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Circular 35 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/03/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
N.P
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 035 DE 2013

 

(Marzo 22)

 

Para:

SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, DIRECTORES DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, ALCALDES LOCALES, VEEDORA DISTRITAL, CONTRALOR DISTRITAL Y PERSONERO DISTRITAL.

 

De:

SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. (E)

 

Asunto:

Oficio No. 105 del Juzgado Treinta y Ocho Civil Municipal.

 

De manera atenta les informo que el día 19 de marzo del año en curso se radico en nuestro Sistema Interno de Gestión Documental y Archivos – SIGA, el oficio del asunto, procedente del Juzgado Treinta y Ocho Civil Municipal, a través del cual se le informa al Distrito Capital que “(…) mediante providencia de fecha veintiséis (26) de julio y 28 de agosto de dos mil doce (2012), proferida dentro del proceso de la referencia se DECRETO EL EMBARGO DE REMANENTES (dineros o bienes) que llegaren a desembargar dentro del proceso por JURISDICCIÓN COACTIVA que adelanta la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ contra GELVER HENRY AGUDELO FIGUEROA con C.C. 79.051.612”.

 

Lo anterior para efectos de que se verifique si en dicha entidad, organismo u órgano de control, según corresponda, se ha iniciado alguna actuación en contra de GELVER HENRY AGUDELO FIGUEROA, y de ser así, se adopten las medidas pertinentes.

 

Cordialmente,

 

DANIEL MARÍA MEDINA GONZÁLEZ

 

Secretario General (E)

 

Anexo: El oficio No 105 del Juzgado Treinta y Ocho Civil Municipal, en un (1) folio.

 

Proyectó: Walter Epifanio Asprilla Cáceres.

 

Revisó: Jairo Augusto Macias Sierra.

 

Aprobó: Luís Eduardo Sandoval Isdith.