subdirector Técnico y Operativo,

5. El Subdirector Educativo y Cultural.

6. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

7. El Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno

8. El Asesor de Planeación.

ARTÍCULO 12o.- FUNCIONES. Son funciones del Comité de Dirección :

1. Servir de órgano asesor a la Junta Directiva y al Director del Jardín Botánico, en la orientación de políticas generales, la formulación y el desarrollo de planes, programas y proyectos.

2. Coordinar las acciones de las diferentes dependencias para el desarrollo armónico de planes, programas y proyectos.

3. Realizar seguimiento al cumplimiento de planes, programas y proyectos, presentar los informes requeridos.

4. Llevar a cabo el seguimiento y análisis de las prioridades de inversión en los planes, programas y proyectos.

5. Recomendar criterios para la participación del Jardín en actividades comunitarias, académicas, culturales, recreativas y promoción de relaciones con otras instituciones.

6. Las demás que le asigne el Director del Jardín Botánico

IV. DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 13o.- CONFORMACION Y REGLAMENTACION DE LOS ORGANOS CONSULTIVOS, DE ASESORIA O COORDINACION.

El Director del Jardín Botánico queda facultado para conformar comités, comisiones y demás órganos consultivos de asesoría o coordinación, que se requieran para el óptimo desarrollo de la gestión institucional, así como para reglamentar su funcionamiento.

ARTÍCULO 14o.- VIGENCIA.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo 04 de 1.995.

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de abril del año 2001.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

JULIA MIRANDA LONDOÑO

Presidente Junta Directiva