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Circular 3 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/06/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 003 DE 2014

(Junio 18)

 

Para:

SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS) PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS, ALCALDES Y ALCALDESAS LOCALES Y RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO

De:

ALCALDE MAYOR DE BOGOTA D.C.

Asunto:

BONOS NAVIDEÑOS PARA LOS HIJOS/AS DE LOS SERVIDORES Y SERVIDORAS PÚBLICOS

Con relación a las disposiciones contenidas en la Circular 12 del 16 de septiembre de 2011, expedida por este Despacho, relacionadas con las medidas de austeridad en el gasto público, especialmente el numeral 7° respecto de los bonos navideños que se entregan a los hijos e hijas de los servidores públicos que a 31 de diciembre del año en curso sean menores de 13 años, por un valor máximo de seis (6) salarios mínimos diarios legales vigentes, y con el fin de promover la inclusión de personal con discapacidad, este beneficio solo se podrá extender para los hijos e hijas mayores de 13 años y menores de 18 años que se encuentren en condición de discapacidad y que dependan económicamente de sus padres, siempre que se cuente con los recursos presupuestales.

Cordialmente,

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor

Proyectó: Olga Patricia Escobar Serrano

Revisó: Juan Gabriel Jiménez González / Diana Ospina Moreno

Aprobó: Tatiana Piñeros Laverde