Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 15 de 2013 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-Confis

Fecha de Expedición:
19/11/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/11/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5243 de noviembre 20 de 2013.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 15 DE 2013

(Noviembre 19)

Por la cual se aprueba una adicción en los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión para 14 Hospitales Distritales - Empresas Sociales del Estado para la vigencia fiscal 2013"

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS

En ejercicio de sus facultades legales y,

CONSIDERANDO:

GENERALES

Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden Distrital.

Que como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales, conforme a lo estipulado en el artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 25° del Acuerdo del Concejo Distrital 17 de 1997 y el Decreto Distrital 195 de 2007.

Que conforme a lo establecido en el artículo 10º, literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo 28º del Decreto Distrital 195 de 2007, corresponde al CONFIS Distrital aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversión de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Sociedades con el régimen de aquellas.

Que el CONFIS en la sesión No 13 del 18 de noviembre de 2013, aprobó las modificaciones a los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión de la vigencia fiscal 2013 de 14 Hospitales -ESE por $46.923.642.172, de acuerdo con las recomendaciones de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda.

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de la adición presupuestal aprobada, es responsabilidad y competencia exclusiva de cada uno de los hospitales distritales – ESE.

ESPECÍFICOS

1. HOSPITAL EL TUNAL III NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital El Tunal III Nivel mediante Acuerdo No. 015 del 18 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $11.700.000.000. La fuente de ingresos es Régimen Subsidiado – No Capitado y se emplearán en cubrir gastos de funcionamiento, operación e inversión del Hospital.

2. HOSPITAL SIMÓN BOLÍVAR III NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital Simón Bolívar III Nivel mediante Acuerdo No. 022 del 29 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $1.813.995.890. Los recursos provienen del Régimen Subsidiado – No Capitado y se emplearán en financiar gastos de funcionamiento y operación del Hospital.

3. HOSPITAL OCCIDENTE DE KENNEDY III NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital Occidente de Kennedy III Nivel mediante Acuerdo No. 015 del 4 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $8.475.000.000. La fuente de ingresos es Régimen Subsidiado – No Capitado. Los recursos se emplearán en la financiación de gastos de funcionamiento y operación que garantizan el funcionamiento del Hospital.

4. HOSPITAL SANTA CLARA III NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital Santa Clara III Nivel mediante Acuerdo No. 258 del 23 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $7.650.000.000. La fuente de ingreso es Régimen Subsidiado – No Capitado. Los recursos se emplearán en la financiación de gastos de operación del Hospital.

5. HOSPITAL BOSA II NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital Bosa II Nivel mediante Acuerdo No. 017 del 27 de septiembre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $2.253.331.996, posteriormente el Hospital envío alcance suscrito por el Gerente a la Secretaria Distrital de Hacienda en el que solicitó que la adición presupuestal sea en total por $651.000.000. La Fuente de ingresos es el Régimen Subsidiado – No Capitado, los recursos se emplearán en gastos de funcionamiento y operación del Hospital.

6. HOSPITAL ENGATIVÁ II NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital Engativá II Nivel mediante Acuerdo No. 014 del 25 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $3.793.000.000 cuya fuente de ingresos es el Régimen Subsidiado – No Capitado, los recursos financiarán gastos de operación del Hospital.

7. HOSPITAL TUNJUELITO II NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital de Tunjuelito II Nivel mediante Acuerdo No. 014 del 23 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $457.000.000, cuya fuente de ingresos es el Régimen Subsidiado – No Capitado, los recursos se emplearán en la financiación de gastos de funcionamiento y operación del Hospital.

8. HOSPITAL CENTRO ORIENTE II NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital Centro Oriente II Nivel mediante Acuerdo No. 027 del 15 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $3.187.000.000. Los recursos provienen del Régimen Subsidiado –Capitado ($442.000.000) y del Régimen Subsidiado- No Capitado ($2.745.000.000). Los recursos se proyectaron para la financiación de gastos de funcionamiento y operación del Hospital. La Secretaria Distrital de Hacienda recomendó una adición de $2.745.000.000 en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión, correspondientes a los ingresos por Régimen Subsidiado – No Capitado, ya que según el análisis realizado los recursos provenientes del Régimen Subsidiado –Capitado no se recaudaran.

9. HOSPITAL SAN BLAS II NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital San Blas II Nivel mediante Acuerdo No. 034 del 31 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $1.300.000.000. Los recursos provienen del Régimen Subsidiado- No Capitado y se emplearán en la financiación de gastos de funcionamiento y operación del Hospital.

10. HOSPITAL CHAPINERO I NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital Chapinero I Nivel mediante Acuerdo No.017 del 11 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $841.000.000, cuya fuente de ingresos es el Régimen Subsidiado –Capitado. Los recursos financiarán algunos gastos de funcionamiento y operación del Hospital.

11. HOSPITAL SUBA II NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital Suba II Nivel mediante Acuerdo No.021 del 15 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $ 3.290.000.000, cuya fuente de ingresos es Régimen Subsidiado- Capitado. Los recursos financiarán algunos gastos de funcionamiento y operación del Hospital.

12. HOSPITAL USAQUEN I NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital Usaquén I Nivel mediante Acuerdo No. 029 del 11 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $1.323.646.282. Los recursos provienen del Régimen Subsidiado – Capitado y serán empleados en la financiación de gastos de funcionamiento y operación del Hospital.

13. HOSPITAL PABLO VI I NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital Pablo VI I Nivel mediante Acuerdo No. 012 del 11 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $4.461.000.000, los recursos provienen del Régimen Subsidiado - Capitado y se emplearán en la financiación de gastos de funcionamiento y operación del Hospital. La Secretaria Distrital de Hacienda recomendó la adición de $2.200.000.000 en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión para los rubros relacionados anteriormente, ya que según el análisis realizado, los recursos provenientes del Régimen Subsidiado –Capitado no se recaudaran en su totalidad.

14. HOSPITAL RAFAEL URIBE URIBE I NIVEL

Que la Junta Directiva del Hospital Rafael Uribe Uribe I Nivel mediante Acuerdo No. 028 del 16 de octubre de 2013, emitió concepto favorable a una adición presupuestal por $684.000.000, cuya fuente de ingresos es el Régimen Subsidiado – Capitado, con el fin de financiar gastos de funcionamiento y operación del Hospital.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos para 14 Hospitales Distritales – ESE para la vigencia fiscal 2013, por la suma de $46.923.642.172 conforme al siguiente detalle:

Adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos 2013

14 Hospitales – ESE

(Pesos)

ESE

Ingresos

corrientes

Total adición Ingresos

EL TUNAL

11.700.000.000

11.700.000.000

SIMON BOLIVAR

1.813.995.890

1.813.995.890

OCC. DE KENNEDY

8.475.000.000

8.475.000.000

SANTA CLARA

7.650.000.000

7.650.000.000

BOSA

651.000.000

651.000.000

ENGATIVA

3.793.000.000

3.793.000.000

TUNJUELITO

457.000.000

457.000.000

CENTRO ORIENTE

2.745.000.000

2.745.000.000

SAN BLAS

1.300.000.000

1.300.000.000

CHAPINERO

841.000.000

841.000.000

SUBA

3.290.000.000

3.290.000.000

USAQUEN

1.323.646.282

1.323.646.282

PABLO VI

2.200.000.000

2.200.000.000

RAFAEL URIBE URIBE

684.000.000

684.000.000

TOTAL

46.923.642.172

46.923.642.172

ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobar una adición en el Presupuesto de Gastos e Inversión para 14 Hospitales Distritales – ESE para la vigencia fiscal 2013, por la suma de $46.923.642.172 conforme al siguiente detalle:

Adición al Presupuesto de Gastos 2013

14 Hospitales – ESE

(Pesos)

ESE

Funcionamiento

Operación

Inversión

Total adición de Gastos e Inversión

EL TUNAL

1.577.000.000

10.093.000.000

30.000.000

11.700.000.000

SIMON BOLIVAR

340.000.000

1.473.995.890

-

1.813.995.890

OCC. DE KENNEDY

775.000.000

7.700.000.000

-

8.475.000.000

SANTA CLARA

-

7.650.000.000

-

7.650.000.000

BOSA

269.000.000

382.000.000

-

651.000.000

ENGATIVA

-

3.793.000.000

-

3.793.000.000

TUNJUELITO

316.000.000

141.000.000

-

457.000.000

CENTRO ORIENTE

327.000.000

2.418.000.000

-

2.745.000.000

SAN BLAS

120.900.000

1.179.100.000

-

1.300.000.000

CHAPINERO

596.600.000

244.400.000

-

841.000.000

SUBA

639.000.000

2.651.000.000

-

3.290.000.000

USAQUEN

80.000.000

1.243.646.282

-

1.323.646.282

PABLO VI

340.000.000

1.860.000.000

-

2.200.000.000

RAFAEL URIBE URIBE

76.000.000

608.000.000

-

684.000.000

TOTAL

5.456.500.000

41.437.142.172

30.000.000

46.923.642.172


ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los diecinueve (19) días del mes de noviembre de dos mil trece (2013).

GERARDO ARDILA CALDERÓN

Secretario Técnico

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

Secretario Distrital de Hacienda

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5243 de noviembre 20 de 2013