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Decreto 1107 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/12/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/12/2000
Medio de Publicación:
Registro distrital 2299 del 28 de diciembre de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1107 DE 2000

28 de diciembre

Por el cual se modifica la estructura organizacional del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, se determinan las funciones de las dependencias y se dictan otras disposiciones.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL,

En uso de sus atribuciones legales, en especial de las que le confieren los artículos 39 y 55 del Decreto Ley 1421 de 1993,

DECRETA:

Ver el Decreto Distrital 365 de 2001

ARTICULO 1º. Modificar la estructura organizacional del Departamento Administrativo de Planeación Distrital así

1 . ORGANISMOS ASESORES.

1.1 CONSEJO ASESOR DE PATRIMONIO

1.2 COMITÉ TECNICO DE PATRIMONIO

1.3 COMITÉ TÉCNICO DE PLANES PARCIALES DE DESARROLLO

1.4 COMITÉ TECNICO DE ADMINISTRACION DEL SISBEN

1.5 COMITÉ DISTRITAL DE RENOVACION URBANA

2. DIRECCION

2.1 SUBDIRECCION DE PLANEAMIENTO URBANO

2.2 SUBDIRECCION DE INFRAESTRUCTURA Y ESPACIO PUBLICO

2.3 SUBDIRECCION DE GESTION URBANA

2.4 SUBDIRECCION DE PARTICIPACION Y PLANEACION ZONAL

2.5 SUBDIRECCION JURIDICA

2.6 SUBDIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL

2.7 SUBDIRECCION ECONOMICA, DE COMPETITIVIDAD E INNOVACION

2.8 SUBDIRECCION DE PROGRAMACION Y SEGUIMIENTO DE LA INVERSION PUBLICA

2.9 SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

3.1 OFICINAS ASESORAS

3.2 OFICINA ASESORA DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO

3.3 OFICINA ASESORA DE COORDINACION DE CONTROL INTERNO

3.4 OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES

3.5 OFICINA ASESORA DE PLANEACION Y COORDINACION DE PROYECTOS

3.6 OFICINA ASESORA DE SISTEMAS

3.7 OFICINA ASESORA DE REGIONALES

3.7.1 REGIONALES

ARTICULO 2º. Son funciones de las diferentes dependencias del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, las siguientes:

1. ORGANISMOS ASESORES:

1.1 CONSEJO ASESOR DE PATRIMONIO

Son funciones las determinadas en las disposiciones legales vigentes y las demás que se dicten sobre la materia.

1.2 COMITÉ TECNICO DE PATRIMONIO

Son funciones las determinadas en las disposiciones legales vigentes y las demás que se dicten sobre la materia.

1.3 COMITE TÉCNICO DE PLANES PARCIALES DE DESARROLLO

Son funciones las determinadas en las disposiciones legales vigentes y las demás que se dicten sobre la materia.

1.4 COMITÉ TECNICO DEL SISBEN

Son funciones las determinadas en las disposiciones legales vigentes y las demás que se dicten sobre la materia.

1.5 COMITÉ DISTRITAL DE RENOVACIÓN URBANA

Son funciones las determinadas en las disposiciones legales vigentes y las demás que se dicten sobre la materia.

2. DIRECCION

  1. Dirigir, coordinar y controlar las funciones del Departamento.

  2. Ejercer la Secretaria Técnica del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS

  3. Representar al Departamento Administrativo de Planeación Distrital ante las demás entidades distritales, departamentales y nacionales, los organismos públicos y privados de planeación y fomento.

  4. Asistir a las sesiones generales y públicas y a las comisiones permanentes del Concejo Distrital y rendir los informes que le sean solicitados.Dirigir y coordinar técnicamente con las entidades distritales el trabajo de formulación del Plan de Desarrollo del Distrito Capital, que articule los planes sectoriales y el plan de ordenamiento territorial y que establezca las poifticas, objetivos y prioridades del programa de gobierno.

  5. Definir las políticas necesarias para el establecimiento y desarrollo del sistema de control interno.

  6. Presentar al Alcaide Mayor las recomendaciones sobre politica econ6mica, social y de ordenamiento territorial.

  7. Coordinar las actividades de ordenamiento terrritorial del desarrollo urbano del Distrito Capital que sean competencia del Departamento.

  8. Presentar informes de las labores del Departamento al Alcalde Mayor, al Concejo Distrital, a los organismos de control y a las demás autoridades que los requieran.

  9. Celebrar los contratos que le autoricen las normas vigentes.

  10. Expedir los actos administrativos que sean de su competencia, sin perjuicio de delegar tal responsabilidad en los servidores públicos de la entidad, conforme a las normas vigentes.

  11. Las demás que le atribuye la ley, los acuerdos, los decretos o los reglamentos distritales vigentes.

2.1 SUBDIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO URBANO.

  1. Dirigir la elaboración de las propuestas de normatividad urbana, generales y complementarias, que regulan el uso y la ocupación del suelo urbano.

  2. Proponer la política para el manejo y preservación del patrimonio construido y garantizar el desarrollo del programa de conservación de los mismos, contemplado en el Plan de Ordenamiento Territorial, en coordinación con los organismos y entidades competentes.

  3. Ejercer la secretaria técnica del Consejo Asesor de Patrimonio, referente a los asuntos concernientes a la conservación del patrimonio construido.

  4. Elaborar estudios que permitan definir las intervenciones en los bienes de interés cultural.

  5. ldentificar, documentar y proponer la clasificación de los bienes de interés cultural del Distrito.

  6. Proyectar la reglamentación para la aplicación de incentivos y las transferencias de derechos de edificabilidad para los bienes de interés cultural.

  7. Estudiar, tramitar y recomendar la adopción de los planes parciales de Renovación urbana.

  8. Proponer la política de renovación urbana y apoyar las iniciativas en cumplimiento del programa de renovación urbana contemplado en el Plan de Ordenamiento Territorial.

  9. Estudiar y recomendar la adopción de los planes de implantación, de regularización y manejo y de reordenamiento.

  10. Apoyar la elaboración y adopción de los planes maestros de equipamientos.

  11. Atender las solicitudes de legalización de usos industriales y proyectar los actos administrativos que las resuelvan.

  12. Atender las solicitudes presentadas por los Curadores Urbanos en los temas de su competenciaRealizar las actividades que se requieran para la divulgación de los temas de competencia de la Subdirección

  13. Estudiar y atender las solicitudes varias en los asuntos de competencia de la Subdirección.

  14. Apoyar a las demás dependencias del Departamento en los temas de su competencia.

  15. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

  16. Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

  17. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

    1. SUBDIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y ESPACIO PUBLICO

  1. Coordinar la definición de políticas, planes y programas relacionados con servicios públicos, vías, tránsito y transporte en materia de ordenamiento territorial.Revisar y aprobar los proyectos viales de la ciudad.

  2. Determinar las zonas de reserva de servicios públicos, vías y transporte de la ciudad.

  3. Diseñar proyectos estratégicos de espacio publico de carácter demástrativo para toda la ciudad,

  4. Diseñar los elementos y especificaciones técnicas de aplicación general para el espacio publico.

  5. Elaborar y proponer normas de espacio público en materia de ordenamiento territorial.

  6. Administrar la cartografía oficial del Departamento.

  7. Dar soporte cartográfico a las dependencias del Departamento.

  8. Realizar las actividades que se requieran para la divulgación de los temas de competencia de la Subdirección

  9. Estudiar y atender las solicitudes varias en los asuntos de competencia de la Subdirección.

  10. Apoyar a las demás dependencias del Departamento en los temas de su competencia.

  11. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

  12. Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

  13. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

2.3 SUBDIRECC IÓN DE GESTION URBANISTICA

  1. Proyectar la reglamentación con sus documentos técnicos de soporte y apoyar la gestión para la formulación y adopción de los planes parciales de desarrollo.

  2. Planear el desarrollo y la estructuración de las zonas en los cuales se realizarán planes parciales de desarrollo.

  3. Promover el desarrollo de planes parciales de desarrollo en zonas estratégicas de la ciudad o aquellas de iniciativa pública.

  4. Atender las solicitudes presentadas por los Curadores Urbanos en los temas de su competencia

  5. Ejercer la secretaria técnica del Comité Técnico de Planes Parciales de Desarrollo.

  6. Adelantar estudios y recopilar información estadística y cartográfica dirigidos a concertar con las autoridades de los municipios circundantes las estrategias y acciones para el ordenamiento del territorio común.

  7. Proponer lineamientos de políticas y proyectar la normativa para el desarrollo de las áreas rurales en coordinación con las autoridades ambientales.

  8. Formular y promover operaciones estructurantes de la ciudad.

  9. Proponer una política de vivienda social para el distrito en coordinación con la Alcaldía Mayor y las entidades distritales responsables en la materia.

  10. Realizar las actividades que se requieran para la divulgación de los temas de competencia de la Subdirección

  11. Estudiar y atender las solicitudes varias en los asuntos de competencia de la Subdirección.Apoyar a las demás dependencias del Departamento en los temas de su competencia.

  12. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

  1. SUBDIRECCION DE PARTICIPACION Y PLANEACION ZONALDiseñar y apoyar la puesta en marcha de mecanismos, instrumentos y metodológicas para la participación de las instancias pertinentes en los procesos de planeación, especialmente en la formulación y seguimiento del Plan de Desarrollo Distrital, los procesos de planeación local.

  2. Diseñar las políticas y estrategias de atención a las localidades incorporando todos los elementos de la Planeación Local en coordinación con las entidades pertinentes.

  3. Desarrollar el ordenamiento urbano de las Unidades de Planeación Zonal (UPZ) de la Ciudad, identificar y organizar los insumos de información requeridos por las localidades y diseñar los mecanismos de coordinación y apoyo con las oficinas de planeación local y la Oficina de Coordinación de Regionales.

  4. Hacer seguimiento al programa de mejoramiento integral del Plan de Ordenamiento Territorial.

  5. Recopilar la información sobre las áreas de mejoramiento integral como insumo para el manejo del programa.

  6. Diseñar y gestionar programas de mejoramiento integral.

  7. Realizar las actividades que se requieran para la divulgación de los temas de competencia de la Subdirección

  8. Estudiar y atender las solicitudes varias en los asuntos de competencia de la Subdirección.

  9. Apoyar a las demás dependencias del Departamento en los temas de su competencia..

  10. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

  11. Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

  12. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

2.5. SUBDIRECCION JURIDICA

  1. Asesorar en materia jurídica al Director del Departamento en la toma de decisiones y en las comisiones, comités y consejos, a los cuales éste deba asistir.

  2. Asesorar al Director del Departamento en la elaboración de proyectos de acuerdo, decretos y resoluciones que sean sometidos a su consideración y que tengan relación con los asuntos de competencia de la entidad.

  3. Establecer, evaluar, desarrollar y aplicar pautas y directrices para el desarrollo normativo que le corresponda al Departamento y para su cumplimiento.

  4. Emitir conceptos y absolver consultas en materia jurídica que le formulen los particulares, las distintas dependencias del Departamento y las autoridades en general, que tengan relación con los asuntos de competencia de la entidad.

  5. Practicar las diligencias administrativas que le comisione o delegue el Director del Departamento.

  6. Efectuar los estudios e investigaciones jurídicas que se requieran.

  7. Suministrar a la Alcaldía Mayor, en los juicios en que sea parte el Distrito, las informaciones y documentos necesarios para la defensa de los intereses del mismo en los asuntos de competencia del Departamento.

  8. Vigilar los juicios promovidos contra el Departamento, en ejercicio de las acciones de tutelar de cumplimiento y populares o de grupo y representar al Departamento Administrativo de Planeación Distrital en los mismos, en virtud de delegación del Director.

  9. Resolver los recursos de apelación y de queja interpuestos contra los actos de los curadores urbanos que resuelvan las solicitudes de licencias contempladas en el articulo 99 de la Ley 388 de 1997.

  10. Estudiar y atender las solicitudes varias en los asuntos de competencia de la Subdirección.

  11. Apoyar a las demás dependencias del Departamento en los temas de su competencia.

  12. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas,

  13. Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

  14. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

2.6 SUBDIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL.

  1. Apoyar a las entidades y organismos distritales en la formulación y seguimiento de políticas y planes sociales.

  2. Apoyar la elaboración del Plan de Desarrollo Distrital en lo relacionado con el componente social.

  3. Elaborar investigaciones de carácter social; generar, recopilar, sistematizar y analizar estadísticas sociales del Distrito, incluyendo las que se obtengan en el SISBEN y contribuir a generar indicadores de impacto social en coordinación con las, entidades competentes.

  4. Administrar el SISBEN en Bogotá, en coordinación con las entidades del área social del Distrito, y ejercer la Secretaria Técnica del Comité Técnico de Administración del SISBEN.

  5. Realizar campañas de divulgación y demás actividades que ilustren a la población, a las instituciones distritales y a los medios de comunicación, sobre el SISBEN, en coordinación con la Oficina de Comunicaciones.

  6. Realizar las actividades que se requieran para la divulgación de los otros temas de competencia de la Subdirección.

  7. Estudiar y atender las solicitudes varias en los asuntos de competencia de la Subdirección.

  8. Apoyar a las demás dependencias del Departamento en los temas de su competencia.

  9. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

  10. Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

  11. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

2.7 SUBDIRECCION ECONOMICA DE COMPETITIVIDAD E INNOVACION

  1. Realizar en coordinación con las entidades y organismos Distritales y dependencias del Departamento, investigaciones y propuestas de políticas, programas y proyectos de tipo económico que integren las determinantes del desarrollo económico y los elementos estructurantes necesarios en lo institucional, espacial y medioambiental, considerando el análisis de la productividad, la competitividad, la innovación y el cambio tecnológico, en un marco de ciudad región

  2. Apoyar la elaboración del Plan de Desarrollo Distrital en el componente económico.

  3. Participar en coordinación con las entidades nacionales, departamentales, municipales y distritales, en los estudios económicos que se adelanten para el desarrollo del Distrito y la región.

  4. Desarrollar el Observatorio de Coyuntura y Dinámica Urbana para el estudio y diagnóstico de la problemática urbana y económica de la ciudad.

  5. Realizar estudios económicos y urbanos sobre precios y comportamiento del mercado inmobiliario, dirigidos a sustentar políticas de planeación urbana.

  6. Ejercer la secretaria técnica del Comité de Estratificación de Bogotá D. C.

  7. Definir mecanismos de participación del Distrito en los programas y proyectos para la innovación y la competitividad.

  8. Realizar las actividades que se requieran para la divulgación de los temas de competencia de la Subdirección

  9. Estudiar y atender las solicitudes varias en los asuntos de competencia de la Subdirección.

Apoyar a las demás dependencias del Departamento en los temas de su competencia.

Preparar y presenter los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

2.8 SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y SEGUIMIENTO A LA INVERSIÓN PÚBLICA.

  1. Apoyar la elaboración del Plan de Desarrollo Distrital y coordinar con las entidades distritales, su armonización con el presupuesto de inversión pública.

  2. Coordinar con las entidades distritales las actividades relacionadas con el proceso de programación, seguimiento y modificación del presupuesto de inversión del Distrito.

  3. Asesorar a las entidades y organismos del Distrito sobre aspectos relacionados con la inscripción y registro de programas y proyectos de inversión, cofinanciación y Banco Distrital de Programas y Proyectos de Inversión Pública.

  4. Realizar las actividades de carácter técnico y administrativo para apoyar al Director del Departamento en el desarrollo de sus funciones como Secretario Técnico del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS-.

  5. Mantener actualizado el diseño, reglamentación, sistematización y operación del Banco Distrital de Programas y Proyectos de lnversión Pública.

  6. Administrar los esquemas de cofinanciación que se establezcan de acuerdo con las normas vigentes.

  7. Definir los lineamientos y elaborar el Plan Operativo Anual de Inversiones para su presentación a la Secretaria de Hacienda y al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS-.

  8. Realizar el seguimiento a la ejecución del Plan de Desarrollo, de los planes de acción y de los proyectos de inversión que sirva para realizar la evaluación de la gestión y resultados de estos planes y proyectos.

  9. Diseñar y actualizar metodologías y procedimientos para la programación, ejecución, seguimiento y modificación de la inversión pública relacionados con planes y programas de desarrollo, planes de acción y proyectos de inversión pública.

  10. Vigilar el cumplimiento de las normas en los asuntos que son de competencia de la Subdirección.

  11. Realizar las actividades que se requieran para la divulgación de los temas de competencia de la Subdirección.

  1. Estudiar y atender las solicitudes varias en los asuntos de competencia de la Subdirección.

  2. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

  3. Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

  4. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

2.9 SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

  1. Adelantar, en coordinación con las dependencias del Departamento, la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, objetivos, estrategias, programas y proyectos administrativos del Departamento

  2. Fomentar en el Departamento el desarrollo de la cultura organizacional y de gestión que contribuyan al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

  3. Promover, coordinar y controlar el desarrollo de los programas y proyectos corporativos del Departamento.

  4. Administrar y controlar los recursos humanos, físicos y financieros requeridos para el cumplimiento de las funciones del Departamento.

  5. Suministrar a todas las dependencias del Departamento el apoyo necesario para el desempeño de sus funciones.

  6. Dirigir y coordinar la ejecución y control de políticas y métodos de administración de personal, administración de recursos financieros, suministro de bienes y prestación de servicios generales del Departamento, de conformidad con la normatividad vigente y proponer los reglamentos que deban expedirse para tal efecto.

  7. Responder por la elaboración y control del presupuesto anual del Departamento.

  8. Definir, de acuerdo a los lineamientos de la Dirección, y en coordinación con la oficina de Planeación y Coordinación de Proyectos, las orientaciones generales para la distribución de los gastos de funcionamiento e inversión en los proyectos del Departamento.

  9. Evaluar, desarrollar y aplicar criterios, sistemas y metodologías establecidos para el desarrollo, seguimiento y evaluación de la gestión administrativa del Departamento.

  10. Coordinar con las entidades distritales los trabajos de carácter integral, interinstitucional y multidisciplinario que sea necesario desarrollar para el área administrativa y financiera del Departamento.

  11. Definir las políticas y estrategias que garanticen el buen servicio de archivo, documentación, biblioteca, planoteca y correspondencia, para los servidores públicos y la ciudadanía en general.

  12. Dirigir y coordinar administrativamente la actualización, funcionamiento y control de los sistemas de documentación, correspondencia, archivo, planoteca y biblioteca del Departamento.

  13. Formular y controlar la ejecución de los programas de bienestar social y capacitación de los servidores públicos del Departamento, y orientar los programas de inducción y los de reinducción.

  14. Supervisar el cumplimiento del sistema de evaluación del desempeño.

  15. Velar por el cumplimiento de las normas y los reglamentos de administración de personal.

  16. Responder por la selección del personal requerido por el Departamento, de conformidad con las políticas trazadas.

  17. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

  18. Elaborar o revisar los proyectos de resoluciones, actos y contratos que le corresponda firmar al Director de la entidad, en relación con la actividad contractual del Departamento.

  19. Coordinar y controlar los trámites necesarios para adelantar la contratación de bienes y servicios para el normal funcionamiento del Departamento.

  20. Estudiar y atender las solicitudes varias en los asuntos de competencia de la Subdirección.

  21. Apoyar a las demás dependencias del Departamento en los temas de su competencia.

  22. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

  23. Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

  24. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

3. OFICINAS ASESORAS

    1. OFICINA ASESORA DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO

  1. Conocer en primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores del Departamento.

  2. Asesorar y mantener informado al Director acerca de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores del Departamento.

  3. Velar por el cumplimiento de la Constitución, Leyes, Normas y Reglamentos con el fin de lograr el funcionamiento transparente y eficaz de la entidad, dando aplicación al Código Disciplinario Unico y demás Normas que lo adicionen, reglamenten o modifiquen.

  4. Adelantar los procesos disciplinarios de su competencia conforme a los procedimientos y principios señalados en la Ley.

  5. Asesorar a la Dirección en la implantación de normas sobre vigilancia administrativa.

  6. Atender los recursos contra los actos administrativos cuando sean de su competencia.

  7. Preparar y presentar los informes que sean solicitados por las autoridades públicas en ejercicio de la competencia atribuida por la ley y los demás que se requieran.

  8. Las demás que le señale el Director, acordes con la naturaleza de la dependencia y/o los reglamentos y las leyes.

3.2. OFICINA ASESORA DE COORDINACION DE CONTROL INTERNO

  1. Asesorar a las Directivas del Departamento en la formulación, coordinación, ejecución y el control de las políticas, planes generales y específicos del mismo, particularmente en lo de su competencia .

  2. Verificar y evaluar la implementación y el funcionamiento del Sistema de Control lnterno y proponer las recomendaciones para su mejoramiento.

  3. Asesorar a las Directivas en el desarrollo y aplicación de las normas de Control lnterno en la entidad, con el ánimo de lograr que se cumplan los objetivos del Sistema de Control lnterno y que la gestión del Departamento se enmarque dentro de las normas constitucionales y legales vigentes y las políticas trazadas por la Dirección.

  4. Revisar que los controles definidos para la gestión, tales como indicadores y estándares de desempeño y mecanismos de evaluación y control estén adecuadamente definidos, sean apropiados, se mejoren permanentemente y se apliquen por los responsables de su ejecución.

  5. Fomentar en todos los niveles de la entidad la formación de la cultura de Control lnterno, basada en el autocontrol, con el propósito de contribuir al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

  6. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana que en desarrollo del mandato constitucional y legal diseñe el Departamento.

  7. Vigilar que el servicio de atención de quejas y reclamos que los ciudadanos formulen se preste de acuerdo a las normas legales vigentes y rendir a la Dirección del Departamento un informe semestral.

  8. Mantener permanentemente informadas a las Directivas del Departamento sobre el estado del Control Interno de la entidad, dando cuenta de las debilidades y fortalezas detectadas.

  9. Coordinar la preparación y presentación de los informes requeridos por la Contraloría de Bogotá D. C.

  10. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia, los reglamentos y las leyes.

3.3. OFICINA ASESORA DE PLANEACION Y COORDINACION DE PROYECTOS

  1. Asesorar a las directivas de la entidad en la formulación, coordinación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas y planes en materia de inversión del Departamento.

  2. Coordinar la formulación de los proyectos de inversión, de gestión y de cooperación técnica internacional del Departamento, divulgar y hacer el seguimiento a los mismos.

  3. Coordinar y hacer seguimiento a la elaboración y ejecución del Plan estratégico anual del Departamento.

  4. Aportar elementos de juicio para la toma de decisiones relacionadas con la adopción, ejecución, seguimiento y evaluación en materia de inversión del Departamento.

  5. Coordinar y participar en la formulación y desarrollo de los programas, proyectos, investigaciones y estudios integrados del Departamento.

  6. Diseñar y coordinar la aplicación de los mecanismos apropiados que garanticen la planificación integral del Departamento.

  7. Mantener actualizada la información sobre Ia gestión de la inversión del Departamento para la toma de decisiones.

  8. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con , la oportunidad y periodicidad requeridas.

  9. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

3.4. OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES

  1. Proponer, desarrollar y evaluar programas, de divulgación y medios informativos del Departamento.

  2. Establecer, gestionar y mantener relaciones de coordinación y comunicación permanentes con otras dependencias, entidades, gremios, asociaciones etc., relacionadas con la naturaleza, objetivos y actividades del Departamento.

  3. Asesorar a la Dirección en el manejo de la imagen lnstitucional, en el manejo informativo de sus declaraciones a los medios de comunicación y en la definición de las políticas de comunicación.

  4. Mantener informada a la Dirección sobre las principales noticias y hechos relacionados con el desarrollo del Departamento y del Distrito.

  5. Proponer y desarrollar campañas publicitarias e informativas sobre actividades desarrolladas por el Departamento y que requieran divulgación.

  6. Gestionar la suscripción a medios informativos y la publicación de avisos que requiera el Departamento.

  7. Coordinar, orientar y facilitar la elaboración y publicación de documentos, cartillas, manuales, libros y otros impresos destinados a la divulgación de temas de interés para la comunidad.

  8. Diseñar y aplicar metodologías para recibir, tramitar y resolver las quejas y reclamos que los ciudadanos formulen y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad.

  9. Coordinar con la dependencia responsable de los trámites objeto de la reclamación, la forma como deberá resolver dichos requerimientos, relacionados con el cumplimiento de la misión, funciones, actividades y tramites adelantados por el Departamento.

  10. Asesorar y mantener informado al Director del Departamento acerca de las quejas, reclamos recibidos del ciudadano y el trámite seguido por la Oficina.

  11. Poner en conocimiento de las dependencias competentes los hechos descritos por quienes eleven quejas y reclamos que puedan constituir infracción a cualquier norma de carácter legal.

  12. Estudiar y atender las solicitudes varias en los asuntos de competencia de la dependencia.

  13. Asesorar a las demás dependencias del Departamento en los temas de su competencia.

  14. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

  15. Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

  16. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

3.5. OFICINA ASESORA DE SISTEMAS

  1. Fomentar en el Departamento el desarrollo de la cultura informática, que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

  2. Realizar proyectos especiales relativos a la modernización tecnológica.

  3. Proponer las políticas y métodos para la administración, seguridad y uso de los sistemas de información.

  4. Asesorar el desarrollo de las políticas de informática definidas por el Departamento.

  5. Asesorar la formulación y el desarrollo de planes y proyectos de sistemas de información a corto, mediano y largo plazo.

  6. Asesorar a la Dirección en la formulación de planes, políticas y estrategias tecnológicas y de sistemas y al Departamento en todo lo relacionado con el uso de la informática.

  7. Proponer y desarrollar metodologías y estándares relativos de desarrollo de aplicaciones.

  8. Liderar el desarrollo de la informática del Departamento.

  9. Proponer cambio en los procesos y actividades del Departamento, por el desarrollo e implementación de nuevos sistemas de información.

  10. Investigar sobre nuevas tecnologías de bases de datos, redes y comunicaciones para mantener actualizado al Departamento en el uso de las mismas.

  11. Coordinar con el medio externo la interrelación de las bases de datos de las distintas entidades con las del Departamento.

  12. Participar en la elaboración de programas de capacitación para el manejo de los programas tecnologías adquiridos.

  13. Establecer métodos y procedimientos para promover y garantizar en el Departamento, la seguridad, uso y manejo eficiente de los equipos y programas de conservación y funcionamiento de la instalación de la red eléctrica y lógica, la adecuada utilización de la información, las bases de datos y los demás recursos informáticos.

  14. Colaborar en el diseño, desarrollo e implementación de software, programas de computador, sistemas de información, y en la evaluación para la adquisición del software que requiera el Departamento.

  15. Participar en la definición de las necesidades, características técnicas, términos de referencia y condiciones para hacer convenios, contratar servicios, o adquirir recursos informáticos.

  16. Evaluar la factibilidad técnica de las propuestas y solicitudes relacionadas con los equipos y software que hagan las dependencias del Departamento.

  17. Asesorar a las dependencias del Departamento en el uso de metodologías, estándares y procedimientos relacionados con el desarrollo, implementación y administración de los Sistemas de Información.

  18. Asesorar a las dependencias en el establecimiento de sistemas de información que permitan Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

  19. Realizar las actividades que se requieran para la divulgación de los temas de competencia de la Oficina.

  20. Estudiar y atender las solicitudes varias en los asuntos de competencia de la dependencia.

  21. Asesorar a las demás dependencias del Departamento en los temas de su competencia.

  22. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

  23. Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

  24. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

3.6. OFICINA ASESORA DE REGIONALES

  1. Dirigir y coordinar el proceso de legalización y regularización de desarrollos, asentamientos o barrios localizados en el Distrito Capital, conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente.

  2. Coordinar el apoyo que prestan las Regionales en el proceso de ordenamiento urbano para las UPZ con los insumos de información definidos por las Subdirecciones.

  3. Coordinar a las Regionales en la aplicación de las metodologías definidas por la Subdirección de Participación y planeación Zonal, para los procesos de participación de las instancias pertinentes en la formulación y seguimiento de los planes de desarrollo local.

  4. Coordinar la generación de la información requerida por las subdirecciones, necesaria para la elaboración de la norma y el estudio y trámite de planes y demás instrumentos de planeamiento.

  5. Coordinar a las Regionales en el apoyo y asesoría a las oficinas de planeación local para el cumplimiento de sus funciones en relación con los temas de ordenamiento territorial y planeación local, según los lineamientos dados por el Departamento.

  6. Realizar, a través de las Regionales, las actividades que se requieran para la difusión y divulgación de los instrumentos de apoyo que se diseñen para los procesos de planeación y participación local.

  7. Expedir las Licencias de lntervención y Ocupación del Espacio Público para proyectos de equipamiento de escala zonal y vecinal.

  8. Coordinar y asesorar a las Regionales en el desempeño de sus funciones.

  9. Establecer mecanismos de coordinación técnica entre el Departamento y las actuaciones de las autoridades locales, entidades públicas, organizaciones no gubernamentales y comunidades para la comprensión de la norma urbana.

  10. Desarrollar mecanismos de interacción entre las diferentes dependencias del Departamento y las Regionales.

  11. Presentar a la Dirección informes periódicos sobre el desempeño de las Regionales.

  12. Realizar las actividades que se requieran para la divulgación de los temas de competencia de la Dependencia

  13. Estudiar y atender las solicitudes varias en losi asuntos de competencia de la dependencia.

  14. Asesorar a las demás dependencias del Departamento en los temas de su competencia.

  15. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

  16. Mantener actualizada la información en los temas de su competencia.

  17. Las demás que le asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

3.6.1 REGIONALES.

  1. Resolver las solicitudes, trámites y peticiones formuladas por las autoridades locales, entidades, comunidades y ciudadanía en materias que sean competencia de las Regionales.

  2. Adelantar el proceso para la legalizaci6n o regularizaci6n de los desarrollos, asentamientos o barrios localizados en el Distrito Capital, conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente.

  3. Generar la información para apoyar los procesos de ordenamiento urbano para las UPZ.

  4. Generar la información requerida por las subdirecciones, necesaria para la elaboración de la norma y el estudio y de planes y demás instrumentos de gestión del Plan de Ordenamiento Territorial.

  5. Apoyar la definición de las normas especificas para el reconocimiento de grupos de inmuebles.

  6. Aplicar las metodologías definidas para los procesos de participación de las instancias pertinentes en la formulación y seguimiento de los planes de desarrollo local.

  7. Apoyar y asesorar a las oficinas de planeación local para el cumplimiento de sus funciones en relación con los temas de ordenamiento territorial y planeación local, según los lineamientos dados por el Departamento.

  8. Difundir y divulgar los instrumentos de apoyo que se diseñen para los procesos de planeación y participación local.

  9. Asesorar y apoyar oportunamente a las autoridades responsables del control del cumplimiento de la norma urbana.

  10. lnformar a las autoridades locales, entidades públicas, organizaciones no gubernamentales y comunidades sobre las políticas, planes, programas, proyectos y normas urbanas distritales.

  11. Presentar a la Oficina de Coordinación de Regionales informes periódicos sobre su gestión.

  12. Las demás que asigne el Director del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.ARTICULO 3. El Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, distribuir la planta de cargos de acuerdo con las necesidades del servicio y la naturaleza de los mismos,PARÁGRAFO.- En la distribución de la planta de cargos, el Director del Departamento mediante Resolución podrá conformar los grupos de trabajo necesarios para la adecuada prestación de los servicios.ARTICULO 4.- El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D. C. a los 28 días del mes de diciembre de 2000.ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO, Alcalde Mayor de Bogotá, D. C. MARIA CAROLINA BARCO DE BOTERO Directora del Departamento Administrativo de Planeación Distrital. NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA, Directora Departamento del Servicio Civil Distrital.NOTA: Publicado en el Registro Distrital Nº 2299 de 28 de diciembre de 2000.