Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
CIRCULAR 127 DE 2013 (Octubre 28)
Para dar alcance a la Circular 124 del 23 de octubre de 2013, expedida por este Despacho, es pertinente efectuar las siguientes aclaraciones, así: 1. El descanso compensado autorizado por la referida Circular no será aplicable a quienes hayan programado el disfrute de vacaciones en los meses de noviembre y diciembre de 2013 y enero de 2014. 2. Los servidores que se encuentran vinculados hasta el 31 de diciembre de 2013 en la Planta de Empleos de Carácter Temporal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., tendrán derecho a compensar el tiempo establecido en la señalada Circular, si así lo estiman pertinente, para que se autorice el descanso que en la misma se hace referencia. Finalmente, a los jefes de cada dependencia les corresponde el estricto control sobre el cumplimiento de lo anteriormente señalado, respecto de los servidores que tienen a su cargo. Cordialmente, MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ
Proyectó: Cesar Augusto Vargas Londoño Revisó: Juan Manuel Rodríguez Parra Aprobó: Tatiana Piñeros Laverde. |