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Acuerdo 558 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/06/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/06/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5383 de junio 26 de 2014.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 558 DE 2014

 

(Junio 20)

 

“Por medio del cual se establece en el Distrito Capital la estrategia “Onda Bici Segura” para el tránsito de ciclistas en grupo o caravanas”

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 12, numerales 1° y 7° del Decreto Ley 1421 de 1993,


Ver Proyectos de Acuerdo 263 de 2013, 045 y 062 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1. OBJETO. La Secretaría Distrital de Movilidad diseñará la estrategia “Onda Bici Segura” para fomentar el uso de la bicicleta por parte de grupos o caravanas, las cuales podrán utilizar la infraestructura apta para el tránsito de bicicletas y la que se adecue para este fin.

 

PARÁGRAFO. Para impulsar la estrategia “Onda Bici Segura”, la Secretaría Distrital de Movilidad establecerá, entre otros los corredores prioritarios, determinará y divulgará los horarios de máxima demanda, y promoverá las condiciones que garanticen la seguridad de los usuarios y peatones en el uso adecuado de la estrategia.

 

La Secretaría Distrital de Movilidad establecerá indicadores de metas y resultados que permitan cuantificar la efectividad de la medida.

 

ARTÍCULO 2. Para efectos de articular la estrategia “Onda Bici Segura” con el Sistema Integrado de Transporte Público, la Administración Distrital adoptará e implementará medidas para garantizar la seguridad en los cicloparqueaderos y demás infraestructura que se utilice para los fines del presente Acuerdo.

 

ARTÍCULO 3. La Administración Distrital, por conducto de la Secretaría Distrital de Movilidad, articulará con la Secretaría Distrital de Gobierno y las Instituciones Educativas y Entidades Públicas o Privadas, campañas para la implementación de la estrategia “Onda Bici Segura”.

 

ARTÍCULO 4. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

MIGUEL URIBE TURBAY

LUIS ALFREDO CERCHIARO DAZA

 

Presidente

 

Secretario General de Organismo de Control

 

GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

Junio 20 de 2014

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5383 de junio 26 de 2014.