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Circular 90 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/08/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 090 DE 2013

(Agosto 16)


Para:

PRESIDENTES Y PRESIDENTAS DE COMITÉ DE CONCILIACIÓN DE LAS SECRETARÍAS DE DESPACHO, DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES SIN Y CON PERSONERÍA JURÍDICA, ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, INCLUIDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS (ETB, EAAB, EEB), ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DEL NIVEL DISTRITAL, PERSONERÍA, CONTRALORÍA DISTRITAL Y CONCEJO DE BOGOTÁ.

De:

SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

Asunto:

ACTUALIZACIÓN MIEMBROS DEL COMITÉ DE CONCILIACIÓN

En virtud de lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13 del Decreto Distrital 690 del 30 de diciembre de 2011, los Comités de Conciliación de las entidades, órganos y organismos Distritales, deberán remitir a la Dirección Jurídica Distrital de la Secretaría General, copia del acto administrativo vigente de integración de los miembros del Comité de Conciliación o en su defecto la relación actualizada de los mismos, con la información para la creación de usuarios acorde con los parámetros establecidos en el numeral 1° de la Circular No. 113 de 2011 del Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Así mismo, se debe actualizar las Solicitudes de Conciliación Judicial y/o Extrajudicial radicadas en cada entidad, con el abogado que se encuentre a cargo de las mismas y en el caso en que se evidencie que éstas han sido declaradas fallidas o aprobadas, se le debe cargar el estado de “terminado”, con el objeto de mantener la información actualizada y disponible en el Sistema de Información de Procesos Judiciales – Siproj Web- Bogotá, en concordancia con las directrices establecidas en el Decreto Distrital 654 del 28 de diciembre de 2011.

Cordialmente,

SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ

Secretaria General

Anexo: Circular No. 113 de 2011 en tres (3) folios.

Proyectó: Julieth Avila Vanegas

Revisó: Bismar Segundo Alemán Cabrera

Aprobó: Luis Eduardo Sandoval Isdith