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Decreto 602 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/12/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5269 de diciembre 30 de 2013.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 602 DE 2013

 

(Diciembre 26)

 

“Por medio del cual se incorporan recursos del Sistema General de Regalías para el bienio 2013 - 2014”

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1530 de 2012 y el artículo 59 del Decreto Nacional 1949 de 2012, y el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Legislativo 05, “Por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones”, el cual fue reglamentado por la Ley 1530 de 2012 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías” la cual establece en el Título V, el Régimen Presupuestal del Sistema.

 

Que el Decreto 1949 de septiembre 19 de 2012 en el artículo 44 establece respecto a la incorporación de los recursos del Sistema General de Regalías:

 

*“Mediante Acto Administrativo del jefe del órgano del Sistema o entidad pública designada como ejecutora de proyecto por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, y mediante Decreto del Gobernador o Alcalde para las entidades territoriales que reciban recursos de funcionamiento del Sistema y designadas como ejecutoras de proyectos por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías.

 

*Dicha incorporación se adelantará en un capítulo independiente del presupuesto del respectivo órgano o entidad, una vez se asignen los recursos con cargo al porcentaje destinado para el funcionamiento del Sistema y cuando se acepte la designación como ejecutor de proyecto, designación que será adelantada por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión.

 

*Los ingresos y gastos incorporados en el capítulo independiente del presupuesto de cada órgano o entidad tendrán para todos los efectos fiscales, una vigencia igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías.

 

*El proceso de afectación de las apropiaciones incorporadas en los presupuestos de las entidades con base en el inciso anterior, será el que corresponda al régimen presupuestal de la respectiva entidad, salvo en lo relacionado con la vigencia de las apropiaciones que será igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías.”

 

Que el 26 de Abril de 2013, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., expidió el Decreto número 182 de 2013, “Por medio del cual se crea el capítulo presupuestal del Sistema General de Regalías de Bogotá D.C. independiente del Presupuesto Anual del D.C. y se incorporan recursos del Sistema General de Regalías para el Bienio del 1o de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2014”, el cual en el artículo 1° crea en Bogotá D.C. el capítulo presupuestal del Sistema General de Regalías independiente  del Presupuesto Anual del D. C., compuesto por un presupuesto de ingresos y otro de gastos.

 

Que mediante Acuerdo número 008 del 23 de agosto de 2013, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión, del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación viabilizó, priorizó, y aprobó el proyecto “Implementación de la Beca Rodolfo Llinás para la promoción de la formación avanzada en Bogotá” por un valor de SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($7.273.563.074.00) con cargo a los recursos correspondientes a Bogotá D.C. y designó como ejecutor a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Que la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías expidió el Acuerdo 0014 del 2 de Abril del 2013, definiendo los requisitos para iniciar la ejecución de los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías- SGR, en desarrollo del artículo 17 de la Ley 1606 de 2012 y mediante el Acuerdo 0015 del 17 Julio de 2013 establece los lineamientos para la formulación, presentación, verificación, viabilización, priorización y aprobación de los programas y proyectos de inversión de Ciencia Tecnología e Innovación.

 

Que por lo anterior se hace necesario incorporar al presupuesto de la bianualidad 2013-2014 estos recursos, en el marco del régimen presupuestal del Sistema General de Regalías.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Incorpórese al capítulo independiente del Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 2013 - 2014, la suma de SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($7.273.563.074) conforme al siguiente detalle:

 

INGRESOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2013-2014

 

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

8

INGRESOS

7.273.563.074

8-2

RECURSOS FONDOS

7.273.563.074

8-2-2

Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación

7.273.563.074

Total Presupuesto de Ingresos Sistema General de Regalías

7.273.563.074

 

ARTÍCULO 2º. Incorpórese al capítulo independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2013 - 2014, la suma de SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($7.273.563.074) conforme al siguiente detalle:

 

GASTOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2013-2014

 

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

 

117. Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

9

GASTOS

7.273.563.074

9-1

Inversión

7.273.563.074

9-1-1

Directa

7.273.563.074

9-1-1-14

Bogotá Humana

7.273.563.074

9-1-1-14-01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo.

7.273.563.074

 

 

9-1-1-14-01-11

Ciencia, Tecnología e Innovación para avanzar en el desarrollo de la ciudad.

7.273.563.074

 

9-1-1-14-01-11-02

Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación.

7.273.563.074

9-1-1-14-01-11-02-2013-000-100210

 

Implementación de la Beca Rodolfo Llinás para la promoción de la formación avanzada en Bogotá

7.273.563.074

 

 

Total Presupuesto de Gastos Sistema General de Regalías

7.273.563.074

 

ARTÍCULO 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de diciembre de dos mil trece (2013).

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor

 

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

 

Secretario Distrital de Hacienda

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5269 de diciembre 30 de 2013.