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Circular 75 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/07/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 075 DE 2013

(Julio 12)


Para:

Secretarios de Despacho; Directores/as de Departamento Administrativo y de Unidades Administrativas Especiales, con y sin personería jurídica; Presidentes/as, Directores/as y Gerentes/as de Entidades Descentralizadas, Empresas Sociales del orden distrital, incluidas las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, Oficiales y Mixtas, Rector/a del Ente Universitario Autónomo, Alcaldes/as Locales.

De:

Secretaria General de la Alcaldía Mayor

Asunto:

Solicitud de Información relativa a la Implementación del Plan Anticorrupción y de Atención al ciudadano

Como es de su conocimiento la Ley 1474 de 20111, en su Artículo 73. Plan Anticorrupción y de Atención al ciudadano, establece que: “ Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias antitrámites y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano”.

El Decreto 2641 del 17 de Diciembre de 20122 , otorgó un plazo límite para la publicación del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, así: “Para el año 2013, las entidades tendrán como máximo plazo para homologar y publicar el plan anticorrupción y atención al ciudadano el 30 de abril de 2013.

Igualmente, el referido Decreto, señaló que la metodología y hacer seguimiento a la estrategia de lucha contra corrupción y atención al ciudadano, es la establecida en el documento de “Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano”, en donde se define que: Las entidades del orden nacional, departamental y municipal deberán publicar en un medio de fácil accesibilidad al ciudadano, las acciones adelantadas en las fechas: 31 de enero, abril 30, agosto 31 y diciembre 31.

Por lo anterior, la Procuraduría General de la Nación, solicitó al Alcalde Mayor, un informe pormenorizado con sus respectivos soportes sobre:

1. Publicación en la página web del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.

2. Informar si cumplió con la metodología diseñada por el gobierno nacional en relación con el Plan Anticorrupción y de Atención al CiudadanoLa información debe ser remitida a este Despacho a más tardar el 19 de julio de 2012 (Sic) en medio escrito y a los correos institucionales ilvargas@alcaldiabogota.gov.co y gpherrera@alcaldiabogota.gov.co mediante el cuadro anexo en hoja electrónica junto con los soportes, con el propósito de consolidarla y enviarla al ente de control.

Cordialmente,

MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ

Secretaria General

Alcaldía Mayor de Bogotá

 

NOTA: Para ver el texto del informe a que hace referencia la Circular, hacer click en la parte superior de la pantalla, en el link "Documentos de la Norma".

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Artículo 73. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. Ley 1474 de julio 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.

2 Artículo 7. Parágrafo Transitorio. Decreto 2641 del 17 de diciembre de 2012, “Por el cual se reglamentan los artículos 73 y 76 de la Ley 1474 de 2011”.