RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 3 de 2013 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
08/04/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/04/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5098 de abril de 11 de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 003 DE 2013

(Abril 8)

Por el cual se efectúa una modificación al interior del presupuesto de gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 2013”

LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

1. Que de conformidad con lo estipulado en el Decreto Nº 372 del 30 de agosto de 2010, considera en su artículo 31º las modificaciones presupuestales, cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas

2. Que en el presupuesto de la vigencia 2013, el rubro de Mantenimiento Entidad cuenta con un presupuesto de $838.000.000, destinados para gastos de mantenimiento preventivo y correctivo de bienes muebles e inmuebles de propiedad o que estuvieren a cargo del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así como los contratos para el servicio de aseo y cafetería, y servicio de vigilancia de las instalaciones donde funcionan las dependencias de la Alcaldía Local, el plan de contratación asignó recursos para su adición o para adelantar el proceso de selección respectivo.

3. Que la administración requiere sufragar gastos urgentes, imprescindibles, imprevistos e inaplazables para la buena marcha de la administración disponiendo recursos por Caja Menor para tasas, derechos, gastos notariales, certificados de libertad y tradición, entre otros, los cuales se requieren para el control y registro de los bienes muebles e inmuebles de propiedad o que estén a cargo del Fondo de Desarrollo Local de Suba.

4. Que los Gastos de Funcionamiento, en su rubro 3.1.2.03 Otros Gastos Generales, contempla la cuenta subauxiliar 3.1.2.03.02 Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas, para la cual no se estableció apropiación inicial que permita su utilización en la Caja Menor del Fondo de Desarrollo Local.

5. Que la Directora Distrital de Presupuesto emite concepto previo favorable a la modificación en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia, según consta en el oficio No. 2013EE64592 de fecha 03-04-2013, por valor de $2.500.000

6. Que en merito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un Contracrédito en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así:

RUBRO

CONCEPTO

CONTRACRÉDITOS

3

GASTOS

2.500.000

3.1

FUNCIONAMIENTO

2.500.000

3.1.2

GASTOS GENERALES

2.500.000

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

2.500.000

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

2.500.000

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento entidad

2.500.000

TOTAL CONTRACRÉDITOS

2.500.000

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un Crédito en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así:

RUBRO

CONCEPTO

CRÉDITOS

3

GASTOS

2.500.000

3.1

FUNCIONAMIENTO

2.500.000

3.1.2

GASTOS GENERALES

2.500.000

3.1.2.03

Otros Gastos Generales

2.500.000

3.1.2.03.02

Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas

2.500.000

TOTAL CRÉDITOS

2.500.000

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 8 días del mes de abril del año 2013.

MARISOL PERILLA GÓMEZ

Alcaldesa Local de Suba

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5098 de abril de 11 de 2013.