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ACUERDO LOCAL 06 DE 2013 (Diciembre 15) Liquidado por el Decreto local 012 de 2013. Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre de Enero 1 y el Diciembre 31 de 2014 LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y artículo 17 del Decreto 372 de 2010. CONSIDERANDO: Que el Alcalde Local de Antonio Nariño presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del decreto 372 de 2010. Que la Secretaria Distrital de Hacienda mediante comunicación No. 2013EE236788 del 6 de Noviembre de 2013, comunico la Cuota de asignación por un monto de $17.137.006.000 para la vigencia. Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS – en su reunión No. (Sic) del (Sic) de 2013, emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, el cual asciende a la suma de $30.886.006.000 Treinta mil ochocientos ochenta y seis millones seis mil pesos M/cte., para la vigencia fiscal 2014. Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, previo concepto favorable del CONFIS. Que en mérito de lo expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2014, por la suma de $30.886.006.000 Treinta mil ochocientos ochenta y seis millones seis mil pesos M/cte., conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Fíjense los cómputos del presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de enero 1 a diciembre 31 de 2014, por la suma de $30.886.006.000 Treinta mil ochocientos ochenta y seis millones seis mil pesos M/cte., conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1 de enero de 2014. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2013. ÁLVARO DE JESÚS HOYOS Presidente Junta Administradora Local JOHN ANDERSON MORENO Secretario ad hoc (Nombrado por la plenaria) Junta Administradora Local Sancionado en Bogotá, D.C, a los (Sic) días del mes de diciembre de 2013 GIOVANNI ALEXÁNDER MONROY PARDO Alcalde Local de Antonio Nariño NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5266 de diciembre 24 de 2013 |