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PROYECTO DE ACUERDO No. 073 DE 2014 “POR MEDIO DEL CUAL SE INSTA A LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL A CREAR EL
SECTOR ADMINISTRATIVO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD, LA SECRETARÍA DISTRITAL DE
SEGURIDAD, Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES”. OBJETO El Proyecto de Acuerdo tiene como objetivo, instar a la Administración
Distrital, para que en el marco de sus
funciones, fortalezca y garantice plenamente el derecho a la seguridad en la
ciudad, mediante la creación del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad
y la subsecuente creación de la Secretaría Distrital de Seguridad. De este modo, se pretende la modificación
estructural del Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia. Este proyecto, conlleva
un ajuste de funciones y cambio de denominación de la actual Secretaría de
Gobierno, Seguridad y Convivencia. Lo anterior en concordancia a lo establecido en el Acuerdo 489 de 2012,
con el fin de generar y coordinar la política para la promoción y la
restitución de la seguridad ciudadana. I. ANTECEDENTES La presente iniciativa ya había sido presentada por la Bancada Del
Partido Social de Unidad Nacional en tres oportunidades diferentes en el año
2012, bajo los Números 24, 107 y 152, en cabeza del Concejal Orlando Parada Díaz. El Proyecto No. 107 de
2012 conto con ponencia positiva presentada por los Concejales Marco Fidel
Ramírez y José Juan Rodríguez. Y el Proyecto No. 152 también conto con una
ponencia positiva por parte del Concejal Julio Cesar Acosta. El proyecto por términos y
ponencias fue archivado en las tres oportunidades, Sin embargo se resalta la
importancia del mismo y la unificación del Proyecto 107 de 2012 con una
iniciativa presentada por la Administración Distrital. II.
EXPOSICION DE MOTIVOS La Constitución Política
Colombiana en su artículo 88 establece la necesidad para la protección de los
derechos e intereses colectivos entre los que se encuentra la seguridad. “La seguridad es
una cuestión teleológica porque necesita siempre de un objetivo. Las preguntas
de ¿seguridad frente a qué? y, sobre todo, ¿seguridad para qué?, son esenciales
a la hora de diseñar políticas y planes. No existe ni la libertad, ni la
seguridad absolutas. La seguridad total es la muerte y la certidumbre total
hace el cambio imposible. La vida requiere riesgos. Paradójicamente, el nivel
de seguridad de las naciones denota progreso y libertad. La seguridad es una
cuestión evolutiva y relativa porque está en constante transformación”1 La seguridad, como bien público, es responsabilidad primaria del Estado,
pero también compete a las autoridades locales, la empresa privada y la
sociedad civil. Una estrategia global frente a la violencia y el delito requiere del
fortalecimiento del Estado Social de Derecho, la reforma del sistema judicial y
de la policía, de las prisiones, mayores esfuerzos en la prevención, y mayor
participación de la sociedad civil. Al decir que se requiere de una estrategia global, se entiende que la
seguridad no sólo tiene en cuenta las causas, efectos y acciones de las
organizaciones delincuenciales en el ámbito local, sino que se harán esfuerzos
por comprender en una dimensión macro (social, política, económica, geográfica,
psicológica, etc.) los problemas asociados a la seguridad local. En ese sentido
se espera que se realicen acciones de tipo diferencial, adecuadas y apropiadas
para cada tipo delictivo. La tarea ciertamente no es fácil ni económica, la inseguridad trae
consigo elevados costos económicos para la sociedad. La investigadora Catalina
Bello afirma que en Colombia 11.4% del PIB son costos directos de la violencia2. Este incremento está ligado al aumento de la
percepción de inseguridad, que lleva a exigir cada vez más desarrollo en este
campo. La preocupación por la seguridad en todas sus manifestaciones -personal,
económica, jurídica, financiera, ambiental, política, etc.- parte de un
supuesto de expansión de derechos y libertades que entraña el carácter
eminentemente político que le caracteriza; a pesar de ello, frecuentemente se
soslaya que tiene una importante dimensión de gestión pública, que debe
permitir que se planteen soluciones técnicas eficaces. La seguridad y su
ausencia (inseguridad) se determinan objetiva y subjetivamente: “La seguridad
engloba, por lo tanto, dos conceptos: de una parte, el objetivo, que estaría
representado por el incremento del delito y, por el otro, el subjetivo que
vendría determinado por la sensación de incertidumbre, de riesgo o de miedo que
tiene el ciudadano por el desarrollo de lo que se denomina delincuencia
ordinaria (en contraposición a la gran delincuencia del tráfico de drogas, de
armas y del blanqueo de dinero) y los actos incívicos, diversos y no agrupables
bajo una sola categoría.”3. De esto, se tiene que
para una acertada aplicación de políticas públicas sobre seguridad se debe
evaluar objetivamente el fenómeno del delito y contextualizarlo, para así
determinar los pasos a seguir, requiriéndose la obtención de datos y el
desarrollo de análisis para poder hacer interpretaciones estadísticas de toda
índole que den cuenta de la realidad: tasas de criminalidad, tendencias de
delincuencia, índices de impunidad, entre otros. La efectividad al
contrarrestar el delito y el miedo de la ciudadanía asociado al mismo,
incrementa la calidad de vida de las personas dado que la sensación de
inseguridad se “correlaciona con otras inseguridades vitales como la soledad,
enfermedad, pobreza, incapacidad física o la falta de recursos culturales”4.
Cabe señalar, que la vulnerabilidad genera en los individuos una “arquitectura del miedo” que los lleva a
privarse del disfrute de escenarios públicos y reducir sus lazos sociales. Sobre los fenómenos de
la violencia, la criminalidad y el delito, se tiene que son complejos, multivariados, expansivos,
transnacionales o globalizados, compartimentados, especializados y flexibles5
por lo que la seguridad debe estar en armonía con actores de diferentes niveles
y articulada a las demás políticas públicas (seguridad social, empleo,
economía, educación, etc.), sin lo cual es imposible obtener resultados reales
y efectivos al respecto. La profesionalización
del delito es uno de los principales desafíos para América Latina, y Colombia
en particular, dado que la globalización y la delincuencia están asociadas a
través de la internacionalización del capital, la generalización del consumo y
la unificación de las economías, haciendo que la delincuencia pase a ser una
condición de mercado6. La extensión delictual se ha adaptado a la
expansión sin precedentes de las telecomunicaciones (telefonía celular y
satelital, internet, etc.) y de medios tecnológicos de última generación al
alcance de muchos (software, dispositivos electrónicos, etc.), facilitando el
fenómeno que algunos llaman “Economía Criminal Global”, que ha permitido la
alianza de viejas y nuevas mafias7, así como la interrelación de
grupos de diverso origen con intereses comunes8, configurando lo que
hoy se denomina Crimen Organizado Global, que ha desbordado las capacidades de
los Estados y ha infiltrado los medios legales necesarios para facilitar su
accionar a todo nivel. Como reto local, se debe comprender que el delito responde a
especificidades sociales y territoriales, lo cual resulta relevante en centros
urbanos que se vienen consolidando como los principales centros de articulación
social. Según datos de la ONU, se “calcula que en el año 2020, el 70% de la
población mundial vivirá en las ciudades, por lo tanto, la seguridad será,
principal y fundamentalmente, ciudadana”9. Esto implica que en las
próximas décadas las ciudades contendrán la mayor cantidad población, controlarán
y determinarán la economía mundial, y sobrellevarán la carga de la seguridad
ciudadana, esencialmente urbana e indesligable de la seguridad nacional e
internacional. A partir de lo anterior; y de las necesidades actuales de la ciudad,
Bogotá necesita el fortalecimiento de la estructura estatal, para que se
mejoren los estándares de investigación, búsqueda y captura, enfrentamiento
real para contrarrestar los comportamientos delictivos. Adicionalmente, la creación del Sector de Seguridad, por la especificación
de funciones propias coadyuvara a generar un canal directo de articulación para
la prevención, atención y manejo de los temas que afectan negativamente la
seguridad en la ciudad. SEGURIDAD
EN EL PAÍS Y LA CIUDAD DE BOGOTÁ La seguridad es concebida como un derecho civil y político ligado a la
preservación de la vida, la libertad y la propiedad. UN-Hábitat señala que la
seguridad permite “sustentar la protección de la integridad física y moral de
las personas” y es un “dispositivo central de política y (…) gobernabilidad de
los territorios”10. Al ser un derecho, se hace imperativo abordarla con
tal enfoque. Al hablar de un enfoque de derechos se reconoce que “el objetivo
de las políticas públicas es dar cumplimiento al deber de respetar, proteger y
hacer efectivos los derechos humanos y que en tal calidad sus titulares pueden
exigir tal respeto, protección y realización”11. La no garantía de
este derecho trae serias consecuencias para el conjunto social: limitaciones
para la inversión, fuga de cerebros, obstáculos para el desarrollo económico y
el desarrollo humano en los territorios y pérdidas de confianza y afectaciones
a la paz y la justicia.12 No obstante, la garantía de este derecho requiere un marco político,
institucional y administrativo que permita la planeación, implementación y
articulación de las acciones que desde el Estado se encaminan a garantizar el
mismo. Igualmente, su abordaje requiere la articulación de las perspectivas de
coerción (enfoque de seguridad pública) y de prevención (enfoque de seguridad
ciudadana) según las realidades locales, como se ha evidenciado en experiencias
positivas a nivel internacional tales como Nueva York o Barcelona. Siguiendo a
Rivas Gamboa, se señala que “la seguridad pública y la seguridad ciudadana se
diferencian en aspectos fundamentales. La primera se remite a la idea de orden
público. Su esfera de acción, en este sentido, se restringe al mantenimiento de
dicho orden a través de mecanismos de control y reacción que buscan
contrarrestar el crimen y la violencia frente a hechos puntuales, así como
contrarrestar los efectos del conflicto armado y el narcotráfico. La segunda,
se remite a la noción de calidad de vida13 en el día a día de los
ciudadanos y propende por su mejoramiento, por lo que abarca un campo más
amplio de acción. La seguridad ciudadana privilegia la prevención aunque no
excluye acciones policivas de control”14. El abordaje de la seguridad, desde la prevención y la coerción, cobra una
connotación especial en centros urbanos dada la complejidad de las relaciones
sociales que allí se desarrollan y de la considerable cantidad de población que
cobijan, requiriendo una estrategia global frente a la violencia, donde el
fenómeno delictual sea atendido integral y especializadamente. Dicho abordaje
debe ir articulado con los lineamientos que se han dado desde el orden
nacional, donde se señalan como principales retos en el tema de seguridad y
convivencia: 1. Prevenir la
aparición de nuevos actores criminales y la reincidencia. 2. Combatir el
crimen y la delincuencia organizada. 3. Desarticular
mercados de economía ilegal sobre los cuales se constituyen, articulan y
consolidan estructuras criminales. 4. Responder en
forma efectiva a las conductas que pongan en riesgo la seguridad individual y
colectiva o atenten contra ella. 5. Fortalecer el
Estado de derecho garantizando el imperio de la ley y la justicia. 6. Proteger los
derechos individuales y colectivos. 7. Promover una
cultura ciudadana y cívica. 8. Promover la
legalidad, el respeto y la convivencia como prácticas y valores sociales.15 Estos retos
implican un fortalecimiento político-administrativo de la estructura de
gobierno de la ciudad, ya que, como lo señala el Departamento Nacional de Planeación –DNP-, en los centros urbanos se ha
concentrado la mayor ocurrencia de delitos tales como hurtos y homicidios,
aunado a la incorporación de delincuencia organizada en las grandes ciudades,
cuyas manifestaciones se dan desde acciones de carácter terrorista
hasta la operación de diversas actividades ilegales relacionadas con el
narcotráfico. Siguiendo
al DNP, la seguridad urbana tiene que afrontar los siguientes retos16: *El
proceso de expansión urbana y el crecimiento económico propio de un sistema de
ciudades intermedias y principales, que concentran capital humano, infraestructura
y una mayor demanda de empleo, presionan la capacidad de los gobiernos locales
en materia de prevención y control de la comisión de delitos y crímenes
violentos. También dificultan la prestación de servicios sociales y la
regulación del comportamiento ciudadano e integración de los nuevos habitantes
que llegan a estas áreas urbanas. *La
capacidad de los grupos armados ilegales de adaptar y transferir sus prácticas
criminales a escala urbana, mediante oficinas de cobro, lavado de activos, microtráfico de drogas y venta de armas, piratería
terrestre, juegos de suerte y azar, trabajo sexual y préstamos de usura. *La
persistencia de grupos armados ilegales y las falencias en los procesos de
desmovilización llevados a cabo por el gobierno nacional. *Actividades
de extorsión directa e indirecta a transportadores, comerciantes formales e
informales, casas y apartamentos, y diversas modalidades de secuestro
extorsivo en centros urbanos –en particular de corta duración– impactan en
forma negativa las condiciones reales de seguridad ciudadana y su percepción. *Desafíos
asociados al comportamiento ciudadano y a la falta de apropiación de los
referentes básicos de cultura ciudadana. Entre éstos cabe señalar la condescendencia
y, en ocasiones, la complicidad de amplios sectores de la sociedad con
actividades ilícitas (por ejemplo, la compra de bienes hurtados, piratas o en
sitios de venta ilegal), la comisión de contravenciones, la intolerancia y el
incumplimiento de reglas informales de conducta, entre otros, que obligan a una
actuación más proactiva del Estado y de la sociedad en este campo. *Percepción ciudadana frente a la seguridad en Bogotá “Dejando por fuera la
reducción de los homicidios, se puede asegurar que ha aumentado la inseguridad
y la impunidad, si se tiene en cuenta que: Según la Encuesta de la
Cámara de Comercio, durante el último año de la pasada Administración la
victimización paso del 49% en el segundo semestre del 2010 a 20% en el mismo
periodo del año 2011, mientras que durante el 2012 y primer semestre de 2013 de este gobierno
aumento a 38%. *Según la encuesta de Bogotá
Cómo Vamos, el 70% de los ciudadanos cree que hay una baja probabilidad de
sanción a los delincuentes y solo el 10% cree que hay una alta probabilidad.17” Esta
condición implica la construcción de una estructura que haga de la seguridad un
asunto prioritario para garantizar la gobernabilidad democrática de Bogotá, la
cual se ve amenazada por la multiplicación y profesionalización del delito.
Esta situación exige una evolución de aparato estatal, y específicamente del
Distrital, ante el desarrollo actual de las dinámicas delictivas, dando
especial importancia al fortalecimiento de los componentes de acción e
inteligencia que disuadan la criminalidad y fortalezcan los esquemas de
articulación institucional. En este
sentido, se requiere fortalecer el registro, investigación y seguimiento de
delitos, lo cual es fundamental para la formulación de políticas y el diseño de
estrategias, sin olvidar la importancia de instrumentos como las encuestas de
victimización, que permiten un mejor acercamiento a la realidad delictiva de la
ciudad. Así mismo,
se debe fortalecer la función natural de jefe de policía que detenta el Alcalde
de la ciudad, quien debe trazar las líneas estratégicas y tácticas para la toma
de decisiones en materia de seguridad. En la actualidad, estas directrices
dependen principalmente de quien dirige la Policía Metropolitana de Bogotá
–MEBOG-, siendo indispensable el fortalecimiento de la articulación con el
Distrito. Por ello resulta de interés prioritario para la ciudad la creación de
una entidad encargada específicamente de la dirección y coordinación de
políticas de seguridad desde la Administración Distrital. Del mismo
modo, en el abordaje de la seguridad, se requiere de un aparato que fortalezca
la interacción con el ciudadano y su territorio, por lo cual el componente de
participación cobra especial relevancia. La nueva estructura debe fomentar el
empoderamiento y corresponsabilidad ciudadana para el disfrute y garantía de
este derecho, donde la construcción de las políticas en la materia debe ser
democrática y transparente ante los habitantes de la ciudad y coherente con las
realidades territoriales. Ante estos
grandes desafíos en el abordaje de la seguridad, se hace indispensable elevar
el manejo del tema en la agenda pública, para lo cual resulta pertinente e
imperativo constituir un sector administrativo especializado en seguridad con
una entidad cabeza de sector responsable de la planificación de las acciones
públicas, tanto en prevención como en el control, elevando su efectividad. Necesidad De Un Nuevo Sector En la
actualidad, la seguridad es asumida misionalmente por la Secretaría de
Gobierno, Seguridad y Convivencia a través de su Subsecretaria de Asuntos para
la Convivencia y la Seguridad, y por el Fondo de Vigilancia y Seguridad,
encontrándose dos situaciones a replantear en este esquema: *Establecer la seguridad como un tema de ciudad,
cuyo tratamiento prioritario no se diluya entre los diversos temas que hoy
están a cargo de la Secretaría de Gobierno, Seguridad y Convivencia. La
seguridad requiere un tratamiento especializado al ser una de las funciones
principales del Estado, y más aún en centros urbanos como Bogotá, cuya dinámica
poblacional y social se acrecienta y complejiza rápidamente. *Superar la dispersión de las estructuras que
manejan la seguridad en la ciudad, logrando una armonización de los esquemas
políticos, administrativos y operativos, que unifique los criterios de acción y
aseguren la efectividad de los planes y programas. En el
Acuerdo 489 de 201218, se plantea en el artículo 40- Programa de
Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana”, la necesidad de la creación y
gestión de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, con el objeto de poner en
funcionamiento una entidad distrital de nivel central que se encargue
específicamente de los asuntos de seguridad de la ciudad. Esto por una política
efectiva de promoción y restitución de seguridad ciudadana, que la ciudad
solicita a gritos. El impacto
de este cambio podría evidenciarse, a corto plazo, en dos aspectos
fundamentales. En primera instancia, la ganancia en términos de efectividad y
operatividad que sería inmediata, al tener un responsable distrital de la
articulación interinstitucional y con la ciudadanía, con relación a políticas,
diagnósticos y operativos en materia de seguridad y convivencia. Y por otro
lado, la Secretaría Distrital de Seguridad integraría y fortalecería las
competencias hoy desarrolladas por la Subsecretaría de Asuntos para la
Convivencia y la Seguridad y el Fondo de Vigilancia y Seguridad. En este marco, la principal tarea de la Secretaría
de Seguridad sería la formulación y evaluación de políticas, planes y programas
encaminados a preservar la seguridad, los derechos humanos y el orden público
en la ciudad. Además de generar decisiones normativas, administrativas y
operativas que fortalezcan institucionalmente y garanticen la preservación de
la seguridad y el orden en Bogotá. I. MARCO LEGAL FUNDAMENTO
CONSTITUCIONAL Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a
la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de
los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la
participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida
económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la
independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la
convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están
instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su
vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar
el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Artículo 88. La ley regulara las acciones populares para la
protección de los derechos e intereses colectivos relacionados con el
patrimonio, el espacio, la seguridad (…) En este
contexto es claro que esta corporación tiene la competencia necesaria para
aprobar la presente iniciativa, dentro de lo dispuesto en el Decreto 1421 De 1993 ARTICULO
12. ATRIBUCIONES.
Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la
Constitución y a la ley: 1. Dictar
las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones
y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Estado (…) De conformidad con lo
establecido en el artículo séptimo de la ley 819 de 2003 el presente proyecto
de acuerdo no ocasiona costo fiscal alguno, debido a que las medidas que se
proponen, generan la necesidad e instan a la administración a la creación de
una entidad acorde los preceptos establecidos en el Plan Distrital de
Desarrollo. La Ley 819 de 2003 “Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de
presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras
disposiciones”, el presente proyecto de acuerdo no presenta impacto fiscal y no
genera gastos diferentes a las inherentes al desarrollo de las funciones
constitucionales y legales de las entidades comprometidas. ACUERDO N° _________ DE 2014 “POR MEDIO DEL
CUAL SE INSTA A LA ADMINISTRACIÓN
DISTRITAL A CREAR EL SECTOR ADMINISTRATIVO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD, LA
SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, Y SE
DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” Cordialmente, AUTORES.
PROYECTO DE ACUERDO No_______ DE 2014 “POR MEDIO
DEL CUAL SE INSTA A LA ADMINISTRACIÓN
DISTRITAL A CREAR EL SECTOR ADMINISTRATIVO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD, LA
SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, Y SE
DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”. EL CONCEJO
DE BOGOTA D.C. En
ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial conferida por el numeral 1 del artículo 12
del Decreto Ley 1421 de 1993, A C U E R D A: ARTÍCULO 1. Creación del Sector Administrativo de Coordinación de
Seguridad. Créese el Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad. ARTÍCULO 2. Misión del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad. El Sector Administrativo
de Coordinación de Seguridad, en el Distrito tendrá la misión de velar por la seguridad y
tranquilidad de las personas, para fortalecer el mantenimiento del orden público, garantizar
la intervención directa a las causas y
manifestaciones del delito y velar por
el respeto de los Derechos Humanos en esta materia. ARTÍCULO 3. Naturaleza, objeto y funciones básicas
de la Secretaría Distrital de Seguridad. La Secretaría Distrital de Seguridad, es un
organismo del sector central, con autonomía administrativa y financiera, que
tiene por objeto liderar la formulación,
seguimiento y ejecución de las políticas encaminadas a la garantía y
restablecimiento de los derechos de la ciudadanía en materia de seguridad. Este objetivo se desarrolla a través de la
promoción, prevención, protección y garantía de la seguridad y tranquilidad de los habitantes, la intervención directa de
las causas y manifestaciones del delito, la acción eficaz contra el crimen
organizado y el terrorismo, y la coordinación de las políticas de la
administración distrital en materia de seguridad en sus distintos niveles. La Secretaría Distrital de Seguridad, además de las
funciones generales contenidas en el Artículo 23 del Acuerdo 257 del 30 de
2006, tendrá las siguientes funciones básicas: a) Dirigir y coordinar la formulación,
implementación y evaluación de políticas, planes y programas encaminados a
preservar la seguridad, los derechos humanos y el orden público en la ciudad. b) Articular las iniciativas y procesos ciudadanos
encaminados a la prevención y disuasión del delito a través de los Frentes
Locales de Seguridad, las Juntas Zonales de Seguridad y demás mecanismos de
participación popular que se consideren pertinentes. c) Promover la celebración de acuerdos entre los
sectores público y privado para la solución integral de problemas que afecten
la seguridad o la convivencia ciudadana y velar por su cumplimiento. d) Liderar y promover las actividades desarrolladas
por la Red de Apoyo y Solidaridad Ciudadana de Bogotá. e) Formular, implementar y evaluar el Plan Integral
de Seguridad Distrital y apoyar a las localidades en la formulación de sus
planes locales de seguridad. f) Administrar el Sistema Integrado de Seguridad y
Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital y velar por su adecuada implementación, desarrollo e innovación
tecnológica, para responder efectivamente a los problemas de seguridad y/o
emergencias que se produzcan en el Distrito Capital. Las acciones
interinstitucionales se harán en coordinación con la Secretaría de Gobierno. g) Velar por la efectiva prestación del servicio de
policía y procurar la mejora oportuna en las condiciones del mismo. h) Capacitar y especializar la prestación del
servicio de policía en el Distrito Capital a través de la formación de la
fuerza pública en los asuntos que sean de su competencia. i) Coordinar las relaciones de la administración
distrital con las entidades públicas y privadas del orden internacional,
nacional, departamental y distrital, en materia de seguridad y orden público. j) Participar en el diseño, formulación,
seguimiento y evaluación de proyectos y programas de prevención y control en
seguridad ciudadana ejecutados por la Policía Metropolitana, siguiendo las
pautas que para el efecto señale el Alcalde Mayor. k) Implementar un sistema de información
actualizado, que contenga estudios geo-referenciados de criminalidad, presencia
de grupos delictivos, identificación de puntos críticos, atención de zonas
vulnerables, entre otros temas pertinentes, que sirva de base para la
formulación de políticas, planes y programas. l) Desarrollar estudios interdisciplinarios e
investigaciones sobre conflictividades urbanas y seguridad ciudadana. m) Apoyar a las alcaldías locales en la formulación
de proyectos y programas de seguridad ciudadana, siguiendo los lineamientos que
para el efecto señale el Alcalde Mayor. n) Garantizar y evaluar periódicamente el
cumplimiento del convenio establecido con la Nación para el manejo de la Cárcel
Distrital, promoviendo las mejoras administrativas y la renovación tecnológica
relacionada con los procesos de resocialización. ñ) Revisar y aprobar los anteproyectos de
presupuestos de inversión y de funcionamiento, así como los recursos del
crédito público del Sector a su cargo. ARTÍCULO 4. Integración del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad. El Sector
Administrativo de Coordinación de Seguridad está integrado por la Secretaría
Distrital de Seguridad, cabeza del Sector. ARTÍCULO 5.
Liquidación del Fondo de Vigilancia y Seguridad. Liquídese el Fondo
de Vigilancia y Seguridad como establecimiento público y constitúyase un fondo
cuenta de seguridad en los términos establecidos en la ley 418 de 1997,
prorrogada por la ley 1421 de 2010, y el decreto 399 de 2011. Su administración
estará a cargo de la Secretaría Distrital de Seguridad y actuará como ordenador
del gasto el Secretario de despacho. Su planta de personal y los recursos asignados se trasladarán a la
Secretaría Distrital de Seguridad. ARTÍCULO 6. Denominación del Sector
Administrativo de Coordinación de Gobierno, Seguridad y Convivencia. En
adelante el Sector Administrativo de Coordinación de Gobierno, Seguridad y
Convivencia se denominará Sector Administrativo de Coordinación de Gobierno y
Convivencia Ciudadana, y continuará
cumpliendo los objetivos
y funciones señalados por las
normas vigentes, salvo las que en virtud del presente acuerdo son trasladadas
al Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad. ARTÍCULO 7. Denominación de la Secretaría de
Gobierno, Seguridad y Convivencia. En adelante, la Secretaría de Gobierno,
Seguridad y Convivencia, se denominará
Secretaría de Gobierno y Convivencia Ciudadana, y continuará cumpliendo
los objetivos y
funciones señalados por
las normas vigentes, salvo las que en virtud del presente Acuerdo
son trasladadas a la Secretaría Distrital de Seguridad. PARÁGRAFO. La planta de
personal y los recursos asignados a la Subsecretaría de Asuntos para la
Convivencia y Seguridad Ciudadana, serán incorporados a la Secretaría Distrital
de Seguridad. ARTÍCULO 8.
Vigencia y derogatorias. El presente Acuerdo rige a partir de su
publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE NOTA DE PIE DE PÁGINA 1C. BOSCH, José Luis; FARRÁS, Jaume et al. Estado, Mercado y Seguridad Ciudadana:
análisis de la articulación entre la Seguridad Pública y privada en España.
En Revista Internacional de Sociología (RIS) Nº 39, Septiembre-Diciembre, 2004.
Universidad de Barcelona. Págs. 105-135. 2BELLO MONTES, Catalina. Seguridad
Ciudadana: Una mirada desde la Criminología. En Revista
Criminalidad, Seguridad rural y Urbana”. Policía Nacional de Colombia, DIJIN.
Pág. 258. 3BROTAT, Ricard. Un concepto
de seguridad ciudadana. Barcelona, Mayo de 2002. Págs.12 y 13. Recurso
electrónico. 4THOMÉ, Henrique Inácio. Victimización
y cultura de Seguridad Ciudadana en Europa. Tesis de Doctorado en
Sociología. Dir. Diego Torrente Robles. Departamento de Sociología y análisis
de las Organizaciones, Universidad de Barcelona, 2004. Pág. 52. Recurso
electrónico. 5BELLO MONTES,
Catalina. Ibid. Pág. 259. 6THOMÉ, Henrique Inácio. Ibid. Pág. 38. 7La Cosa Nostra
siciliana, las mafias norteamericanas y rusas, los cárteles de Colombia y
México, las redes criminales nigerianas, los yacuzas japoneses, las Tríadas
chinas, los traficantes de heroína turcos, las cuadrillas armadas de Jamaica,
etc. 8Grupos terroristas (FARC, Al-Qaeda, ETA, Hamas, etc.), religiosos
(católicos, carismáticos, budistas, judíos observantes, protestantes
metodistas, etc.), políticos e ideológicos (Neo-nazis, antifascistas, verdes y
ambientalistas, etc.), culturales, sindicatos, etc. 9BROTAT, Ricard. Ibid. Pág. 3. 10UN HABITAT. Libro blanco
de la seguridad ciudadana y la convivencia en Bogotá. Primera
edición. 2008. Bogotá Pg. 15. 11ARTIGAS, Carmen. Primer modulo: el
enfoque de derechos aplicado en programas sociales: una apuesta por la superación
de la desigualdad y la pobreza. En http://www.cepal.org/noticias/discursos/2/11242/Carmen_Artigas.pdf. 12UN HABITAT. Ibíd. Pág. 16. 13Tal es el caso de
hechos de violencia intrafamiliar y sexual, y una débil inserción al sistema
escolar y al mercado laboral, en especial por parte de jóvenes, hacen más
vulnerables algunos grupos sociales, lo que en ocasiones crea mayor disposición
para convertirlos en objetivo de la criminalidad emergente, bien sea como
recurso humano disponible o como grupo en riesgo de victimización. Departamento
Nacional de Planeación. Política
Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
2011. Pág. 3. 14GAMBOA RIVAS, Ángela. Una
década de políticas de seguridad ciudadana en Colombia. Tomado de http://pdba.georgetown.edu/Security/citizensecurity/Colombia/evaluaciones/decadapoliticas.pdf. Pág. 86. 15Tomado de DNP. Op. Cit. 5. 16Tomado de DNP. Op. Cit. Pg. 2-3. 17http://diarioadn.co/polopoly_fs/1.80170.1381232821!/menu/standard/file/Presentaci%C3%B3n%20Veedur%C3%ADa.pdf 18Plan de Desarrollo Distrital. Bogotá Humana |