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Decreto Local 5 de 2013 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
04/07/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/07/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5155 del 10 de julio de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 5 DE 2013

 

(Julio 4)

 

“Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la  Vigencia Fiscal de 2013”.

 

LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA

 

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que de conformidad con lo estipulado en el Decreto Nº 372 del 30 de agosto de 2010, considera en su artículo 31º las Modificaciones Presupuestales; cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas

 

2. Que el proyecto 3.3.1.14.01.05.1036 Suba Diversa e Incluyente, contempla la meta: “Beneficiar 1.200 personas adultos mayores con la entrega de subsidios en situación de vulnerabilidad (tipo C) 12 meses al año”, con asignación presupuestal de $1.800.000.000. Para el  cumplimiento de dicha meta se contempla el pago del subsidio por $120.000 pesos a 1.200 adultos mayores de la localidad, así como el pago de costos operativos y focalizadoras del subsidio C por $1.521.600.000, valor que garantiza el cumplimiento de la meta en la vigencia y hasta febrero de 2014, y se genera un saldo por $278.400.000, de los cuales se considera necesario disponer de un monto de $198.100.000 para cubrir actividades relacionadas con el proyecto 3.3.14.03.31.1051 Fortalecimiento Institucional,, con el fin de garantizar un efectivo cumplimiento de los compromisos adquiridos por la actual administración local.

 

3. Que para el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo Suba Humana: incluyente, participativa y transparente, y las metas de plan de gestión 2013, se hace necesario contar con un equipo de trabajo idóneo y suficiente que apoye la gestión de la Alcaldesa Local en materia administrativa, financiera y jurídica, para lo cual se hace necesario contratar con dicho personal en la modalidad de prestación de servicios, considerando que la planta de personal de la Alcaldía Local de Suba es reducida para el monto de recursos y la extensión que le compete.

 

4. El rubro 3.3.1.14.03.31.1051 Fortalecimiento Institucional, incluyó el Proceso de Contratación en curso a 31 de diciembre de 2012 por $ 2.282.713.216, el reconocimiento de honorarios de los once (11) ediles de la localidad en $700.400.000, y para el cumplimiento de actos administrativos proferidos por la Alcaldía Local, demoliciones y otros $300.000.000, quedando como recursos para contratación del personal necesario y otros $2.261 millones, sin embargo la administración estima sus necesidades en $3.310 millones, por lo que se pretende maximizar la contratación de personal necesario, para impulsar los temas concernientes al plan de desarrollo local y buscando que la ciudadanía cuente con información oportuna y pertinente, es necesario contar con un equipo de trabajo suficiente para formular e impulsar estrategias locales que garanticen la eficiencia del uso de los recursos públicos con los recursos dispuestos del proyecto 1036 por valor de $198.100.000.

 

5. Que la Dirección Distrital de Planeación, emitió concepto, previo y favorable a la modificación presupuestal al interior del agregado de Inversión, según consta en el oficio No. 2013EE153076 del 27 de Junio de 2013, y la Directora Distrital de Presupuesto, adjunta concepto favorable, con respecto a la modificación al interior del agregados de Inversión del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2013, por valor de $198.100.000,oo.

 

6. Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un Contracrédito en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así:

 

RUBRO

CONCEPTO

CONTRACRÉDITO

3

GASTOS

198.100.000

3.3

INVERSIÓN

198.100.000

3.3.1

DIRECTA

198.100.000

3.3.1.14

Plan de desarrollo "Bogotá Humana"

198.100.000

3.3.1.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

198.100.000

3.3.1.14.01.05

Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital

198.100.000

3.3.1.14.01.05.1036

Suba diversa e incluyente

198.100.000

TOTAL CONTRACREDITOS

198.100.000

 

ARTICULO SEGUNDO: Efectúese un Crédito en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así:

 

RUBRO

CONCEPTO

CRÉDITO

3

GASTOS

198.100.000

3.3

INVERSIÓN

198.100.000

3.3.1

DIRECTA

198.100.000

3.3.1.14

Plan de desarrollo "Bogotá Humana"

198.100.000

3.3.1.14.03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

198.100.000

3.3.1.14.03.31

Fortalecimiento de la función Administrativa y Desarrollo Institucional

198.100.000

3.3.1.14.03.31.1051

Fortalecimiento Institucional

198.100.000

                                        TOTAL CONTRACREDITOS

198.100.000

 

ARTICULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de su expedición.

 

COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 4 días del mes de julio del año 2013.

 

MARISOL PERILLA GÓMEZ

 

Alcaldesa Local de Suba

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5155 de julio 10 de 2013