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Jurídica Distrital

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Acuerdo 4 de 1966 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/02/1966
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/02/1966
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 4 DE 1966

ACUERDO 4 DE 1966

(Febrero 10)

Derogado por el Acuerdo 21 de 1990

Por el cual se crea el Fondo Rotatorio del Laboratorio de Suelos de la División de Intervención de la Secretaría de Obras Públicas Distritales

EL CONCEJO DE DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTA

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO.- Créase, con los estipendios que se cobren por los servicio s de laboratorio y conexos, un fondo especial que se denominará Fondo Rotatorio del Laboratorio de Suelos.

ARTICULO SEGUNDO.- Deberán ser cobrados los servicios de laboratorio a todas las entidades oficiales, del orden nacional, departamental y Distrital, y a las personas y alas entidades particulares, que ejecuten obras, exploten canteras, controlen calidad de materiales, etc., dentro del territorio del Distrito Especial de Bogotá, Exceptúanse de tal cobro los servicios necesarios para los trabajas que desarrolle por cuenta propia la Secretaría de Obras Públicas.

ARTICULO TERCERO.- Este fondo se destinará a la adquisición de maquinaria, equipo y demás elementos que requiera su funcionamiento. El Saldo que se liquide al final de cada vigencia ingresará a la cuenta de rentas ordinarias del Distrito Especial.

ARTICULO CUARTO.- El Secretario de Obras Publicas, por medio de Resolución, fijará periódicamente las tarifas que regirán para estos servicios, las cuales serán iguales a las del Laboratorio de la Universidad Nacional.

ARTICULO QUINTO.- El fondo será manejado bajo la responsabilidad del Ingeniero del Laboratorio de Suelos. El Ingeniero Jefe de la Dirección de Interventoría, previa aprobación del Secretario de Obras Públicas, ordenará las compras.

ARTICULO SEXTO.- Este Acuerdo rige desde la fecha de su sanción.

Dado en el Distrito Especial de Bogotá, a 25 de enero de 1966.

ABRAHAM AFANADOR SALGAR

ALVARO AHUMADA GARAY

El Presidente

El Secretario

Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá

Febrero 10 de 1966

JORGE GAITAN CORTES

FELIX DURAN DUSSAN

Alcalde Mayor

Secretario de Obras Públicas

ACUERDO 4 DE 1966

ACUERDO 4 DE 1966

(Febrero 10)

Derogado por el Acuerdo 21 de 1990

Por el cual se crea el Fondo Rotatorio del Laboratorio de Suelos de la División de Intervención de la Secretaría de Obras Públicas Distritales

EL CONCEJO DE DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTA

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO.- Créase, con los estipendios que se cobren por los servicio s de laboratorio y conexos, un fondo especial que se denominará Fondo Rotatorio del Laboratorio de Suelos.

ARTICULO SEGUNDO.- Deberán ser cobrados los servicios de laboratorio a todas las entidades oficiales, del orden nacional, departamental y Distrital, y a las personas y alas entidades particulares, que ejecuten obras, exploten canteras, controlen calidad de materiales, etc., dentro del territorio del Distrito Especial de Bogotá, Exceptúanse de tal cobro los servicios necesarios para los trabajas que desarrolle por cuenta propia la Secretaría de Obras Públicas.

ARTICULO TERCERO.- Este fondo se destinará a la adquisición de maquinaria, equipo y demás elementos que requiera su funcionamiento. El Saldo que se liquide al final de cada vigencia ingresará a la cuenta de rentas ordinarias del Distrito Especial.

ARTICULO CUARTO.- El Secretario de Obras Publicas, por medio de Resolución, fijará periódicamente las tarifas que regirán para estos servicios, las cuales serán iguales a las del Laboratorio de la Universidad Nacional.

ARTICULO QUINTO.- El fondo será manejado bajo la responsabilidad del Ingeniero del Laboratorio de Suelos. El Ingeniero Jefe de la Dirección de Interventoría, previa aprobación del Secretario de Obras Públicas, ordenará las compras.

ARTICULO SEXTO.- Este Acuerdo rige desde la fecha de su sanción.

Dado en el Distrito Especial de Bogotá, a 25 de enero de 1966.

ABRAHAM AFANADOR SALGAR

ALVARO AHUMADA GARAY

El Presidente

El Secretario

Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá

Febrero 10 de 1966

JORGE GAITAN CORTES

FELIX DURAN DUSSAN

Alcalde Mayor

Secretario de Obras Públicas

ACUERDO 4 DE 1966

ACUERDO 4 DE 1966

(Febrero 10)

Derogado por el Acuerdo 21 de 1990

Por el cual se crea el Fondo Rotatorio del Laboratorio de Suelos de la División de Intervención de la Secretaría de Obras Públicas Distritales

EL CONCEJO DE DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTA

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO.- Créase, con los estipendios que se cobren por los servicio s de laboratorio y conexos, un fondo especial que se denominará Fondo Rotatorio del Laboratorio de Suelos.

ARTICULO SEGUNDO.- Deberán ser cobrados los servicios de laboratorio a todas las entidades oficiales, del orden nacional, departamental y Distrital, y a las personas y alas entidades particulares, que ejecuten obras, exploten canteras, controlen calidad de materiales, etc., dentro del territorio del Distrito Especial de Bogotá, Exceptúanse de tal cobro los servicios necesarios para los trabajas que desarrolle por cuenta propia la Secretaría de Obras Públicas.

ARTICULO TERCERO.- Este fondo se destinará a la adquisición de maquinaria, equipo y demás elementos que requiera su funcionamiento. El Saldo que se liquide al final de cada vigencia ingresará a la cuenta de rentas ordinarias del Distrito Especial.

ARTICULO CUARTO.- El Secretario de Obras Publicas, por medio de Resolución, fijará periódicamente las tarifas que regirán para estos servicios, las cuales serán iguales a las del Laboratorio de la Universidad Nacional.

ARTICULO QUINTO.- El fondo será manejado bajo la responsabilidad del Ingeniero del Laboratorio de Suelos. El Ingeniero Jefe de la Dirección de Interventoría, previa aprobación del Secretario de Obras Públicas, ordenará las compras.

ARTICULO SEXTO.- Este Acuerdo rige desde la fecha de su sanción.

Dado en el Distrito Especial de Bogotá, a 25 de enero de 1966.

ABRAHAM AFANADOR SALGAR

ALVARO AHUMADA GARAY

El Presidente

El Secretario

Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá

Febrero 10 de 1966

JORGE GAITAN CORTES

FELIX DURAN DUSSAN

Alcalde Mayor

Secretario de Obras Públicas