RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 82 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No. 082 DE 2014

 

“POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS PENSIONADOS”

 

OBJETO DEL PROYECTO

 

Lo que se quiere lograr con la presente iniciativa, es la creación de un cuerpo de Bomberos, integrado por gente que se encuentre en edad de retiro laboral, buscando con esto extenderles el tiempo de productividad en la sociedad, tomando en cuenta que muchas personas  están atravesando por esta hermosa etapa de la vida, piensan en que aún tienen mucho que brindar, dado su amplia experiencia en todos los campos del saber y buscan cómo vincularse ya no de una manera preocupada por lograr una pensión, sino más bien colocar su tiempo y conocimientos adquiridos, de una manera noble al servicio de los demás, continuando de esta forma su existencia de una manera pausada pero activa dentro de la dinámica social.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

La situación de jubilación puede proporcionar una importante materia de reflexión para aquellos que, encargándose de la gestión de los recursos humanos, están obligados a acompañar a las personas en procesos complejos y, a veces, problemáticos como los provocados por el abandono de su rol laboral por una jubilación anticipada. En estas circunstancias, es importante ayudar a la persona a ser consciente de sus recursos, y por lo tanto, del apoyo social que recibe, para poder prever una estrategia para superar la transición de trabajo. La necesidad de considerar la jubilación como una transición que involucra no sólo al ámbito de la vida profesional, sino que también implica  la necesidad de modificar el equilibrio entre las esferas de la vida1

 

Es importante que el gobierno Distrital mire hacia este grupo poblacional, que lejos de tener todo resuelto en la vida, como pudiera llegar a pensarse, es precisamente la gente que está en edad de retiro, un grupo que cuando se llega el tiempo de enfrentar esta nueva etapa  sufre el asalto de varias preguntas y sentimientos que años atrás no se contemplaban en el panorama diario, como por ejemplo ¿y ahora que voy a hacer durante todo un día? Aparejado a este interrogante vienen sentimientos de tristeza, un duelo interno por la pérdida de no se sabe exactamente qué, pero que parece incrementar con el paso de los días generando en muchos casos alteraciones de orden comportamental, causando todo tipo de traumatismos en su dinámica social, familiar y consigo mismo, un miedo que se instala en lo profundo del corazón como un inquilino molesto con el cual no se aprende a convivir nunca y del cual todos los días se quisiera prescindir.

 

Dentro de las principales propuestas y líneas de acción para tener como estrategia en cuanto a los programas de retiro laboral, el antiguo Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con la asesoría del centro de Psicología Gerontológica, han propuesto algunas metodologías, las cuales pueden servir para el desarrollo de programas como el que se quiere implementar mediante la creación del cuerpo de bomberos pensionados voluntarios en el Distrito Capital:

 

El retiro laboral implica, entender el curso integral de la vida humana en términos de desarrollo personal, laboral y social permanente, estos son algunos supuestos básicos a tener en cuenta, llegado el momento:

 

*Asumir la vida como un proceso de continuidad de cambios.

*Tener en cuenta la influencia de los eventos normativos relacionados con la edad y con la historia.

*Considerar el retiro del empleo, no del trabajo como una de tantas situaciones de cambio.

*Incluir aspectos relacionados con el mejoramiento de la calidad de vida en los nuevos proyectos de vida.

*Contemplar las dimensiones de la vida: salud, relaciones interpersonales, el tiempo, las actividades, los ingresos y el conocimiento de la normatividad como elementos fundamentales del retiro laboral.2

 

Con el desarrollo de este proyecto, de igual manera se pretende fortalecer la participación ciudadana y el empoderamiento de la comunidad mediante la construcción de una ciudadanía responsable, que planteé medidas preventivas para el manejo de las condiciones que afectan sus entornos, mejore la capacidad de respuesta ante la ocurrencia de afectaciones y contemple medidas para su recuperación, lo cual, apuntará al conocimiento del riesgo por parte de las comunidades.

 

El eje tres del Plan de Desarrollo, Una Bogotá que defiende y fortalece lo público como fundamento del Estado Social de derecho, significa para Bogotá Humana garantizar en distintos ámbitos, procesos de participación que promuevan la organización, la deliberación y la toma de decisiones amplia e informada de la ciudadanía en la gestión de la ciudad, fortaleciendo la democracia, trabajando por la construcción de paz, promoviendo un enfoque de seguridad humana y convivencia, impulsando el uso transparente y responsable del patrimonio y los recursos de la ciudad3. Como se verá más adelante, este proyecto tiene  todo de loable, pues a la vez que promueve la integración de un sector de la población, así mismo fortalece la misión y visión de lo público como algo amable y al servicio de la comunidad, en este caso a través de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos.

 

La ley 1575 de  2012 menciona en su artículo 3, como competencias del nivel nacional y territorial, que los entes territoriales deben garantizar la inclusión de políticas estratégicas, programas, proyectos y la cofinanciación para la gestión integral del riesgo contra incendios, rescates y materiales peligrosos en los instrumentos de planificación territorial e inversión pública, y en su artículo 22 menciona las funciones dentro de las cuales en su letra b, incluye el desarrollo de todos los programas de prevención.

 

De igual forma, la ley 1523 de 2012, que en su artículo 1, menciona “De la gestión del riesgo de desastres. La gestión del riesgo del riesgo de desastres, en adelante la gestión del riesgo, es un proceso social orientado a la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, estrategias, planes programas, regulaciones, instrumentos, medidas y acciones permanentes para el conocimiento y la reducción del riesgo y para el manejo de desastres, con el propósito explícito de contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible.

 

La ley 720 por medio de la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos Colombianos, tiene por objeto promover, reconocer y facilitar la Acción Voluntaria como expresión de la participación ciudadana, el ejercicio de la solidaridad, la corresponsabilidad social, reglamentar la acción de los voluntarios en las entidades públicas o privadas y regular sus relaciones.

 

De ahora en adelante y con el ánimo de transmitir todo el sentido humano del proyecto, es necesario entender algunos conceptos que a continuación se mencionan a manera de información.

 

Voluntariado: Es el conjunto de acciones de interés general desarrolladas por personas naturales o jurídicas, quienes ejercen su acción de servicio a la comunidad en virtud de una relación  de carácter civil y voluntario.4

 

*Voluntario: Es toda persona natural que libre y responsablemente, sin recibir remuneración de carácter laboral, ofrece tiempo, trabajo y talento para la construcción del bien común en forma individual o colectiva, en organizaciones públicas o privadas o fuera de ellas.

 

Actividades de interés general: Se entiende por actividades de interés general, las asistenciales de servicios sociales, cívicas, de utilización del ocio y el tiempo libre, religiosas, educativas, culturales, científicas, deportivas, sanitarias, de cooperación al desarrollo, de defensa del medio ambiente , de defensa de la economía , o de la investigación y similares que correspondan.5

 

El voluntariado por supuesto, tiene unos principios que lo rigen y encausan, a continuación se exponen los contenidos en la Ley 720 de 2001 que como se ha mostrado, muestra los derroteros iniciales sobre la labor del voluntariado.

 

Principios de la acción voluntaria:

 

*La libertad como principio de acción tanto de los voluntarios como de los destinatarios, quienes actuarán con espíritu de unidad y cooperación;

 

*La participación como principio democrático de intervención directa y activa de los ciudadanos en las responsabilidades comunes, promoviendo el desarrollo de un tejido asociativo que articule la comunidad desde el reconocimiento de la autonomía y del pluralismo;

 

*La solidaridad como principio del bien común, que inspira acciones a favor de personas y grupos, atendiendo el interés general y no exclusivamente el de los miembros de la propia organización;

 

*El compromiso social que orienta una acción estable y rigurosa, buscando la eficacia de sus actuaciones como contribución a los fines de interés social;

 

*La autonomía respecto a los poderes públicos y económicos que amparará la capacidad crítica e innovadora de la acción voluntaria;

 

Son fines del voluntariado:

 

*Contribuir al desarrollo integral de las personas y de las comunidades, con fundamento en el reconocimiento de la dignidad de la persona humana y la realización de los valores esenciales de la convivencia ciudadana a saber: La vida, la libertad, la solidaridad, la justicia y la paz;

 

*Fomentar, a través del servicio desinteresado, una conciencia ciudadana generosa y participativa para articular y fortalecer el tejido social.

 

A continuación se expondrá lo atinente al componente principal en donde se desarrollará e integrará el capital humano  de esta iniciativa, esto es todo lo referente al cuerpo de Bomberos aunado al voluntariado.

 

La gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio Colombiano, en especial, los Municipios, o quien haga sus veces, los Departamentos y la nación. Esto sin perjuicio de las atribuciones de las demás entidades que conforman el sistema nacional para la prevención y atención de desastres.6

 

Es deber del Estado asegurar la prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional, en forma directa a través de Cuerpos de Bomberos Oficiales, Voluntarios.

 

Las instituciones organizadas para la prevención, atención y control de incendios, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades inherentes a su actividad y la atención de incidentes con materiales peligrosos, se denominan Cuerpos de Bomberos. 7

 

*Los cuerpos de Bomberos Voluntarios: Son aquellos organizados como asociaciones sin ánimo de lucro, de utilidad común y con personería jurídica expedida por las secretarías de gobierno departamentales, organizadas para la prestación del servicio público, para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, en los términos del artículo segundo de la presente ley y con certificado de cumplimiento expedido por la dirección Nacional de Bomberos.

 

Para la creación de un Cuerpo de Bomberos se requiere:

 

*El cumplimiento de los estándares técnicos y operativos nacionales e internacionales determinados por la Dirección Nacional, de acuerdo con las recomendaciones de la Junta Nacional de Bomberos;

 

*Concepto técnico previo, favorable de la Junta Departamental o Distrital respectiva;

 

*Para el caso de los Bomberos Aeronáuticos deberán cumplir con las normas, requisitos y condiciones establecidos por la Autoridad Aeronáutica en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia ( RAC)

 

El voluntariado, obedece a una vocación de servicio innata, no es algo que sea susceptible de adquirir con dinero pues es precisamente su espíritu libre de codicia y reconocimiento lo que lo hace loable y enaltece la labor, el voluntario hombre o mujer, adulto o viejo , ha de reunir unas aptitudes, características , actitudes , motivaciones y valores básicos que le permitan realizar su cometido, las tareas que se le encomienden con la suficiencia necesaria, requieren las personas con que va a trabajar y la importancia de los problemas que deberá afrontar.8

 

Antonio García Rubio, enumera diez espejismos del voluntariado. En realidad son motivaciones no válidas para ser voluntario. Son éstas:

 

*La buena voluntad de hacer algo por los demás

*El tiempo libre a disposición de los necesitados

*La moda de ser voluntario

*El sentimentalismo

*Las carencias afectivas

*La mala conciencia

*Una organización brillante y exclusiva

*La conciencia de seguridad que proporciona la pertenencia a determinados grupos

*Los líderes carismáticos o aduladores

*Una persona notable que lo sugiere

 

*APTITUDES

 

*Condiciones físicas, morales y psicológicas sanas, que le permitan dedicar sus mejores esfuerzos al servicio voluntario

*Disponibilidad de tiempo para dedicarlo a las labores del voluntariado

*Formación humana básica que le permita desenvolverse apropiadamente en su medio social y cultural

*Disposición para formarse en el servicio del voluntariado, en los diferentes niveles.

 

*ACTITUDES

 

Las actitudes tienen que ver con  la disposición general de la persona para el servicio

 

*Amor, respeto y aceptación del otro sin discriminación

*Discreción sobre los asuntos que tenga conocimiento durante el servicio

*Acogida abierta al diálogo sincero

*Amabilidad sin ser paternalista ni crear dependencia No hacer del servicio un asunto personal, ni aceptar regalos o privilegios

*Sentido de la justicia y de la común igualdad como seres humanos

*Preferencia por los más débiles y necesitados

 

Este conjunto básico de aptitudes y actitudes puede ser enriquecido por otras que, de acuerdo con la clase de servicio que preste la organización del voluntariado, se hagan necesarias. Por ejemplo: Paciencia y perseverancia para el trabajo con personas que tienen limitaciones físicas o mentales.

 

*CONOCIMIENTOS

 

*Dependerán, estarán en relación con el medio en el cual ha de moverse y con el trabajo concreto que ha de realizar.

 

*HABILIDADES

 

*Las habilidades son la capacidad de aplicar los conocimientos a la vida real: Es saber hacer. Conviene, por tanto, identificar cuáles son esos conocimientos y habilidades y establecer una forma de conocer si el candidato cuenta con los mínimos necesarios.

 

*ALGUNOS DERECHOS

 

*Estar informado sobre los objetivos, políticas y programas de la institución, particularmente las concernientes al campo de trabajo en el cual labora

*Recibir la formación y capacitación necesarias

*Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de los programas

*Contar con las medidas de protección necesarias

 

*ALGUNOS DEBERES

 

*Preparar, realizar y evaluar, con especial cuidado , las acciones que le correspondan

*Cumplir los compromisos adquiridos

*Trabajar en equipo

*Considerar como confidencial toda información a que tenga acceso en el cumplimiento de sus tareas como voluntario

 

El cuerpo oficial de bomberos de Bogotá, es una entidad especializada, con 118 años de historia, enfocada en garantizar la seguridad y protección de la vida y el patrimonio de los habitantes del Distrito Capital. Están establecidos como responsables de la dirección, coordinación y atender, en forma oportuna, las distintas emergencias relacionadas con incendios, explosiones y calamidades conexas. A partir de la puesta en marcha del Acuerdo 257 de 2006, la unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá D.C se estableció como una unidad Administrativa Especial del orden distrital, del sector central, sin personería jurídica.

 

Su misión es proteger la vida, el ambiente y el patrimonio de la población  de Bogotá D.C , mediante la atención y gestión del riesgo en incendios, rescates, incidentes con materiales peligrosos y otras emergencias, de manera segura, eficiente, con sentido de responsabilidad social, fundamentadas en la excelencia institucional del talento humano, su visión es ser para el 2020 el cuerpo de Bomberos referente en América, tanto para los sectores público y privado, por su servicio, su excelencia institucional y estándares de clase mundial, como objetivos estratégicos tienen la enorme responsabilidad de responder de manera efectiva y segura ante incendios, incidentes con materiales peligrosos y casos que requieran operaciones de rescate, así como en las demás situaciones de emergencia que se presenten en Bogotá D.C además de dar apoyo en los ámbitos regional, nacional e internacional.

 

*Generar corresponsabilidad del riesgo mediante la prevención, mitigación transferencia y preparación con la comunidad ante el riesgo de incendios, incidentes con materiales peligrosos y rescates en general,

 

*Consolidar la gestión del conocimiento a través del modelo de gestión del riesgo y sus líneas de acción

 

*Fortalecer la capacidad de gestión y desarrollo institucional e interinstitucional, para consolidar la modernización de la UAECOB y llevarla a la excelencia.9

 

Valores como la probidad, respeto, responsabilidad, solidaridad, trabajo en equipo, servicio. Objetividad, lealtad, eficiencia, equilibrio y armonía laboral respaldan la valerosa labor de nuestros bomberos y son estos el resultado de años de dedicación, abnegación y paciencia que hoy se ven recompensados en el ideario social quien tiene a la UAECOB como una entidad prestante y sólida que día a día busca como es debido, oportunidades de crecimiento y fortalecimiento a través de programas precisamente como el que hoy se plantea y que se espera se vea con el mismo sentido humanitario con el cual es concebido, y es precisamente la UAECOB el escenario único donde pudiera germinar esta idea.

 

VALORES DEL CUERPO DE BOMBEROS PENSIONADOS VOLUNTARIOS

 

El cuerpo General de Bomberos Pensionados voluntarios de Bogotá, estará integrado en sus filas por hombres y mujeres de toda condición social y económica, sin distingo de raza ni credo. Estará conformado por personas que se encuentren en edad de retiro laboral que tengan un común denominador: el deseo de servir.

 

Pero este deseo de servir, así como deseo solamente, no es suficiente para ser aceptado como bombero pensionado voluntario, hay otros valores que el Cuerpo de Bomberos Pensionados cultivará entre sus miembros, por ejemplo:

 

LA VOCACIÓN DE SERVICIO

 

Es una condición esencial y fundamental en el bombero pensionado voluntario bogotano. El voluntariado es la característica principal de la institución, porque el bombero pensionado voluntario da de si sin pensar en si. Sin duda alguna, no hay mejor ejemplo de solidaridad humana que la labor que realiza un voluntario, sin importar condición social, el voluntariado es universal.

 

FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES

 

ARTÍCULO 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

 

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara medidas a favor de grupos discriminados o marginados.

 

El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

 

ARTÍCULO  2.Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

 

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

 

Ley 1251 de 2008 “por la cual se dictan normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores”

 

“ARTICULO 46. El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria.

 

Ley 100 de 1993

 

Artículo 262. Servicios Sociales Complementarios Para la Tercera Edad

 

El Estado a través de sus autoridades y entidades, y con la participación de la comunidad y organizaciones no gubernamentales prestarán servicios sociales para la tercera edad conforme a lo establecido en los siguientes literales:

 

a) En materia de educación, las autoridades del sector de la educación promoverán acciones sobre el reconocimiento positivo de la vejez y el envejecimiento.

 

b) En materia de cultura, recreación y turismo , las entidades de cultura, recreación, deporte y turismo que reciban recursos del Estado deberán definir e implantar planes de servicios y descuentos especiales para personas de la tercera edad.

 

c) El ministerio de trabajo y Seguridad Social promoverá la inclusión dentro de los programas regulares de bienestar social de las entidades públicas de carácter nacional y del sector privado el componente de preparación a la jubilación.

 

DECRETO 36 DE 1998

 

“Por el cual se reglamenta el literal c) del artículo 262 de la ley 100 de 1993”

Literal c) Del artículo 262 de la ley 100 de 1993. Servicios Sociales Complementarios Para la tercera edad. El Estado a través de sus autoridades y entidades, y con la participación de la comunidad y organizaciones no gubernamentales prestarán servicios sociales para la tercera edad conforme a lo establecido en los siguientes literales: c) El ministerio de trabajo y Seguridad Social promoverá la inclusión dentro de los programas regulares de bienestar social de las entidades públicas de carácter nacional y del sector privado el componente de preparación a la jubilación.

 

Artículo 1. La Dirección técnica de seguridad social-División de Estudios Sociales o la dependencia del Ministerio de trabajo y seguridad social que haga sus veces, tendrá como actividad permanente la promoción de la inclusión del componente de preparación a la jubilación, denominado Política de Prerretiro Marco ( PPM) , dentro de los programas de bienestar de los trabajadores.

 

Artículo 2. La Política de Prerretiro Marco ( PPM) implica acciones y medios que hagan posible la planificación, la administración y la evaluación constante de la vida, teniendo en cuenta aspectos fundamentales como la salud física y psicológica, la administración económica y financiera, el manejo creativo del tiempo libre y el conocimiento de la normatividad vigente, particularmente la relacionada con las normas constitucionales, las leyes laboral y de seguridad social y las demás que contribuyan al conocimiento integral de las obligaciones y derechos de trabajadores y empleadores, así como de las instancias de reclamación y denuncia respectivas.

 

Se buscará que las acciones correspondientes se integren a la filosofía, misión y plan de desarrollo de cada entidad.

 

Ley 720 de 2001 “ Por medio de la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos”

 

Ley 1575 de 2012 “ Por medio de la cual se establece la ley general de Bomberos de Colombia”

 

DECRETO 345 DE 2010

Por medio del cual se adopta la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital.

 

IMPACTO FISCAL

 

La Administración Distrital asumirá el impacto fiscal del proyecto de acuerdo, esto en concordancia con lo estipulado en el Plan de Desarrollo en su artículo 11 Programa Lucha Contra Distintos Tipos De Discriminación y Violencias por Condición, Situación, Identidad, Diferencia, Diversidad o Etapa Del Ciclo Vital numeral 6, en donde la Secretaría de Integración Social es la encargada de liderar el rediseño y la implementación de la Política Pública para el envejecimiento y la vejez en el Distrito Capital.

 

COMPETENCIA

 

Decreto ley 1421 de 1993

 

Artículo 3 “OBJETO.  El presente estatuto político, administrativo y fiscal tiene por objeto dotar al Distrito Capital de los instrumentos que le permitan cumplir las funciones y prestar los servicios a su cargo; promover el desarrollo integral de su territorio; y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes.

 

Artículo 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y la ley:

 

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

 

Por lo anteriormente expuesto, presento a consideración de los Honorables Concejales el proyecto de acuerdo: “POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS PENSIONADOS”

 

Cordialmente,

 

 

 

LILIANA DE DIAGO

Concejal de Bogotá

 

 

ORIGINAL NO FIRMADO

CLARA LUCIA SANDOVAL

Concejal de Bogotá

NELLY PATRICIA MOSQUERA

Concejal de Bogotá

 

 

JIMENA TORO

Concejal de Bogotá

JAVIER PALACIO MEJIA

Concejal de Bogotá

 

 

FELIPE MANCERA ESTUPIÑAN

Concejal de Bogotá

SEVERO CORREA

Concejal de Bogotá

 

JORGE DURAN SILVA

Concejal de Bogotá

 

 

PROYECTO DE ACUERDO No. ___  DE 2014

 

“POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS PENSIONADOS”

 

El Concejo de Bogotá Distrito Capital

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 en sus artículo 3 y 12, Ley 1575 del 2012 y demás normas concordantes.

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1.- Crease el Cuerpo de Bomberos  Voluntarios Pensionados en Bogotá D.C, el cual operará bajo la dirección de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial Bomberos Bogotá.

 

ARTÍCULO 2.- La Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial Bomberos Bogotá, en colaboración con la Secretaría de Gobierno y el FOPAE/IDGER coordinarán el diseño del programa para ingresar al Cuerpo de Bomberos  Voluntarios Pensionados, tomando como marco y dando estricto cumplimiento a la ley 1575 de 2012 y demás normas concordantes.

 

Dado en Bogotá D.C. a los…. días del mes de…  del año dos mil diez (2014).

 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

 

M E M O R A N D O

 

 

Para:

Doctor Luis Alfredo Cerchiaro Daza,

Secretario General Concejo de Bogotá

 

De:

Honorable Concejal

 

Asunto:

Presentación proyecto de acuerdo

 

 

De conformidad a lo establecido en el Acuerdo 348 de 2008, me permito presentar  el proyecto de acuerdo “POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS PENSIONADOS”. Para que usted ordene a quien corresponda el respectivo tramite dentro de la Corporación.

 

 

Cordialmente,

 

 

LILIANA GRACIELA GUAQUETA  DE DIAGO

CONCEJAL DE BOGOTÁ

 

Proyecto: Sandra Forero

 

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

 

1Facultad de psicología, Universidad de Bologna, Italia, Revista de Psicología del Trabajo y de las Organizaciones, versión impresa ISS 1576-5962

 

2Secretaría de hacienda. Ref: 2009EE229710

3Plan de Desarrollo Bogotá Humana 2012-2016

 

4Ley 720 de 2001 Art. 3

 

5Ley 720 de 2001 Art. 4

 

6Ley 1575 de 2012 Art. 1

7Ley 1575 de 2012 Art 17 y siguientes

 

8Pastoral de la salud..temas de formación por Basilio Pérez de Mendiguren

 

9Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial De Bomberos Pág. Principal e