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CIRCULAR 090 DE 2013 (Agosto 16)
En virtud de lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13 del Decreto Distrital 690 del 30 de diciembre de 2011, los Comités de Conciliación de las entidades, órganos y organismos Distritales, deberán remitir a la Dirección Jurídica Distrital de la Secretaría General, copia del acto administrativo vigente de integración de los miembros del Comité de Conciliación o en su defecto la relación actualizada de los mismos, con la información para la creación de usuarios acorde con los parámetros establecidos en el numeral 1° de la Circular No. 113 de 2011 del Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Así mismo, se debe actualizar las Solicitudes de Conciliación Judicial y/o Extrajudicial radicadas en cada entidad, con el abogado que se encuentre a cargo de las mismas y en el caso en que se evidencie que éstas han sido declaradas fallidas o aprobadas, se le debe cargar el estado de “terminado”, con el objeto de mantener la información actualizada y disponible en el Sistema de Información de Procesos Judiciales – Siproj Web- Bogotá, en concordancia con las directrices establecidas en el Decreto Distrital 654 del 28 de diciembre de 2011. Cordialmente, SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ Secretaria General Anexo: Circular No. 113 de 2011 en tres (3) folios. Proyectó: Julieth Avila Vanegas Revisó: Bismar Segundo Alemán Cabrera Aprobó: Luis Eduardo Sandoval Isdith |