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Resolución 139 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/03/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/03/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5088 de marzo 22 de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 139 DE 2013

(Marzo 19)

Derogada por el art. 19, Resolución Sec. General 630 de 2014

Por la cual se fijan las directrices para la Rendición de la Cuenta de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Contraloría de Bogotá D.C., en cumplimiento de la Resolución Reglamentaria No. 010 de 2013”.


EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Artículo 1º y el Literal J del Artículo 8º del Decreto 267 de 2007 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política, en su Artículo 209, establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad; que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado; y que la administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

Que el artículo 267 de la Constitución Política establece que la vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales. En los casos excepcionales previstos por la ley, la Contraloría podrá ejercer control posterior sobre cuentas de cualquier entidad territorial.

Que el Capítulo V del Título II de la Ley 42 de 1993 (Art. 100, 101 y 102) reglamenta el régimen de sanciones y faculta a los contralores para su imposición cuando haya lugar en el ejercicio de la vigilancia y control de la gestión fiscal de la administración pública o de los particulares que manejen fondos, bienes o recursos públicos, señalando las causales, forma y monto de las mismas.

Que es deber del todo servidor público, de acuerdo con la Ley 734 de 2002, cumplir y hacer que se cumplan la Constitución, las leyes, los decretos, los acuerdos distritales, los estatutos de la entidad, los reglamentos, los manuales de funciones y de procedimientos, entre otros.

Que mediante la Ley 951 de 2005, se creó el acta de informe de gestión y se fijaron las normas para la entrega y recepción de los asuntos y recursos públicos del Estado, estableciendo la obligación para los servidores/as públicos/as en calidad de titulares y representantes legales, y los particulares que administren fondos o bienes del Estado, al separarse de sus cargos o al finalizar la administración, de presentar a quienes los sustituyan legalmente en sus funciones, un informe de los asuntos de su competencia, así como de la gestión de los recursos financieros, humanos y administrativos que tuvieron asignados para el ejercicio de sus funciones.

Que el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano - MECI 1000: 2005, adoptado para la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante la Resolución 041 de 2006, en el numeral 2.5 objetivos de información, literal b), dispone que se deben “Establecer los procedimientos que permitan la generación de la información que por mandato legal, le corresponde suministrar a la Entidad a los Órganos de Control Externo”.

Que de conformidad con el artículo 1º de la Resolución 464 de 2011, “Por la cual se modifica la Resolución 290 de 2009, que reorganizó el Sistema Integrado de Gestión en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital”, el Sistema Integrado de Gestión de la Secretaría General comprende: El Subsistema de Gestión de Calidad (SGC), el Subsistema de Gestión Documental (SIGA), el Subsistema de Seguridad en la Información (SGSI), el Subsistema de Seguridad y Salud Ocupacional (S&SO), el Subsistema de Responsabilidad Social (SRS), el Subsistema de Gestión Ambiental (SGA), el Subsistema de Control Interno (SCI) y el Subsistema de Desarrollo Administrativo, basado en un enfoque por procesos.

Que el artículo 3° de la Resolución Reglamentaria N° 10 de 2013, “Por medio de la cual se prescriben los métodos y establece la forma, términos y procedimientos para la rendición de la cuenta y la presentación de informes, se reglamenta su revisión y se unifica la información que se presenta a la Contraloría de Bogotá D.C.; y se dictan otras disposiciones”,establece que la Rendición de Cuenta. “Es la presentación de información en virtud del deber legal y ético que tiene el servidor público, persona natural o jurídica a quien se le hayan confiado bienes o recursos del Distrito Capital, de responder e informar sobre la administración, manejo y rendimientos de fondos, bienes o recursos públicos asignados y sobre los resultados de su gestión en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido”.

Que el artículo 49 ídem establece que la Contraloría de Bogotá podrá imponer o solicitar a la autoridad competente la aplicación de sanciones a los responsables de rendir la cuenta cuando con su conducta incurran en alguna de las causales contempladas en los artículos 100, 101 ó 102 de la Ley 42 de 1993.

Que el/la Secretario/a General de la Alcaldía Mayor debe rendir la cuenta consolidada sobre la gestión financiera, operativa, ambiental y de resultados de la entidad, en los siguientes períodos: mensual, intermedio, anual y al culminar su gestión.

Que la rendición de la cuenta a la Contraloría de Bogotá, D.C. deberá realizarse a través del SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL - SIVICOF, cumpliendo con los estándares y validaciones dispuestos en el mismo.

Que se hace necesario fijar las directrices para la rendición de la cuenta de conformidad con los ajustes y modificaciones que la Contraloría de Bogotá, D.C., introdujo a este proceso, mediante la expedición de la Resolución 010 de 2013.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO I

OBJETIVO

ARTÍCULO 1.- OBJETIVO. La presente Resolución tiene por objeto establecer las directrices al interior de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para preparar, validar, consolidar y rendir la cuenta mensual, intermedia y anual a la Contraloría de Bogotá D.C., las cuales igualmente se aplicarán al momento de culminar la gestión del Secretario General.

PARÁGRAFO. La información reportada en la Cuenta Fiscal por la Secretaría General debe ser precisa, correcta, veraz y completa, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 9º de la Resolución 010 de 2013.

CAPÍTULO II

DE LA CUENTA Y LA RENDICIÓN

ARTÍCULO 2.- RENDICIÓN DE LA CUENTA. La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., responderá e informará sobre la administración de bienes y recursos públicos asignados y sobre los resultados de la gestión en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido.

PARÁGRAFO. La cuenta se estructurará con el conjunto de formatos y documentos electrónicos, en la forma y términos establecidos por la Contraloría de Bogotá, D.C., en la Resolución 010 de 2013 y demás disposiciones que la modifiquen o sustituyan.

ARTÍCULO 3°.- DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN. Los/as Directores/as, Subdirectores/as, Jefes/as de Oficina, responsables de procesos y demás servidores/as de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., que administran, procesan, presentan y custodian la información requerida en la cuenta, están obligados a suministrar la información en el medio y oportunidad exigidos en la presente resolución, así como a permitir a la Contraloría de Bogotá D.C. el acceso directo a los sistemas de información, previa autorización de claves y atributos debidamente controlados.

CAPÍTULO III

DE LOS RESPONSABLES

ARTÍCULO 4°.- RESPONSABLES DE PREPARAR Y VALIDAR LA INFORMACIÓN. Son responsables de preparar y validar la información para la consolidación y posterior rendición de la cuenta, los/as Directores/as, Subdirectores/as, Jefes/as de Oficina, responsables de procesos y demás servidores/as de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de acuerdo con lo establecido en los artículos 13, 14, 15 y 16 de la presente Resolución.

PARÁGRAFO. El/la responsable de preparar y validar la información, con el envío de la misma al encargado de consolidarla, certifica que la información es precisa, correcta, veraz y completa.

ARTÍCULO 5º.- RESPONSABLES DE CONSOLIDAR LA CUENTA. Son responsables de consolidar la cuenta en cada uno de los periodos los siguientes funcionarios:

Cuenta Mensual: Subdirector(a) financiero(a)

Cuenta intermedia, anual y al culminar la Gestión: Jefe/a Oficina de Control Interno.

PARÁGRAFO 1º. La Cuenta Intermedia comprende el periodo del 1° de enero al 30 de junio de la vigencia fiscal en curso; la cuenta anual comprende el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior.

PARÁGRAFO 2º. Información Ocasional. La información diferente a la señalada en la cuenta consolidada solicitada por la Contraloría de Bogotá, D.C., a que se refiere el artículo 47 de la Resolución 010 de 2013, debe ser rendida en los términos señalados por el órgano de control; será precisa, correcta, veraz y completa y deberá prepararla, de acuerdo con el contenido de la solicitud, el responsable de la respectiva dependencia.

PARAGRAFO 3°. Excepciones de consolidación y envío anual. El envío de los formatos CB-1007 “Informe Cierre Presupuestal – Cierre Presupuestal Contratación” y CB-1008 “Informe Cierre Presupuestal – Movimiento Cierre” debe ser realizado por el Subdirector Financiero en las fechas establecidas en la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS. La rendición de las cuentas debe realizarse a través del Sistema de Vigilancia y Control Fiscal- SIVICOF- en los términos señalados en el artículo 9° y 11° de la Resolución 010 de 2013, mediante la respectiva firma digital, cumpliendo con los estándares y validaciones dispuestos en dicho sistema e impresión del certificado de recepción de información.

PARÁGRAFO. RENOVACIÓN DE LA FIRMA DIGITAL: El/la Subsecretario/a General realizará oportunamente los trámites correspondientes ante Certicámara para mantener vigente y actualizada la firma digital del/la Secretario/a General.

ARTÍCULO 7º.- RESPONSABILIDAD DEL SOPORTE TÉCNICO. La Subdirección de Informática y Sistemas debe garantizar la instalación y funcionamiento del Sistema de Vigilancia y Control Fiscal- SIVICOF, en los equipos de los responsables de validar, consolidar y presentar la cuenta., así mismo capacitar, apoyar y monitorear a los mismos.

CAPÍTULO IV

DE LA FORMA, PRESENTACIÓN Y DEBERES

ARTÍCULO 8°.- CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN. La información de la cuenta se clasifica en:

1. FORMATOS ELECTRÓNICOS: Datos parametrizados que deberán ser diligenciados, enviados y validados utilizando SIVICOF.

2. DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS: Datos contenidos en documentos elaborados en procesadores de palabra, hojas electrónicas entre otros, referentes a informes, estudios o cualquier otro tipo de documento que se exija como parte de la cuenta, los cuales deberán ser remitidos utilizando la opción respectiva en SIVICOF.

ARTÍCULO 9°.- PROCEDIMIENTOS PARA PREPARAR Y VALIDAR LA INFORMACIÓN DE LOS FORMATOS Y DOCUMENTOS. Los responsables de preparar y validar la información deben remitirla dentro de los términos previstos en esta resolución, de la siguiente forma:

1. FORMATO ELECTRÓNICO (CB): El responsable prepara la información, la diligencia directamente en el SIVICOF, valida que esté de acuerdo con las directrices de la Resolución 010 de 2013 de la Contraloría de Bogotá, D.C., y la remite por medio electrónico al responsable de consolidarla.

2. DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS (CBN): El área responsable prepara la información, la diligencia y la remite por medio electrónico en el respectivo archivo (procesador de palabra, hoja electrónica, imágenes o en archivos empaquetados y comprimidos), al responsable de consolidarla.

Con la entrega de la información al responsable de consolidar, el Jefe de la respectiva Dependencia, certifica por escrito, que la información presentada es precisa, correcta, veraz y completa. Por lo tanto, será responsable por cualquier imprecisión, inconsistencia, falsedad u omisión en los datos, sin perjuicio de las acciones disciplinarias y legales a que hubiera lugar.

3. CUSTODIA Y CONSERVACIÓN: La custodia y conservación de los documentos fuente que soporten la gestión fiscal, financiera, operativa y de resultados, será responsabilidad de cada uno de los jefes de las respectivas dependencias. Los documentos fuente estarán a disposición del ente de vigilancia y control fiscal, quien podrá solicitarlos, examinarlos, evaluarlos o consultarlos en cualquier tiempo.

ARTÍCULO 10°.- PROCEDIMIENTO PARA CONSOLIDAR Y PRESENTAR LA CUENTA. Los responsables de consolidar la cuenta de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C., y presentarla a la Contraloría de Bogotá. D.C., deben:

1. Recibir la información en la forma requerida por la Contraloría de Bogotá. D.C., previamente validada y certificada como precisa, correcta, veraz y completa por el jefe de la dependencia respectiva, lo cual hará mediante memorando interno.

2. Verificar los casos en que no se registre información para alguno de los formatos o documentos exigidos, cuya justificación se efectuará por el jefe de la dependencia responsable de preparar y validar la información.

3. Conservar una copia magnética de los formatos electrónicos y documentos electrónicos requeridos en la cuenta presentada a la Contraloría de Bogotá. D.C.

CAPÍTULO V

DE LOS PERÍODOS Y LOS TÉRMINOS

ARTÍCULO 11°.- DE LA CUENTA MENSUAL, INTERMEDIA Y ANUAL. En concordancia con lo previsto en la Resolución 010 de 2013 de la Contraloría de Bogotá. D.C., los términos para la presentación de la cuenta mensual, intermedia y anual son los siguientes:

1. CUENTA MENSUAL

RESPONSABLE DE PREPARAR Y VALIDAR

FECHA PARA REMITIRLA AL RESPONSABLE DE LA CONSOLIDACIÓN

RESPONSABLE DE CONSOLIDAR LA CUENTA

FECHA MAXIMA PARA TRANSMITIR LA INFORMACIÓN POR SIVICOF

Subdirector/a de Contratación

Hasta el cuarto día hábil siguiente al mes reportado

Subdirector/a financiero/a

Hasta el sexto día hábil siguiente al mes reportado

Subdirector/a financiero/a

Hasta el cuarto día hábil siguiente al mes reportado



2. CUENTA INTERMEDIA

RESPONSABLE DE PREPARAR Y VALIDAR

FECHA PARA REMITIRLA AL RESPONSABLE DE LA CONSOLIDACIÓN

RESPONSABLE DE CONSOLIDAR LA CUENTA

FECHA MAXIMA PARA TRANSMITIR LA INFORMACIÓN POR SIVICOF

Jefe/a Oficina de Control Interno

Hasta el décimo tercer día hábil del mes de Julio

Jefe/a Oficina de Control Interno

Hasta el último día hábil de Julio

Jefe/a Oficina Asesora Planeación

Hasta el décimo tercer día hábil del mes de Julio



Subdirector/a de Calidad de la Dirección de Servicio al Ciudadano

Hasta el décimo tercer día hábil del mes de Julio

Subdirector/a Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico

Hasta el décimo tercer día hábil del mes de Julio



2. CUENTA ANUAL


RESPONSABLE DE PREPARAR Y VALIDAR

FECHA PARA REMITIRLA AL RESPONSABLE DE LA CONSOLIDACIÓN

RESPONSABLE DE CONSOLIDAR LA CUENTA

FECHA MÁXIMA PARA TRANSMITIR LA INFORMACIÓN POR SIVICOF

Jefe/a Oficina de Control Interno

Hasta el primer día hábil de febrero

Jefe/a Oficina de Control Interno

Hasta el décimo día hábil del mes de febrero

Subdirector/a de Calidad de la Dirección de Servicio al Ciudadano




Subdirector/a Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico

Subdirector/a de Talento Humano




Subdirector/a de Informática y Sistemas

Director/a de Gestión Corporativa




Subdirector/a Financiero

Subdirector/a Administrativo




Jefe/a Oficina Asesora Planeación

Hasta el quinto día hábil de febrero

Subdirector/a Financiero

CB-1007 Informe Cierre Presupuestal – Cierre Presupuestal Contratación y CB-1008 Informe Cierre Presupuestal – Movimiento Cierre

Hasta el 31 de diciembre

Subdirector/a Financiero/a

Hasta el 31 de diciembre

Los/as Directores/as, Subdirectores/as, Jefes/as de Oficina, Responsables de procesos y demás servidores/as obligados/as a presentar información relacionada con los Informes de Gestión y Resultados y Proyectos de Inversión, deben remitirla a la Oficina Asesora de Planeación a más tardar el quinto día hábil del mes de enero, en los formatos establecidos para tal fin y con el análisis del resultado obtenido en el año de la vigencia anterior.

PARÁGRAFO 1: La Oficina Asesora de Planeación, una vez haya consolidado y realizado la asesoría y verificación pertinente de cada uno de los informes de gestión y proyectos de inversión de las dependencias de la Secretaría General, trimestralmente, en los primeros diez días hábiles de Abril, Julio, Octubre y Enero, remitirá a la Oficina de Control Interno en medio físico y magnético una copia de cada uno de los informes con sus respectivas estadísticas, con en el propósito de realizar la evaluación de gestión por dependencias, ordenado en el artículo 39 de la Ley 909 de 2005.

PARÁGRAFO 2: El Subdirector/a Financiero/a será el responsable de consolidar y presentar a través del SIVICOF, en los términos establecidos, los formatos “CB-1007 Informe Cierre Presupuestal – Cierre Presupuestal Contratación y CB-1008 Informe Cierre Presupuestal – Movimiento Cierre”.

ARTÍCULO 12°.- DE LA RENDICIÓN DE LA CUENTA AL CULMINAR LA GESTIÓN. La cuenta que debe presentar el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.. a la Contraloría de Bogotá, D.C., cuando culmine su gestión, cubrirá el período comprendido entre la fecha de corte de la última rendición de cuenta efectuada (intermedia o anual) y la fecha de retiro definitivo del cargo y contendrá la información relacionada en el artículo 16 de la presente Resolución.

El Secretario General debe rendir cuenta, al culminar su gestión, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su retiro.

CAPÍTULO VI

DEL CONTENIDO DE LAS CUENTAS CONSOLIDADAS

ARTÍCULO 13º.- DEL CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN MENSUAL. La cuenta mensual consolidada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. incluye los siguientes informes:

INFORME FINANCIERO

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

TIPO

Responsable




Formato Electrónico

Documento Electrónico


PRESUPUESTO

CB-0103

Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X


Subdirector/a Financiero/a


CB-0126

Relación de Registros Presupuestales por Rubro

X


Subdirector/a Financiero/a

CB-0127

Reporte de Vigencias Futuras

X


Subdirector/a Financiero/a


CB-0003

Ejecución Cuentas por Pagar de la Vigencia Anterior

X


Subdirector/a Financiero/a

CBN-1001

Programa Anual de Caja


X

Subdirector/a Financiero/a


CBN 1094

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

 

X

Subdirector/a Financiero/a

DEUDA

CBN-1092

Certificación de no existencia de obligaciones de deuda, posesión de inversiones o manejo de recursos de tesorería.


X

Subdirector/a Financiero/a


INVERSIONES

CB-0115

Informe sobre Recursos de Tesorería

X


Subdirector/a Financiero/a


CBN 0001

Certificado de no existencia de Recursos de Tesorería, Inversiones Financieras, Fiducias y Carteras Colectivas.


X

Subdirector/a Financiero/a

CONTRATACIÓN

CB-001

CB-0011

Uniones Contractuales

X


Subdirector/a de Contratación


CB-0012

Contractual

X


Subdirector/a de Contratación

CB-0013

Localización

X


Subdirector/a de Contratación


CB-0014

Información Presupuestal

X


Subdirector/a Financiera

CB-0015

Modificación Contractual

X


Subdirector/a de Contratación


CB-0016

Novedades Contractuales

X


Subdirector/a de Contratación

CB-0017

Pagos

X


Subdirector/a Financiera


CB-0018

Controversias Contractuales

X


Subdirector/a de Contratación

CB-0019

Interventoría

X


Subdirector/a de Contratación


CB-0020

Urgencias Manifiestas

X


Subdirector/a de Contratación

CB-0412

Ingreso por concepto de multas - querellas

X


Subdirector/a Financiera

ARTÍCULO 14°.- DEL CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN INTERMEDIA. La cuenta intermedia consolidada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., incluye los siguientes informes:

INFORME

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

TIPO

Responsable




Formato Electrónico

Documento Electrónico


GESTIÓN Y RESULTADOS

CB-0402

Plan de Mejoramiento

X


Jefe/a Oficina de Control Interno


CB-0404

Indicadores de Gestión

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación

CB-0405

Relación peticiones, quejas y reclamos

X


Subdirector/a de Calidad de la Dirección de Servicio al Ciudadano


CB-0407

Relación procesos judiciales

X


Subdirector/a Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las Advertencias Fiscales


X

Jefe/a Oficina de Control Interno


CBN-1090

Informe de Gestión y Resultados


X

Jefe/a Oficina Asesora de Planeación

El Informe de avance del Plan de Mejoramiento de la cuenta intermedia se presentará con corte a 30 de junio de cada vigencia, incluyendo el resultado del indicador, el avance físico de ejecución en las metas y el análisis del seguimiento realizado.

ARTÍCULO 15°.- CONTENIDO INFORMACIÓN ANUAL. La cuenta anual consolidada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., incluye los siguientes informes:

INFORME

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

TIPO


Responsable




Formato Electrónico

Documento Electrónico




PRESUPUESTO

CB-1007

Informe Cierre Presupuestal – Cierre Presupuestal Contratación

X


Subdirector/a Financiero/a


CB-1008

Informe Cierre Presupuestal – Movimiento Cierre

X


Subdirector/a Financiero/a

CB-0001

Reservas Presupuestales al Cierre de la Vigencia

X


Subdirector/a Financiero/a


CB-0002

Pasivos exigibles al cierre de la vigencia

X


Subdirector/a Financiero/a

GESTIÓN Y

RESULTADOS

CB-0402

Plan de mejoramiento

X


Jefe/a Oficina de Control Interno


CB-0404

Indicadores de Gestión

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación

CB-0405

Relación peticiones, quejas y reclamos

X


Subdirector/a de Calidad de la Dirección de Servicio al Ciudadano


CB-0406

Plan Estratégico o Plan Indicativo

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación

CB-0407

Relación de procesos judiciales

X


Subdirector/a Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico


CB-0408 A

Programación y Seguimiento del Plan de Acción de proyectos de inversión. Objetivos

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación

CB-0408 B

Programación y Seguimiento del Plan de Acción de proyectos de inversión. Metas

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación


CB-0408 C

Programación y Seguimiento del Plan de Acción de proyectos de inversión. Contratos Suscritos

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación

CB-0409

Programación y Seguimiento del Plan de Acción de proyectos de inversión. Seguimiento Metas

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación


CB-0410

Programación y Seguimiento del Plan de Acción de proyectos de inversión. Proyectos Tipo

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación

CBN-1014

Informe sobre el Plan de Desarrollo


X

Jefe/a Oficina Asesora de Planeación


CBN-1015

Informe de austeridad en el gasto


X

Subdirector/a Administrativo/a

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias fiscales


X

Jefe/a Oficina de Control Interno


CBN-1022

Informe ejecutivo anual de Control Interno


X

Jefe/a Oficina de Control Interno

CBN-1024

Plan Anual de Compras


X

Director/a de Gestión Corporativa


CBN-1038

Informe de la Oficina de Control Interno


X

Jefe/a Oficina de Control Interno

CBN-1090

Informe de Gestión y Resultados


X

Jefe/a Oficina Asesora de Planeación


CBN-1107

Plan de Contingencia Institucional


X

Subdirector/a Talento Humano.




CONTABILIDAD


Conforme a los

parámetros y

plazos establecidos

por Contaduría

General de la

Nación

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

X


Subdirector/a Financiero/a


CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES _RECIPROCAS

X


Subdirector/a Financiero/a

CB-0903

CGN2005NE_003_NOTAS_DE_CARACTER_ESPECIFICO

X


Subdirector/a Financiero/a


CB-0904

CGN2005NG_003_NOTAS_DE_CARACTER_GENERAL

X


Subdirector/a Financiero/a

CB-0905

Cuentas por Cobrar

X


Subdirector/a Financiero/a


CBN-1009

Balance General


X

Subdirector/a Financiero/a

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental


X

Subdirector/a Financiero/a


CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio


X

Subdirector/a Financiero/a

CBN-1012

Estado de Flujo de Efectivo


X

Subdirector/a Financiero/a


CBN-1016

Informes sobre presuntos detrimentos patrimoniales


X

Subdirector/a Financiero/a

CBN-1019

Informe de Control Interno Contable


X

Jefe/a Oficina de Control Interno


CBN-1026

Inventario Físico


X

Subdirector/a Administrativo/a

CBN-1041

Estado de Cartera comparado con el periodo anterior


X

Subdirector/a Financiero/a


CBN-1044

Informe sobre la naturaleza de los aportes o participaciones Distritales


X

Subdirector/a Financiero/a

CBN-1047

Estados de Cambios en la situación financiera


X

Subdirector/a Financiero/a





TALENTO HUMANO

CB-0301

Relación de Funcionarios


X

Subdirector/a Talento Humano


CB-0302 A

Estado de Vinculación

X


Subdirector/a Talento Humano

CB-0302 B

Salarios y Prestaciones Sociales

X


Subdirector/a Talento Humano


CB-0302 C

Nombramientos y movimientos

X


Subdirector/a Talento Humano

CB-0302 D

Situaciones Administrativas Licencias y Permisos

X


Subdirector/a Talento Humano


CB-0302 E

Comisiones

X


Subdirector/a Talento Humano

CB-0302 F

Resumen

X


Subdirector/a Talento Humano

BALANCE SOCIAL

CB-0021

Informe de Balance Social

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación




GESTION AMBIENTAL

CB-1112-1

Plan de Acción Anual Institucional - PIGA

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación


CB-1112-2

Uso Eficiente de Energía

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación

CB-1112-3

Uso Eficiente del Agua

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación


CB-1112-4

Uso Eficiente de los Materiales Residuos Convencionales

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación

CB-1112-5

Residuos no Convencionales

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación


CB-1112-6

Material Reciclado

X


Jefe/a Oficina Asesora de Planeación

ESTADISTICA

INFORMATICA

CB-0704

Inventario de software ofimático e informático

X


Subdirector/a de Informática y Sistemas


CB-0705

Inventario de aplicaciones automatizadas en producción

X


Subdirector/a de Informática y Sistemas

CB-0706

Inventario de aplicaciones automatizadas en desarrollo

X


Subdirector/a de Informática y Sistemas


CB-0707

Inventario de servidores

X


Subdirector/a de Informática y Sistemas

CB-0708

Inventario de computadores personales

X


Subdirector/a de Informática y Sistemas


CB-0709

Inventario de impresoras

X


Subdirector/a de Informática y Sistemas

CB-0710

Inventario de equipos complementarios

X


Subdirector/a de Informática y Sistemas


CB-0711

Proyectos vigentes de inversión tecnológica e informática

X


Subdirector/a de Informática y Sistemas

CB-0712

Seguridad Informática

X


Subdirector/a de Informática y Sistemas


CBN-1100

Plan de Informática

X


Subdirector/a de Informática y Sistemas

El Informe de avance del Plan de Mejoramiento se presentará con corte a 31 de diciembre de cada vigencia, incluyendo el resultado del indicador, el avance físico de ejecución en las metas y el análisis del seguimiento realizado.

ARTÍCULO 16.- DE LA DESCRIPCIÓN Y EL CONTENIDO DE LA CUENTA AL CULMINAR LA GESTIÓN. El/la Secretario/a General al culminar su gestión, debe presentar la siguiente información:

INFORME

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

TIPO

Responsable




Formato Electrónico

Documento Electrónico


GESTIÓN

CBN-1065

Relación de los Proyectos de Inversión


X

Jefe/a Oficina Asesora de Planeación


CBN-1115

Informe de gestión al culminar la gestión


X

Jefe/a Oficina Asesora de Planeación

CONTABILIDAD

CB-0903

CGN2005NE_003 Notas_de_carácter_específico

X


Subdirector/a Financiero/a


CB-0904

CGN2005NG_003 Notas_de_carácter_general

X


Subdirector/a Financiero/a

CBN-1009

Balance General


X

Subdirector/a Financiero/a


CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental.


X

Subdirector/a Financiero/a

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio


X

Subdirector/a Financiero/a

PARÁGRAFO 1. Esta rendición no exime al nuevo Secretario General de la presentación que debe realizar sobre la cuenta consolidada anual, o de otra información que sea pertinente.

PARÁGRAFO 2. Cuando el retiro definitivo del responsable de rendir cuenta coincide con el cierre de la vigencia fiscal (31 de diciembre) no se requerirá presentar la información señalada en este artículo, dado que la cuenta de la vigencia será presentada por el nuevo responsable.

PARÁGRAFO 3. Dentro de los cinco (5) primeros días hábiles después del retiro, el Secretario General deberá solicitar, por escrito, autorización a la respectiva Dirección Sector Gobierno de la Contraloría de Bogotá. D.C., para el envío de la información de Rendición de Cuentas al Culminar la Gestión por medio del sistema SIVICOF.

CAPÍTULO VII

DE LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONATORIOS

ARTÍCULO 17.- DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO FISCAL. De conformidad con la Ley 42 de enero 26 de 1993, son causales para efecto de la imposición de sanciones, las previstas en los artículos 100, 101 y 102 de la mencionada Ley, en materia de la rendición de cuenta e informes.

PARÁGRAFO 1. Se entenderá por no presentada la cuenta consolidada cuando esta no cumpla con lo previsto en las Resoluciones 010 de 2013 de la Contraloría de Bogotá, D.C., en los aspectos referentes a presentación, forma, términos, período, contenido y refrendación.

PARÁGRAFO 2. Para la imposición de sanciones por el incumplimiento en la rendición de cuentas e informes, la Contraloría de Bogotá, D.C., adelantará el trámite del proceso administrativo sancionatorio fiscal de acuerdo con la reglamentación vigente de esa Entidad, en concordancia con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen de conformidad con el Artículo 50 de Resolución 010 de 2013 de la Contraloría de Bogotá D.C.

ARTÍCULO 18°.- DEL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO. En caso de incumplimiento de la presente Resolución se informará a la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios para lo de su competencia.

ARTÍCULO 19°.- OTRAS DISPOSICIONES. En caso que la Contraloría de Bogotá. D.C., realice cambios en los formatos o en las fechas de rendición de las cuentas establecidas en la Resolución Reglamentaria 010 de 2013, el/la responsable de consolidar la cuenta, señalado en el artículo 5° de esta Resolución, hará los respectivos ajustes a esos formatos o fechas y los comunicará a los/as responsables de preparar y validar la información.

ARTÍCULO  20°.- DEROGATORIA Y VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 24 del 23 de enero de 2012.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los diecinueve (19) días del mes de marzo de dos mil trece (2013).

JOSÉ ORLANDO RODRÍGUEZ GUERRERO

Secretario General (E.)

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5088 de marzo 22 de 2013.