RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 6 de 1997 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/03/1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/03/1997
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1380 del 21 de marzo de 1997
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 6 DE 1997

ACUERDO 6 DE 1997

(marzo 17)

Modificado por el Acuerdo Distrital 44 de 2001

por el cual se crea una tarjeta de recreación y espectáculos públicos gratuitos a hombres mayores de 60 años y mujeres mayores de 55 años

El Concejo de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades Constitucionales y Legales y en especial las que le confiere el numeral 1 del Artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1.993,

ACUERDA:

Artículo 1º.- Créase una tarjeta de recreación y espectáculos públicos gratuitos del Distrito Capital para los hombres mayores de sesenta (60) años y mujeres mayores de cincuenta y cinco (55) años. Dicha tarjeta, llamado pasaporte vital, será expedida por la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C. Reglamentado Decreto 604 de 1997 Decreto 936 de 1998

Artículo 2º.- Las personas aquí citadas, podrán solicitar su tarjeta de recreación y espectáculos públicos, con el simple hecho de presentar su cédula de ciudadanía, acreditando residencia en Santa Fe de Bogotá, D.C., y facilitar información mínima sobre sus habilidades y experiencias, al Departamento Administrativo de Bienestar Social o ante la oficina asignada por el Alcalde Mayor.

Artículo 3º.- La oficina asignada por el Distrito hará un acopio sistemático de la información, para que a manera de Banco de Datos de la tercera edad pueda hacer un inventario de los recursos humanos de los que oportunamente puede beneficiarse. Reglamentado Decreto 604 de 1997 Decreto 936 de 1998

Parágrafo.- Entidades Distritales como el Instituto de Recreación y Deporte, el Instituto de Cultura y Turismo, el Departamento Administrativo de Bienestar Social y la Secretaría de Educación orientarán esfuerzos dirigidos a la concepción y diseño de programas para el uso del tiempo libre para la tercera edad, para lo cual deben apoyarse en el conocimiento y experiencia del recurso humano inventariado con la expedición de la tarjeta. Reglamentado Decreto 604 de 1997 Decreto 936 de 1998

Artículo 4º.- La administración propenderá por lograr convenios con entidades del orden nacional y departamental y con los particulares con el fin de ampliar la cobertura del uso de la tarjeta de recreación y espectáculos gratuitos para la tercera edad, haciendo las respectivas compensaciones sin que le signifiquen iniciativa de gastos.

Artículo 5º.- Autorícese al Señor Alcalde Mayor para tomar las medidas administrativas y reglamentarias que conduzcan al cumplimiento de lo establecido en los artículos anteriores en un término no superior a noventa (90) días, contados a partir de la fecha de publicación del presente Acuerdo. Reglamentado Decreto 604 de 1997 Decreto 936 de 1998

Artículo 6º.- Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 17 de marzo de 1997.

El Presidente del Concejo de Santa Fe De Bogotá, D.C., CARLOS OSSA ESCOBAR. El Secretario General, JOSÉ JOAQUÍN OJEDA BALLÉN.

NOTA: El presente Acuerdo aparece publicado en el Registro Distrital No. 1380 de marzo 21 de 1997