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Decreto Local 1 de 2014 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
01/03/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/03/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5319 de marzo 17 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 001 DE 2014

(Marzo 1)

Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal de 2014”

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

En uso de sus facultades legales en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010. y

CONSIDERANDO:

Que una vez efectuado el cierre presupuestal de la vigencia fiscal de 2013. se determinó un monto de obligaciones por pagar de $10.917.093.491.00 y un saldo real de caja por $12.852.989.312.24.

Que en el presupuesto de la vigencia de 2014 se estimó un valor de $12.150.000.000.00 en el rubro de Obligaciones por Pagar y $12.150.000.000.00 en el rubro de Disponibilidad Inicial.

Que se presentan diferencias entre los valores determinados en Obligaciones por Pagar y Disponibilidad Inicial frente a los programados en el presupuesto de Ingresos y Gastos de la vigencia.

Que el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria debe ajustar el agregado de Obligaciones por Pagar del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal de 2014 a las realmente constituidas a 31 de diciembre de 2013.

Que mediante comunicación Nº 2014EE49054 de 06 de marzo de 2014, la Directora Distrital de Presupuesto. emitió concepto favorable para el trámite del ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria.

Que mediante comunicación Nº 2-2014-07793 de 26 de febrero de 2014, la Secretaría Distrital de Planeación. emitió concepto favorable para el trámite del ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria.

Que el artículo 36 del Decreto 372 de 2010 estipula: “El Alcalde Local ajustará por Decreto las Obligaciones por Pagar hasta por el monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y reflejará en el ingreso el monto ajustado en la Disponibilidad Inicial.”

Que para el respaldo de este ajuste presupuestal se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 247. 248. 249. 250. 251. 252. 253. 254. 255. 256. 257. 258. 259. 260. 261. 262. 263. 264. 265. 266. y 267.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto.

Ver Acuerdo Local 08 de 2013

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia del 2014. conforme al siguiente detalle:


CÓDIGO

NOMBRE

AUMENTAR

DISMINUIR





3

GASTOS

267.725.128

1.500.631.637

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

0

74.805.616

3.1.8

OBLIGACIONES POR PAGAR

0

74.805.616

3.1.8.02

GASTOS GENERALES

0

74.805.616

3.1.8.02.01

Adquisición de Bienes

0

1.210

3.1.8.02.01.02

Gastos de Computador

0

747

3.1.8.02.01.04

Materiales y Suministros

0

463

3.1.8.02.02

Adquisición de Servicios

0

74.804.406

3.1.8.02.02.01

Arrendamientos

0

1.187.000

3.1.8.02.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

0

400

3.1.8.02.02.04

Impresos y Publicaciones

0

7.000.000

3.1.8.02.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

0

14.897.326

3.1.8.02.02.05.0001

Mantenimiento Entidad

0

14.897.326

3.1.8.02.02.11

Promoción Institucional

0

35.506.680

3.1.8.02.02.17

Información

0

16.213.000

3.3

INVERSIÓN

267.725.128

1.425.826.021

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

267.725.128

1.425.826.021

3.3.6.14

Plan de desarrollo "Bogotá Humana"

251.054.184

1.425.826.021

3.3.6.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

1.503

361.252.283

3.3.6.14.01.01

Garantía del desarrollo integral de la primera infancia

0

31.847.346

3.3.6.14.01.01.1259

Dotación y adecuación de espacios para la atención de la primera infancia

0

31.847.346

3.3.6.14.01.03

Construcción de saberes. Educación incluyente. diversa y de calidad para disfrutar y aprender

0

67.503.530

3.3.6.14.01.03.1264

Educación extraescolar y dotación para estudiantes y población local

0

67.503.530





CÓDIGO

NOMBRE

AUMENTAR

DISMINUIR





3.3.6.14.01.04

Bogotá Humana con igualdad de oportunidades y equidad de género para las mujeres

0

18.472.527

3.3.6.14.01.04.1265

Garantía, restitución de derechos. igualdad de oportunidades y eliminación de violencias hacia las mujeres.

0

18.472.527

3.3.6.14.01.05

Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital

1.503

119.852.923

3.3.6.14.01.05.1266

Ayudas técnicas a discapacitados no incluidas en el POS y Subsidio tipo C para adulto mayor.

0

2.417.835

3.3.6.14.01.05.1267

Inclusión social a personas en situación de fragilidad y acciones afirmativas hacia diversas poblaciones.

1.503

0

3.3.6.14.01.05.1268

Red de protección local para niños. niñas. adolescentes y jóvenes.

0

117.435.088

3.3.6.14.01.08

Ejercicio de las libertades culturales y deportivas

0

69.249.788

3.3.6.14.01.08.1269

Candelaria cultural y deportiva

0

69.249.788

3.3.6.14.01.11

Ciencia, tecnología e Innovación para avanzar en el desarrollo de la ciudad

0

54.326.169

3.3.6.14.01.11.1270

Inventario Social e Internet Inalámbrico Wi-Fi en el territorio candelario.

0

54.326.169

3.3.6.14.02

Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua

251.052.681

815.620.063

3.3.6.14.02.17

Recuperación rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua

0

2.214.734

3.3.6.14.02.17.1271

Sensibilización, prevención y adecuaciones para la recuperación. preservación y conservación de los espacios del agua y el medio ambiente.

0

2.214.734

3.3.6.14.02.19

Movilidad Humana

251.052.681

782.214.081

3.3.6.14.02.19.1272

Construir, adecuar, rehabilitar, ampliar, mantener el espacio público y andenes locales.

0

782.214.081

3.3.6.14.02.19.1273

Mantenimiento y adecuación de malla vial.

251.052.681

0

3.3.6.14.02.21

Basura Cero

0

31.191.248

3.3.6.14.02.21.1275

Plan Piloto de Basura Cero

0

31.191.248

3.3.6.14.03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

0

248.953.675

CÓDIGO

NOMBRE

AUMENTAR

DISMINUIR





3.3.6.14.03.24

Bogotá Humana: Participa y Decide

0

91.743.293

3.3.6.14.03.24.1277

Inclusión social para la participación ciudadana. la organización comunitaria y el control social a la gestión pública.

0

91.743.293

3.3.6.14.03.27

Territorios de vida y paz con prevención del delito

0

82.223.203

3.3.6.14.03.27.1278

Red social de convivencia y seguridad ciudadanas.

0

82.223.203

3.3.6.14.03.31

Fortalecimiento de la función Administrativa y Desarrollo Institucional

0

74.987.179

3.3.6.14.03.31.1279

Acciones de fortalecimiento institucional.

0

74.987.179

3.3.6.90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

16.670.944

0

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá. D.C., a los 10 (sic) días del mes de marzo del año 2014.

EDILBERTO GUERRERO RAMOS

Alcalde Local de La Candelaria

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5319 de marzo 17 de 2014