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Resolución 522 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Dirección de Gestión Corporativa

Fecha de Expedición:
15/07/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/07/2013
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 522 DE 2013

(Julio 15)

LA DIRECTORA DE GESTIÓN CORPORATIVA DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas mediante Resolución 338 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 909 del 23 de septiembre de 2004, se expidieron normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, la gerencia pública y se dictan otras disposiciones.

Que la capacitación y formación de los empleados públicos, de acuerdo con lo señalado en el artículo 36 de la Ley 909 de 2004, está orientada al desarrollo de sus capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, con miras a propiciar su eficacia personal, grupal y organizacional, de manera que se posibilite el desarrollo profesional de los empleados y el mejoramiento en la prestación de los servicios.

Que el Decreto 1227 de 2005, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y el Decreto Ley 1567 de 1998, señala en el artículo 65 que los planes de capacitación de las entidades públicas deben responder a estudios técnicos que identifiquen necesidades y requerimientos de las áreas de trabajo y de los empleados, y requerimientos anuales institucionales.

Que dentro de las obligaciones de cada una de las entidades, está la formulación del Plan Institucional de Capacitación, conforme a los lineamientos impartidos por el Gobierno Nacional, guardando la debida coherencia con el proceso de planeación institucional.

Que dentro del Sistema Integrado de Gestión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., está definido el procedimiento de Administración del Plan de Capacitación, como parte de la Gestión del Talento Humano.

Que mediante Resolución 946 del 18 de diciembre de 2007, por la cual se adoptó el reglamento para los planes, programas y subprogramas de Capacitación y Estímulos y se definió el procedimiento para la participación de los servidores de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C., se asignó al Comité de Capacitación, la formulación del Plan Anual de Capacitación.

Que mediante Resolución 172 del 18 de marzo de 2013, se aprobó el Plan Institucional de Capacitación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. para la vigencia 2013.

Que el Comité de Capacitación en reunión del 7 de junio de 2013, acogió la consideración de la Subdirección Distrital de Estudios e Informática Jurídica, de aclarar el Plan Institucional de Capacitación de la Secretaría General, en el sentido que los eventos académicos de orientación y actualización jurídicos que organiza la Dirección Jurídica Distrital, en el marco del Decreto 654 de 2011, “Por el cual se adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital", están dirigidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del citado Decreto, a los funcionarios y ciudadanos, señalando además, que no sólo está dirigido a los funcionarios de la Secretaría General, sino a los funcionarios de todo el Distrito Capital que integran el Cuerpo de Abogados del Distrito o la Abogacía General del Servicio Jurídico del Distrito Capital, tal como se establece en el artículo 14 del mencionado Decreto:

Artículo 14. De los eventos de capacitación, seminarios, diplomados y talleres jurídicos. El Modelo de Gerencia Jurídica Pública tendrá un fuerte dispositivo de capacitación y actualización de los abogados que integran la Abogacía General del Servicio Jurídico del Distrito Capital, para optimizar el ejercicio cualificado de la profesión en las diferentes áreas jurídicas, no solo en la perspectiva de la defensa judicial, también en la de servicios consultivos y administrativos.

La Secretaría General de la Alcaldía Mayor, definirá la oferta académica y mediante circular determinará los requisitos para cada curso, así como el manejo de los cupos ordinarios y adicionales, para cada sector de la Administración que incluye a sus entidades vinculadas y adscritas, a lo cual se podrá acceder mediante el sistema de información de la Abogacía General del Servicio Jurídico del D.C.

La agenda de los eventos de capacitación y/o actualización, así como las inscripciones y certificaciones se diligenciarán en la página web del citado sistema de información, en www.bogotá.gov.co. En todo caso, deberán formalizarse por parte del Jefe de cada entidad u organismo, o en su defecto por el Jefe de la respectiva oficina jurídica, dirigiendo para ello una comunicación escrita a la Dirección Jurídica Distrital o al correo electrónico gerenciajuridica@alcaldiabogota.gov.co.

Estas jornadas y actividades académicas son de carácter obligatorio para todas y todos los asistentes previamente inscritos. Los servidores públicos que no asistieran al 80% de las horas establecidas para cada evento académico no recibirán certificado de asistencia, si la participación fuera a título oneroso , deberán cancelar su costo, para el efecto los inscritos deberán suscribir un acta de compromiso.

Por ser de gran utilidad para las tareas jurídicas y de prevención del daño antijurídico de las entidades y organismos distritales, la Dirección Jurídica Distrital pondrá a disposición de todos los servidores públicos y ciudadanos, en la página Web de Bogotá D.C. - Biblioteca Virtual, las memorias de los eventos de capacitación, talleres jurídicos, diplomados, seminarios nacionales e internacionales que sean organizados.

Artículo 15. Objetivo general y específicos de los cursos. El objetivo fundamental de los cursos es enriquecer el modelo de gestión jurídica implementado en el Distrito Capital, a partir del debate académico y la socialización de otras experiencias nacionales e internacionales, que encaminadas en el mismo sentido, puedan generar importantes aportes para materializar en la realidad una gestión jurídica exitosa, superando la brecha entre derecho y realidad, para la garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Los objetivos específicos son los siguientes:

15.1. Lograr la permanente actualización de conocimientos, como insumo para el fortalecimiento de los Perfiles de los abogados al servicio del Distrito Capital afianzando la capacidad de presentar debates jurídicos consistentes ante las instancias judiciales y/o administrativas con el fin de proteger el interés público.

15.2. Optimizar el entrenamiento profesional de los abogados para fortalecer la capacidad de análisis y estudio de temas de impacto estructural; para anticiparse a los grandes conflictos sociales y políticos que constituirán el riesgo jurídico futuro,

15.3. Constituir equipos de profesionales de alto nivel altamente comprometidos y motivados que puedan resolver favorablemente conflictos de alta visibilidad y riesgo, en temas transversales o interdisciplinarios de impacto.

15.4. Lograr herramientas para la mejor asesoría jurídica y la expedición de actos administrativos, desde lo fáctico y jurídico, que respondan a los fines del Estado y a las políticas públicas de gobierno.”

Para garantizar el logro de los referidos objetivos generales y específicos, los mencionados eventos académicos de orientación y actualización jurídica, son transversales en el Distrito Capital y se dirigen a todos servidores públicos y colaboradores de la Administración Distrital, que prestan sus servicios profesionales de asesoría jurídica en cualquier rama del derecho, representación judicial y extrajudicial, contratación pública, control disciplinario, estudios, análisis y conceptualización jurídica y partes interesadas en los diferentes organismos, órganos y entidades de la Administración Distrital, indistintamente del tipo de vinculación laboral (carrera administrativa, libre nombramiento y remoción, planta temporal y contratos de prestación de servicios), además de la ciudadanía.

Adicionalmente, es de resaltar que para la realización de dichos eventos académicos la Dirección Jurídica Distrital no le paga honorarios a los conferencistas nacionales e internacionales invitados, ni tampoco se invierten recursos de funcionamiento del rubro de capacitaciones. Los recursos que se invierten exclusivamente para atender necesidades y requerimientos logísticos, se financian por el proyecto de inversión 483

Gerencia Jurídica Garante de Derechos”, cuyo objetivo es “(…) implementar, a través de la gerencia jurídica del Distrito Capital, estrategias que permitan fortalecer la toma de decisiones, desde la legalidad y la materialización de los derechos; la óptima defensa judicial y extrajudicial de los intereses públicos y, dentro de dicho esquema, acercar la inspección, vigilancia y control de las personas jurídicas sin ánimo de lucro a la ciudadanía, a través de su orientación respecto del derecho de asociación, el impacto y límites de aquéllas en el desarrollo de su objeto social, así como el marco de los derechos y obligaciones que deben cumplir con el Estado”.

En mérito de los (Sic) expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Aclarar el Plan Institucional de Capacitación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., aprobado para la vigencia 2013, en el sentido que los eventos académicos de orientación y actualización jurídicos que organiza la Dirección Jurídica Distrital, en el marco del Decreto 654 de 2011 “Por el cual se adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital", están dirigidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del citado Decreto, a los funcionarios de todo el Distrito Capital que integran el Cuerpo de Abogados del Distrito o la Abogacía General del Servicio Jurídico del Distrito Capital y a los ciudadanos.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de su comunicación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 15 días del mes de julio del año 2013

TATIANA PIÑEROS LAVERDE

Directora de Gestión Corporativa