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Decreto Local 12 de 2013 Alcaldía Local de Chapinero

Fecha de Expedición:
27/12/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/01/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5273 de enero 7 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 012 DE 2013

(Diciembre 27)

Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y el artículo 17 del Decreto 372 del 2010.

CONSIDERANDO:

1. Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación Nº 2013EE236773 de 6 de Noviembre de 2013, comunicó la Cuota de asignación por un monto de $15.981.911.000.00 para la vigencia 2014.

2. Que mediante Circular No. 03 de fecha 2 de Diciembre, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en su reunión No. 15 del 2 de Diciembre de 2013, emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal del año 2014, por la suma de $27.781.937.000,00.

3. Que el Alcalde Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local de Chapinero dentro del término establecido en el artículo 15 del decreto 372 de 2010

4. Que mediante oficio No. 20130220221331 de diciembre 3, radicado 776, la administración local radicó en la Junta Administradora Local, el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014.

5. Que la Junta Administradora Local, el 12 de diciembre de 2013 aprobó en primer debate una ponencia negativa al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero y por tanto no expidió el Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2014.

6. Que en concordancia con el artículo 17 del Decreto 372 de 2010, el cual reza: ARTÍCULO 17°. Aprobación y Expedición del Presupuesto: La JAL deberá expedir el Presupuesto Anual del respectivo F.D.L., antes de la media noche del 15 de diciembre; si no lo hace regirá el proyecto presentado por el Alcalde Local, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas durante los debates. En dicho caso, el Alcalde Local deberá expedirlo mediante Decreto a nivel de agregados y luego liquidarlo mediante Decreto a nivel de programas y proyectos.

El proyecto de presupuesto deberá estudiarse en dos debates en días distintos, efectuados uno en comisión de presupuesto y el otro en sesión plenaria de la Corporación. Las decisiones se tomarán con el voto favorable de la mayoría de ellos, siempre que haya quórum. En el primer debate se realizará la consideración y discusión del proyecto y se aprobarán las modificaciones a que haya lugar y en el segundo se le dará aprobación definitiva, en este no se podrán introducir modificaciones o adiciones al texto aprobado en primer debate”

7. Que de acuerdo con lo anterior, le corresponde al Alcalde Local expedir el Presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, mediante decreto Local.

En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Chapinero,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2014, por la suma de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS ($27.781.937.000.00) M/CTE., conforme al siguiente detalle:

CODIGO

CONCEPTO

VALOR

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

11.800.026.000

2

INGRESOS

15.981.911.000

2.1

INGRESOS CORRIENTES

301.000.000

2.2

TRANSFERENCIAS

15.679.011.000

2.4

RECURSOS DE CAPITAL

1.900.000


TOTAL INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD INICIAL

27.781.937.000

ARTÍCULO SEGUNDO.- Fíjense los cómputos del Presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2014, por la suma de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS ($27.781.937.000.00) M/CTE., conforme al siguiente detalle:


CODIGO

CONCEPTO

VALOR

3

GASTOS

27.781.937.000

3.1

Funcionamiento

1.574.705.000

3.3

Inversión

26.207.232.000


TOTAL GASTOS MÁS DISPONIBILIDAD FINAL

27.781.937.000

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto Local rige desde de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 2014.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

MAURICIO JARAMILLO CABRERA

Alcalde Local de Chapinero

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5273 de enero 7 de 2014