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Resolución 2103 de 2013 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
20/11/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 


RESOLUCIÓN 2103 DE 2013

(Noviembre 20)

"Por la cual se modifica la Resolución 2580 del 27 de octubre de 2009 para establecer la Gratuidad en el Sistema Educativo oficial de Bogotá y se dictan otras disposiciones"

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ D.C.,

en uso de las facultades que le confieren la Ley 715 de 2001, el Decreto 4791 de 2008, el Decreto 006 del 2 de enero de 2012 y demás normas legales vigentes y,

CONSIDERANDO

Que la educación es un derecho fundamental de los niños, niñas y jóvenes reconocido en tratados internacionales, la Constitución Política de Colombia y las leyes de Colombia.

Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que la educación será gratuita en las instituciones del Estado sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.

Que el artículo 14 de la ley 715 de 2001 ordena que las entidades territoriales incluirán en sus respectivos presupuestos apropiaciones de recursos, tanto de la nación como de recursos propios, para cada Fondo de Servicios Educativos de los establecimientos educativos a su cargo.

Que el Decreto 4807 de 2011, establece las condiciones de aplicación de la gratuidad educativa para los estudiantes de educación preescolar, primaria, secundaria y media de las instituciones educativas estatales y señala en su artículo , que las entidades territoriales podrán concurrir con otras fuentes de recursos para la financiación de la gratuidad en concordancia con las competencias previstas en la Constitución Política y la ley.

Que el Plan de Desarrollo Bogotá Humana 2012-2016 plantea dentro del proyecto "Garantía del derecho con calidad, gratuidad y permanencia", el aumento de la participación de la matrícula oficial en la cobertura total de la ciudad, con enfoque diferencial para una escuela libre de discriminación, garantizando la permanencia y la gratuidad en la perspectiva del fortalecimiento de la educación pública en el Distrito.

Que el artículo 1° de la Resolución 2580 de 2009 expedida por la Secretaría de Educación establece que a partir del año 2010 los niños, niñas y adolescentes que se encuentran matriculados en los niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria y media dentro del sistema educativo oficial de Bogotá D.C., administrado por la Secretaría de Educación serán beneficiarios con gratuidad total.

Que durante la vigencia 2013 algunas instituciones educativas distritales aumentaron la cobertura, en aras de dar cumplimiento al Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. "Bogotá Humana", para garantizar el acceso y la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo oficial teniendo este como uno de los proyectos prioritarios del programa la Garantía del derecho con calidad, gratuidad y permanencia.

Que se requiere reconocer a los establecimientos educativos oficiales la atención a la población educativa en los grados de prejardín y jardín de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Resolución 1914 del 15 de octubre de 2013.

Que se requiere reconocer recursos adicionales a los establecimientos educativos oficiales que ejecutan la política Currículo para la Excelencia Académica y la Formación Integral, 40x40, en concordancia con lo establecido en el Acuerdo 489 de 2012.

Que la Secretaría de Educación Distrital, reconoce recursos diferenciales a los establecimientos educativos oficiales que han implementado las diferentes estrategias para atender la población educativa tales como: modelos educativos flexibles, necesidades educativas especiales y atención de estudiantes en zona rural.

Que de acuerdo con lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: ASIGNACIÓN DE RECURSOS. Los valores a girar a los Fondos de Servicios Educativos de los establecimientos educativos oficiales por concepto de gratuidad, para cada vigencia, dependerán de los lineamientos y parámetros que defina la Secretaría de Educación Distrital mediante la Subsecretaría de Acceso y Permanencia y las áreas responsables de las estrategias y políticas que se incluyen para la asignación de gratuidad. Dichos parámetros incluirán, minimamente, los aumentos de cobertura y otros parámetros derivados de la participación en las estrategias y políticas priorizadas por la Secretaría de Educación.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en particular el artículo 3° de la Resolución 2580 del 27 de octubre de 2009.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 20 días del mes de noviembre del año 2013

OSCAR SÁNCHEZ JARAMILLO

Secretario de Educación de Bogotá, D.C.