Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
DECRETO 151 DE 2013 (Abril 5) "Por el cual se modifica la Planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito que se financia con recursos del Distrito". EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En uso de las atribuciones conferidas por los el artículo 322 de la Constitución Política, el numeral 9 del artículo 38 del Decreto 1421 de 1993 y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 503 de 2010 se modifican los decretos 124 del 18 de abril de 2008 "por el cual se homologan y nivelan salarialmente los cargos de la planta administrativa, adscrita al Sector Educativo del Distrito Capital y financiada con recursos del Sistema General de Participaciones" y el decreto 331 del 6 de Octubre de 2008 "Por el cual se modifica la Planta Administrativa de la Secretaría de Educación Distrital. Que durante el proceso adelantado a través de la convocatoria 001 de 2005 la Comisión Nacional del Servicio Civil, publicó la Oferta Pública de Empleos de Carrera, en la cual se incluyeron los empleos en vacancia definitiva o permanente, pertenecientes a la planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. Que con la expedición del Decreto 503 de 2010, se homologaron y nivelaron salarialmente 167 de 254 empleos denominados Secretario código 440 grado 24 al empleo Secretario código 440 grado 27. Que dicha modificación impactó directamente la OPEC en cuanto que los empleos reportados con la denominación Secretario Código 440 grado 24 fueron homologados y nivelados salarialmente al empleo Secretario Código 440 grado 27. Que mediante la Circular Conjunta 074 de fecha 21 de octubre de 2009 emitida por la Procuraduría General de la Nación y la Comisión Nacional del Servicio Civil, se menciona que "… las entidades no podrán suprimir empleos reportados y que ya han sido ofertados a los aspirantes, ni podrán modificar los manuales de funciones de los mismos antes de su provisión". Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio 2012EE39858 del 02 de octubre de 2012, indica que la Corte Constitucional a través de la Sentencia SU-913 de 2009 reitera que "…las listas de elegibles que se conforman a partir de los puntajes asignados con ocasión de haber superado con éxito las diferentes etapas del concurso, son inmodificables una vez han sido publicadas y se encuentran en firme…" De igual forma también se indica que la Sentencia T-455 de 2000 señaló que "aquel que ocupa el primer lugar en un concurso de méritos no cuenta con una simple expectativa de ser nombrado sino que en realidad es titular de un derecho adquirido… es indudable que quien respondió una convocatoria hecha por una entidad pública, presentó los exámenes, pruebas, entrevistas, documentación exigida y además, practicados aquellos los superó satisfactoriamente y ocupó el primer lugar en una lista de elegibles, tiene en tal virtud y por mandato constitucional, no una mera expectativa sino un verdadero derecho adquirido a ser nombrado en el cargo correspondiente". Que de acuerdo con lo anterior, la Secretaría de Educación del Distrito debe modificar la estructura de la planta de personal en cuanto al empleo Secretario Código 440 grado 24, en el sentido de suprimir empleos en vacancia definitiva y crear los empleos requeridos para dar cumplimiento a las listas de elegibles número 2652 del 7 de septiembre de 2012 y 906 del 22 de marzo 2011, toda vez que allí se ordena el nombramiento en período de prueba para 38 y 2 empleos de Secretario Código 440 grado 24 respectivamente y en la actualidad las vacantes para este cargo no son suficientes para cumplir con dicho mandato. Que mediante concepto técnico No. 776-13 del 02 de abril de 2013 el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, aprobó el estudio técnico presentado para la modificación de la planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. Que la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto emitió viabilidad presupuestal SD 489 con oficio 2013EE65196 del 03 de abril de 2013 para la modificación de la planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. En mérito de lo expuesto, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Suprimir de la planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito que se financia con recursos propios, definida mediante Decreto 331 del 06 de octubre de 2008, los siguientes empleos:
ARTÍCULO SEGUNDO: Crear en la planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito que se financia con recursos propios los siguientes empleos:
ARTÍCULO TERCERO: Modificado por el Art. 5 del Decreto Distrital 597 de 2017. La planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito, quedará conformada de la siguiente manera:
ARTÍCULO CUARTO: Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se imputarán con cargo al presupuesto de funcionamiento financiado con recursos del Distrito, de conformidad con la normatividad vigente. ARTÍCULO QUINTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 331 del 06 de octubre de 2008 y demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 5 días del mes de abril del año 2013. GUSTAVO PETRO U. Alcalde Mayor ÓSCAR SÁNCHEZ JARAMILLO Secretario de Educación Distrital RICARDO BONILLA GONZÁLEZ Secretario Distrital de Hacienda CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA Director Departamento Administrativo del Servicio Civil NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5095 de abril 5 de 2013. |