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Decreto 1018 de 2013 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
21/05/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/05/2013
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 48797 del 21 de mayo de 2013.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1018 DE 2013

 

(Mayo 21)

 Derogado por el art. 6, Decreto Nacional 188 de 2014

Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS en Supresión, a la Policía Nacional

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. CAMPO DE APLICACIÓN. El presente Decreto fija las escalas de remuneración de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS en Supresión, a la Policía Nacional.

 

ARTÍCULO 2°. ASIGNACIONES BÁSICAS. A partir del 1° de enero de 2013, la asignación básica mensual para los servidores públicos del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS en Supresión, incorporados a la Policía Nacional, quedará así:

 

GRADO SALARIAL

PROFESIONAL

TÉCNICO

ASISTENCIAL

1

$ 2.082.065

$1.305.439

$ 1.061.294

2

$ 2.294.050

$1.397.755

$ 1.172.558

3

$ 2.353.638

$ 1.451.626

$ 1.305.439

4

$ 2.448.745

$ 1.640.843

$ 1.397.755

5

$ 2.571.986

$ 1.704.081

$ 1.505.379

6

$ 2.768.146

$ 1.801.033

7

$ 2.907.463

$ 1.865.281

8

$ 1.981.719

9

$ 2.035.950

10

$ 2.114.255

11

$ 2.288.601

12

$ 2.567.019

 

PARÁGRAFO 1. Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel y corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

 

PARÁGRAFO 2. En el valor de las asignaciones básicas mensuales señaladas en el presente artículo está incorporada la prima de riesgo correspondiente al cargo del cual el empleado era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad DAS en Supresión, en los términos del artículo del Decreto 0236 de 2012.

 

Se podrán crear empleos de medio tiempo los cuales se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado y con relación a la asignación básica que les corresponda.

 

Se entiende, para efectos de este Decreto, por empleos de medio tiempo los que tienen jornada diaria de cuatro (4) horas.

 

ARTÍCULO 3°. El Departamento Administrativo de la Función Pública es el órgano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional. Ningún otro órgano puede arrogarse esta competencia.

 

ARTÍCULO 4°. Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente Decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10° de la Ley 4a de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.

 

Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19° de la Ley 4a de 1992.

 

ARTÍCULO 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 1232 de 2012, con excepción del artículo 3°, y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2013.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D. C., a los 21 días del mes de mayo de 2013

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

 

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

 

JUAN CARLOS PINZÓN BUENO

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR