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Acuerdo 011 de 2001 Jardín Botánico José Celestino Mutis - JBB

Fecha de Expedición:
20/12/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/12/2001
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 11 DE 2001

(Diciembre 20)

Modificado parcialmente por el Acuerdo del Jardín Botánico 02 de 2006

Por el cual se modifica el Acuerdo 001 del 2001 que establece la Estructura Orgánica del Jardín Botánico de Bogotá "José Celestino Mutis" y se determinan las funciones de sus dependencias

LA JUNTA DIRECTIVA DEL JARDÍN BOTÁNICO DE BOGOTÁ "JOSÉ CELESTINO MUTIS"

 en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por el Decreto No.040 del 5 de febrero de 1993,

Ver el Organigrama del Jardín Botánico, Ver el Acuerdo del Jardín Botánico 02 de 2007, Ver el Acuerdo del Jardín Botánico 08 de 2006

A C U E R D A :

I. ESTRUCTURA ORGÁNICA

ARTÍCULO 1o.- DEPENDENCIASLa estructura orgánica del Jardín Botánico José Celestino Mutis, será la siguiente:

1.0 JUNTA DIRECTIVA

2.0 DIRECCIÓN

2.1 OFICINA ASESORA CONTROL INTERNO

2.2 OFICINA ASESORA JURÍDICA

3.0 SECRETARÍA GENERAL

3.1 DIVISIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

4.0 SUBDIRECCIÓN CIENTÍFICA

5.0 SUBDIRECCIÓN TÉCNICA Y OPERATIVA

6.0 SUBDIRECCIÓN EDUCATIVA Y CULTURAL

7.0 COMITÉ DE DIRECCIÓN

II. FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

ARTÍCULO 2o.- JUNTA DIRECTIVA

La Junta Directiva del Jardín Botánico José Celestino Mutis cumplirá las funciones establecidas por el Artículo 5o. del Decreto 040 de 1993, las normas que lo modifiquen o adicionen y las que le determinen los estatutos internos.

ARTÍCULO 3o.- DIRECCIÓN

La Dirección del Jardín Botánico José Celestino Mutis, cumplirá las funciones establecidas en el Artículo 7o. del Decreto 040 de 1.993, las normas que lo modifiquen o adicionen y las que le determinen los estatutos internos. Adicionalmente tendrá a su cargo la conformación de un área de Planeación y Sistemas y la formulación y ejecución del Programa de Arborización Urbana.

ARTÍCULO 4o.- OFICINA ASESORA DE CONTROL INTERNO

La Oficina Asesora Control Interno depende de la Dirección. Sus funciones son:

1. Desarrollar las funciones establecidas por la Ley 87 de 1993 y las normas que la modifiquen o adicionen.

2. Asesorar y coordinar el desarrollo del Sistema de Control Interno en el Jardín Botánico. Evaluar y formular recomendaciones para asegurar el cumplimiento de los principios de la función administrativa.

3. Asesorar a los directivos del Jardín Botánico en el proceso de toma de decisiones con el fin de obtener los resultados de gestión esperados.

4. Evaluar el desarrollo de las actividades del Jardín Botánico con el fin de garantizar que las normas, procedimientos y controles administrativos y operativos funcionen de conformidad con las normas vigentes. Formular las recomendaciones pertinentes.

5. Velar por el cumplimiento de los planes, programas, proyectos y metas de la Entidad y formular las recomendaciones respectivas.

6. Evaluar el empleo y utilización de los recursos y velar por que se apliquen de conformidad con las normas legales y con criterios de moralidad, eficacia, eficiencia, efectividad, economía y celeridad.

7. Elaborar los informes sobre el Sistema de Control Interno de la Entidad establecidos por la ley y los demás que soliciten los organismos de control y otros.

8. Responder por la elaboración y permanente actualización de los manuales y programas de auditoría y de los cuestionarios de control interno. Velar por la actualización y apoyar la revisión de los manuales de procedimientos, funciones e indicadores tendientes al mejoramiento de la gestión de las diferentes dependencias de la Entidad.

9. Hacer seguimiento y verificar la aplicación de las recomendaciones contenidas en cada uno de los informes de evaluación realizados por la Oficina Asesora de Control Interno y los organismos de control.

10. Velar por la difusión, cumplimiento y seguimiento de las normas de control interno.

11. Promover la cultura del autocontrol mediante la capacitación del personal del Jardín Botánico en áreas de control interno y auditoría.

12. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana adoptados por la Entidad.

13. Elaborar, ejecutar, hacer seguimiento y evaluar el Plan Anual de Acción de la Oficina.

14. Las demás que le asigne el Director.

ARTÍCULO 5o.- OFICINA ASESORA JURÍDICA

La Oficina Asesora Jurídica depende de la Dirección. Sus funciones son:

1. Asesorar a la Dirección y demás dependencias en la interpretación y aplicación de las normas, reglamentos y demás asuntos jurídicos relacionados con la misión del Jardín Botánico y los procesos administrativos y laborales de carácter jurídico.

2. Velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos de contratación en todas sus modalidades.

3. Asesorar a las dependencias del Jardín Botánico en la elaboración de términos de referencia para la contratación en todas sus modalidades y en el seguimiento de la contratación.

4. Elaborar y revisar proyectos de actos administrativos relacionados con la Institución. Notificarlos o disponer su publicación o comunicación oportuna.

5. Compilar y mantener actualizado un archivo de normas legales, jurisprudencia y doctrina relacionadas con el Jardín Botánico.

6. Ejercer el control disciplinario interno del Jardín Botánico y conocer en primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

7. Adelantar las investigaciones disciplinarias a que haya lugar de acuerdo con su competencia.

8. Llevar el libro de registro de las sanciones impuestas y disponer lo necesario para asegurar el archivo de los informativos disciplinarios.

9. Representar extrajudicial y judicialmente a la Entidad, previo poder otorgado por la Dirección, en los procesos que contra ésta se adelanten o que sea necesario promover contra terceros.

10.Las demás que le asigne el Director.

ARTÍCULO 6o.- SECRETARÍA GENERAL

La Secretaría General depende de la Dirección. Sus funciones son:

1. Dirigir, controlar y evaluar los procesos administrativos y financieros para la debida gestión interna del Jardín Botánico.

2. Asesorar a la Dirección en la formulación de políticas, planes, programas y proyectos del Jardín Botánico y velar por la aplicación y ejecución de los mismos.

3. Asesorar a la Dirección en la celebración de convenios interadministrativos y de cooperación interinstitucional.

4. Velar por el cumplimiento de las normas de la Institución y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos.

5. Atender y tramitar las quejas y reclamos que los ciudadanos formulen, en los términos ordenados por la Ley 190 de 1995 y las normas que la modifiquen o adicionen.

6. Responder por la Secretaría Técnica de la Junta Directiva y llevar los registros de los actos administrativos de ésta.

7. Adelantar los trámites de autenticación de documentos de la Entidad.

8. Las demás que le asigne el Director.

ARTÍCULO 7º.- DIVISIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

La División Administrativa y Financiera depende de la Secretaría General. Sus funciones son:

1. Coordinar, controlar y evaluar la ejecución de los procesos administrativos y financieros del Jardín Botánico.

2. Elaborar, ejecutar y hacer seguimiento al Presupuesto de Ingresos y Rentas y Gastos e Inversiones de la Entidad, así como al Plan Anual de Caja.

3. Adelantar los procedimientos y trámites administrativos y financieros de acuerdo con la normatividad vigente.

4. Aplicar las políticas, desarrollar y hacer seguimiento a los planes y programas y adelantar los actos administrativos relativos a las áreas de bienestar social, salud ocupacional y manejo de personal del Jardín Botánico.

5. Aplicar y velar por el cumplimiento de las normas laborales y de carrera administrativa pertinentes. Adelantar los procesos de liquidación de la nómina del Jardín Botánico.

6. Adelantar los procesos financieros, presupuéstales, de tesorería y caja menor del Jardín Botánico.

7. Atender, coordinar y controlar la adquisición, almacenamiento, custodia, suministro y buen uso de los bienes del Jardín Botánico.

8. Coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con los servicios generales, seguros y vigilancia que se requieran para el adecuado funcionamiento del Jardín Botánico.

9. Gestión de archivo y correspondencia de la Entidad.

10. Elaborar, ejecutar, hacer seguimiento y evaluar el Plan Anual de Acción de la división.

11. Velar por el buen funcionamiento, seguridad y control de las aplicaciones de sistemas del área administrativa.

12. Las demás que le asigne la Secretaría General.

ARTÍCULO 8o.- SUBDIRECCIÓN CIENTÍFICA.

La Subdirección Científica depende de la Dirección. Sus funciones son:

1. Asesorar a la Dirección del Jardín Botánico en la definición y establecimiento de políticas, planes y programas de investigación en el campo de la flora y los ecosistemas.

2. Recomendar los criterios y directrices que orienten las investigaciones científicas en el Jardín Botánico. Velar por su desarrollo.

3. Dirigir y responder por las investigaciones en materia de botánica sistemática, económica y aplicada, fisiología, entomología y sanidad vegetal, ecología y biodiversidad y demás que realice el Jardín Botánico, directamente o mediante convenios de cooperación.

4. Velar por la conservación de la diversidad biológica y la preservación de los recursos genéticos existentes en el Jardín Botánico, en especial de las especies en peligro de extinción, en coordinación con la Subdirección Técnica y Operativa.

5. Proponer criterios que sirvan para definir políticas en biodiversidad, biotecnología, bioética y en áreas relacionadas con la misión institucional del Jardín Botánico.

6. Asesorar a la Dirección en la formulación de políticas y definición de criterios para desarrollar convenios nacionales e internacionales en el campo de la investigación y el intercambio de material genético.

7. Coordinar la ejecución de los proyectos de investigación resultantes de convenios de cooperación nacional e internacional.

8. Realizar, en coordinación con la Subdirección Técnica Operativa, la identificación de ecosistemas estratégicos del bosque andino y páramo y propender por su conservación.

9. Dirigir y coordinar el desarrollo de la colección de especies de la flora nativa colombiana y de especies exóticas.

10. Establecer registros de accesión del material vegetal que ingrese al Jardín Botánico, realizar las observaciones y análisis y suministrar la información pertinente a las otras dependencias.

11. Dirigir y coordinar la atención de visitas y consultas de carácter científico.

12.Coordinar con las demás dependencias del Jardín Botánico la publicación y divulgación de los resultados de las investigaciones realizadas y de temas que contribuyan a la educación y cultura ciudadana.

13. Responder por la demarcación individual de las plantas de acuerdo con su clasificación taxonómica y con el número de registro interno.

14. Armonizar la clasificación taxonómica de las plantas del Jardín Botánico con el modelo de señalización e interpretación adoptados.

15. Preparar y mantener actualizado el Index Seminun en coordinación con la Subdirección Técnica y Operativa.

16. Responder por el funcionamiento de la estación meteorológica y el uso de sus resultados en los programas de investigación.

17. Responder por el manejo y actualización del Sistema de Información Geográfica que requiera el Jardín Botánico.

18. Dirigir, coordinar y evaluar los programas de capacitación científica que desarrolle el Jardín Botánico en el marco de la Agenda Cultural.

19. Velar por el mantenimiento de las áreas e infraestructura donde se ejecutan los proyectos de investigación científica.

20. Elaborar, ejecutar, hacer seguimiento y evaluar el Plan Anual de Acción de la subdirección.

21. Las demás que le asigne el Director.

ARTÍCULO 9o.- SUBDIRECCIÓN TÉCNICA OPERATIVA

La Subdirección Técnica Operativa depende de la Dirección. Sus funciones son:

1. Asesorar a la Dirección en la definición y establecimiento de políticas, planes y programas tendientes al desarrollo y mantenimiento de las áreas del Jardín Botánico y a la conservación y enriquecimiento de sus colecciones vivas.

2. Diseñar, conformar y mantener las áreas del Jardín Botánico correspondientes a las colecciones vivas en campo acorde con el plan de zonificación del Jardín Botánico.

3. Colaborar en la identificación de ecosistemas estratégicos del bosque andino y páramo y propender por su conservación.

4. Dirigir y coordinar programas de sostenibilidad de recursos genéticos disponibles en las colecciones vivas en campo, para multiplicar especies vegetales de importancia.

5. Preparar material vegetal para atender las necesidades internas del Jardín Botánico.

6. Velar por el mantenimiento y conservación de la planta física, la disposición correcta de accesos y caminos para peatones y vehículos, la distribución adecuada de parcelas, las áreas de exposición o cultivo, el sistema de irrigación, mobiliario (canecas, bancas, vallas de señalización e interpretación) y demás elementos de infraestructura del Jardín Botánico correspondientes a las colecciones vivas en campo.

7. Coordinar con la Subdirección Científica lo relacionado con la aplicación e innovaciones técnicas y científicas de sanidad vegetal.

8. Apoyar la actualización del Index Seminun en coordinación con la Subdirección Científica.

9. Atender consultas de carácter técnico.

10. Supervisar el adecuado uso de la maquinaria, equipos y herramientas a cargo de la Subdirección; velar por su conservación, oportuno mantenimiento y reposición.

11. Elaborar, ejecutar, hacer seguimiento y evaluar el Plan Anual de Acción de la subdirección.

12. Las demás funciones que le asigne el Director.

ARTÍCULO 10o.- SUBDIRECCIÓN EDUCATIVA Y CULTURAL

La Subdirección Educativa y Cultural depende de la Dirección. Sus funciones son:

1. Asesorar a la Dirección en la definición y establecimiento de políticas, planes y programas tendientes al logro de los objetivos educativos y culturales que debe cumplir el Jardín Botánico.

2. Asesorar a la Dirección en la fijación de políticas, criterios y términos para desarrollar convenios interinstitucionales en educación y cultura, así como coordinar prácticas de estudiantes.

3. Dirigir y coordinar con las demás dependencias la atención a los usuarios del Jardín Botánico.

4. Diseñar, ejecutar y evaluar, en coordinación con las subdirecciones Científica y Técnica Operativa, programas de educación ambiental para la conservación de la flora.

5. Diseñar y dirigir la guianza del Jardín Botánico.

6. Capacitar, en coordinación con las subdirecciones Científica y Técnica Operativa, al personal que desempeña las funciones de guía e informador al público visitante del Jardín Botánico.

7. Dirigir y evaluar el funcionamiento de las taquillas y el manejo de la boletería.

8. Programar, dirigir y coordinar, en conjunto con las demás dependencias del Jardín Botánico, la realización de eventos educativos y culturales sobre temas que contribuyan al cumplimiento de la misión institucional.

9. Dirigir y coordinar la preparación, edición y distribución del material necesario para promoción y divulgación de los programas educativos y culturales, de acuerdo con los lineamientos del Comité Editorial del Jardín Botánico.

10. Coordinar con las subdirecciones Científica y Técnica Operativa la publicación de documentos y artículos sobre investigaciones y temas de interés técnico relativos a la misión y objetivos institucionales, de acuerdo con los lineamientos del Comité Editorial de Jardín Botánico.

11. Dirigir, coordinar y responder por el adecuado funcionamiento de la biblioteca de acuerdo con los lineamientos del Comité Editorial del Jardín Botánico.

12. Promover la participación de la comunidad en los programas educativos y culturales que adelanta el Jardín Botánico.

13. Programar y supervisar la utilización del auditorio y otros espacios del Jardín Botánico para la realización de eventos académicos, culturales y sociales.

14. Coordinar con las subdirecciones Científica y Técnica Operativa la ejecución del proyecto de señalización e interpretación del Jardín Botánico. Velar por su actualización, innovación y mejoramiento permanente.

15. Diseñar, desarrollar y evaluar programas de comunicación interna para el fortalecimiento institucional.

16. Adelantar gestiones de promoción, divulgación y fortalecimiento de la imagen institucional a través de medios masivos alternativos de comunicación.

17. Administrar la página WEB de la Entidad

18. Elaborar, ejecutar, hacer seguimiento y evaluar el Plan Anual de Acción de la subdirección.

19. Las demás que le asigne el Director.

ARTÍCULO 11o.- COMITÉ DE DIRECCIÓN

El Comité de Dirección es un órgano asesor de la Dirección del Jardín Botánico. Está integrado por:

1. El Director del Jardín Botánico, quien lo preside

2. La Secretario General, quien actuará como Secretario

3. El Subdirector Científico

4. El Subdirector Técnico Operativo

5. El Subdirector Educativo y Cultural

6. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

7. El Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno

8. El Asesor de Planeación

ARTÍCULO 12o.- FUNCIONES

Son funciones del Comité de Dirección:

1. Servir de órgano asesor a la Junta Directiva y al Director del Jardín Botánico en el diseño de políticas generales, la formulación y el desarrollo de planes, programas y proyectos de la Entidad.

2. Coordinar las acciones de las diferentes dependencias para la aplicación de políticas y desarrollo armónico de planes, programas y proyectos de la Entidad. Realizar seguimiento a los mismos y presentar los informes requeridos.

3. Asesorar a la Dirección en el fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales nacionales e internacionales.

4. Diseñar y aplicar un modelo de gestión pública transparente y orientado a resultados que contribuya a la modernización de la Entidad.

5. Las demás que le asigne el Director del Jardín Botánico

ARTÍCULO 13o.- VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Acuerdo No.001 del 17 de abril de 2001 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de diciembre del año 2001.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

JULIA MIRANDA LONDOÑO

Presidente Junta Directiva