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Proyecto de Acuerdo 9 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo de Bogotá
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 009 DE 2002

"POR EL CUAL SE IMPLEMENTA LA CÁTEDRA DE TURISMO Y CULTURA CIUDADANA EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EN BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL".

Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 54 de 2004

El turismo es una de las realidades socioeconómicas sobresalientes de los últimos decenios y será uno de los ejes al rededor del cual va a girar la actividad de los hombre y las mujeres en el advenimiento de la postmodernidad y según la estimación de la OMT (Organización Mundial del Turismo) uno de cada diez puestos de trabajo en el mundo será generado, directa o indirectamente, por esta actividad.

En Colombia la historia del Turismo se parte en dos: antes y después de la LEY GENERAL DE TURISMO – Ley 300 de 1996, con la cual se sientan las bases para el desarrollo armónico del Turismo Nacional suministrando las herramientas que permitan emprender profundas reformas en el aparato institucional, así como el diseño de instrumentos que facilitan el conocimiento a fondo de los mercados y la fundamentación de acciones en la PLANEACION y defensa del proceso de DESCENTRALIZACIÓN TURISTICA y en mejorar la competitividad de nuestros PRODUCTOS TURISTICOS.

Se requiere para ello el pleno convencimiento nuestro de que podemos lograr mejorar sustancialmente tanto en el diseño de los productos como en su promoción y comercialización, sumando a las ventajas comparativas las ventajas competitivas en el contexto de una economía globalizada.

Con la Ley General de Turismo se dotó al sector de una herramienta moderna de gestión y se inició la etapa de despegue definitivo del Turismo Nacional. Al mismo tiempo se emprende un ejercicio de concertación sostenida , demostrando que la necesidad de aunar esfuerzos para alcanzar los grandes propósitos del sector; es perfectamente posible mediante acciones compartidas como resultante de los acuerdos de competitividad que se adelantan entre el Estado, el sector privado y la comunidad, los cuales se desenvuelven en el marco de los Derechos y los Deberes dentro del mismo espíritu que inspiró la Constitución de 1991. Por lo tanto resulta difícil hablar de CALIDAD Y COMPETITIVIDAD, sin que exista una perfecta dinámica entre el prestador de servicios, el consumidor que los demanda y el estado como garante del respeto mutuo.

"En la legislación Colombiana los conceptos de DESCENTRALIZACIÓN, DESCONCETRACION y DELEGACION, se abordan en diversos contextos: en lo referente a la DESCENTRALIZACIÓN , en su acepción general, la sentencia de la Corte Constitucional C-561 de 1999 establece: "ante todo , ha de precisarse por la Corte que en el fenómeno jurídico de la Descentralización, se produce un traslado de asuntos que serían de conocimiento de la autoridad central, a las autoridades territoriales o a la administración a otras autoridades a quienes se confía el desempeño de labores especializadas, de tal suerte que la decisión administrativa en los dos casos no se adopta por la autoridad central, sino por un ente territorial o por la entidad prestadora del servicio o encargada del ejercicio de funciones administrativas.

Para lo relacionado por el Turismo existe el convencimiento de la suma importancia del papel que las REGIONES desempeñan en su desarrollo. Sin embargo no se han dado verdaderos procesos de descentralización.

La dinámica generada por la Constitución de 1991 indujo grandes cambios en el sector. La formulación de políticas y el fortalecimiento de la planificación permitieron al nivel nacional plantear una proyección territorial instrumentalizada con herramientas de carácter técnico. La normativa actual muy respetuosa de la descentralización en tanto que la Ley 300 de 1996 parte de unos principios y de unos esquemas que buscan un desarrollo armónico del sector en todos los niveles."

En su Artículo 2 consagra la descentralización como uno de sus principios básicos y la define en los siguientes términos: "En virtud del cual la actividad turística es responsabilidad de los diferentes niveles del Estado en sus áreas de competencia y desarrolla por las empresas privadas y estatales, según los respectivos ámbitos de acción."

En el Artículo 14, establece: "Los Departamentos, Distritos, Municipios, Territorios Indígenas, así como las Regiones y Provincias a las que la Ley diese el carácter de entidades territoriales, ejercerán sus funciones constitucionales y legales relacionadas con el turismo de manera coordinada y armónica, con sujeción a las normas de carácter superior y a las directrices de la política nacional turística, a fin de garantizar un manejo unificado, racional y coherente del turismo."

Es necesario que exista entre todos los estamentos de nuestra nación una plena conciencia de la importancia derivada de un pleno desarrollo de la industria turística nacional, que como tal arrastra a otros segmentos de la economía nacional y se convierte en la mejor alternativa como solución a graves problemas tales como el desempleo, la inseguridad, la educación, etc., Más sin embargo no obstante una abundante riqueza de recursos susceptibles de usos turísticos, biodiversidad privilegiada, gran riqueza cultural y ubicación geográfica destacada para que se genere un desarrollo turístico importante, en el turismo, como en los demás sectores de bienes y servicios, no es suficiente la existencia de "VENTAJAS COMPARATIVAS", sino que hay que CONSTRUIRLAS.

Si definimos el término COMPETITIVIDAD como "la capacidad de una industria para alcanzar, en relación con sus competidores, una rentabilidad de sus inversiones superior al promedio, en tal forma que sea sostenible en el tiempo"

El proceso de descentralización debe complementarse con un proceso de apertura de la economía, el cual se consolidó con la participación del país en la Organización Mundial del Comercio (O.M.C.) lo cual implica en materia de servicios, incluidos los turísticos, la liberación de los mismos y el sometimiento a reglas como la no discriminación y el trato nacional.

En materia turística las autoridades nacionales ya no serán más quienes en adelante otorguen todos los beneficios para el desarrollo turístico sino que muchas de estas responsabilidades se trasladan a las entidades territoriales así como la participación más activa del sector privado en la promoción de inversiones y negocios contando con la colaboración de la inversión extranjera, es así entonces como el artículo 20 numeral 9.3 de la Ley 188 de 1995, incluye la industria turística en el Plan de Desarrollo y sus acciones se enfocan al fortalecimiento de la competitividad, generando las condiciones favorables para el desarrollo y preservando los valores sociales, culturales y ambientales. El turismo entonces juega un papel fundamental, como modelo de desarrollo alternativo del país y se basa en la equidad y la solidaridad.

El primer elemento generado desde la Ley General del Turismo es su inclusión en el Plan Nacional de Desarrollo, a partir del cual las políticas turísticas, tal como se deduce del documento producido por el Ministerio de Desarrollo Económico: "POLITICA TURISTICA PARA UNA SOCIEDAD QUE CONSTRUYE LA PAZ", busca corregir con medidas horizontales los aspectos más imperfectos del mercado, tales como los relacionados con la tecnología y la capacitación adecuada del recurso humano.

En consecuencia y como segundo elemento en diciembre de 1995 se firmó una Declaración de Voluntades, en virtud de la cual se vienen suscribiendo los Acuerdos Sectoriales de Competitividad Turística entre el gobierno, los empresarios y los trabajadores del sector, buscando con ello hacerlo más competitivo en el mediano y largo plazo, mientras que para las soluciones a corto plazo se han creado otros foros de discusión en donde se estudian y proyectan soluciones no precisamente para los problemas coyunturales.

Como tercer elemento debemos tener en cuenta que quienes realmente compiten en los mercados internacionales son los ámbitos locales y no los países, por lo tanto los Acuerdos Sectoriales de Competitividad realizados no ya a nivel global sino por clusters, es decir conglomerados de oferta ubicados en zonas homogéneas y cuyos elementos están relacionados entre sí y orientados hacia un segmento (Grupos específicos de personas que demandan determinados productos: "negocios, sol y playa, viajes de incentivo, turismo especializado: ecológico, religioso, etc.), siguiendo la metodología de Monitor; estudio realizado por la firma "Proyectos & Inversiones" seleccionada en concurso público y cuyo trabajo fundamental comprende tres fases sucesivas:

1.- Identificación y evaluación de nuestros principales productos turísticos existentes y por desarrollar y las zonas donde son o podrían ser ofrecidos. En esta fase se analizo el contexto en el que se han desenvuelto el sector, la visión del mundo empresarial y la evaluación y resultados que se han obtenido de la actuación.

2.- Con base en los productos identificados, se analizó el entorno competitivo teniendo en cuenta los factores de producción, la infraestructura, los sectores conexos, la estrategia, estructura y rivalidad de las empresas y el papel de los Gobiernos Nacional y Territoriales como proveedores de una plataforma de competitividad de los clusters identificados.

3.- La última fase comprende la puesta en marcha del Plan estratégico, su evaluación y seguimiento.

En consecuencia y como estrategia relativa a la estructura del sector, en el Acuerdo de competitividad sectorial se decidió la creación y el fomento de programas educativos dirigidos a la población nacional tendiente a generar toda una cultura de seguridad turística (pag. 91, tomo III, Estudio de Competitividad del Sector Turismo).

Al mismo tiempo este esquema halla respaldo en la Ley General de Educación (Ley 115 de 1.994), que al regular la educación básica señala entre sus objetivos:

"ARTÍCULO 20. Objetivos generales de la educación básica: Son objetivos generales de la educación básica:

"a) Propiciar una formación general mediante el acceso, de manera crítica y creativa, al conocimiento científico, tecnológico, artístico y humanístico y de sus relaciones con la vida social y con la naturaleza, de manera tal que prepare al educando para los niveles del proceso educativo y para su vinculación con la sociedad y el trabajo;

d) Propiciar el conocimiento y comprensión de la realidad nacional para consolidar los valores propios de la nacionalidad colombiana tales como la solidaridad, la tolerancia, la democracia, la justicia, la convivencia social, la cooperación y la ayuda mutua;"

Por su parte en el literal f) del artículo 21 se establece como objetivo específico:

"f) La comprensión básica del medio físico, social y cultural en el nivel local, nacional y universal, de acuerdo con el desarrollo intelectual correspondiente a la edad;

De los apartes transcritos de la Ley General de la Educación se desprende que el tema cultural, dentro del cual se abriga al turismo, no es ajeno a la preocupación del Estado a través de sus entes administrativos y legislativos y antes bien por el contrario propugna por su desarrollo a partir de la educación de la niñez y la juventud inculcando valores que arraiguen el sentido de pertenencia y amor hacia todos los aspectos que conforman el patrimonio cultural nacional y local.

De otra parte no está por demás recordar que la competencia para regular aspectos como la materia de este Proyecto de Acuerdo radica en el Concejo. Así se desprende de la lectura del artículo 150 de la citada Ley 115, además de lo dispuesto en los numerales 1 y 13 del artículo 12 del D.L. 1421 de 1.993.

En efecto, consagra el artículo 150: "Las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales y municipales, respectivamente, regulan la educación dentro de su jurisdicción, en los términos de la Ley 60 de 1.993 y la presente Ley"

CONCLUSIONES

"La política de turismo, que por iniciativa del Ministerio de Desarrollo Económico se construyó bajo un esquema participativo, estableció la competitividad como objetivo superior de la misma fundamentada en un tratamiento sostenible del turismo y comprende elementos verticales y horizontales".

Esta concepción sistémica entrelaza los principales programas y políticas de gobierno, en un intento por alcanzar formulaciones integrales que superen situaciones tan complejas como la nuestra.

Por una concepción de bienestar, organizada alrededor del tiempo libre de los ciudadanos, para quienes su calidad de vida se hace más importante cada día, el sector turístico se viene preparando para afrontar los retos económicos, políticos y sociales de nuestro presente y futuro, ceñido a las directrices diseñadas y contenidas en el documento: "Política Turística para una sociedad que construye la Paz", en cuya propuesta como elemento transversal para alcanzar la COMPETITIVIDAD, propone la generación de una verdadera CULTURA TURISTICA que intensifique nuestro sentido de nacionalidad creando un verdadero sentido de permanencia, protección al turista, a nuestro patrimonio, al medio ambiente, conscientes de que el crecimiento ordenado de esta industria conlleva a un verdadero bienestar y desarrollo social.

Por eso propongo que en nuestro Distrito Capital y como ejemplo a seguir en todo el Territorio Nacional, SE IMPLEMENTE LA CATEDRA DE TURISMO Y CULTURA CIUDADANA, en todos los establecimientos educativos del Distrito, para que desde ya empecemos a forjar en nuestra niñez y juventudes el futuro de la más promisoria industria en el presente siglo, desde donde ellos puedan preparar su orientación profesional como parte activa en el desarrollo de esta industria.

De otra parte, el conocimiento de los sitios turísticos de la ciudad redunda en un mayor conocimiento de los valores culturales de la Capital, lo que a su vez se traduce en aprecio cierto de lo propio, que los abuelos expresaban como "amor al terruño", y genera el necesario sentido de pertenencia que deben tener los Bogotanos por su ciudad.

MISAEL DIAZ NOVOA

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO DE 2.002

"POR EL CUAL SE IMPLEMENTA LA CÁTEDRA DE TURISMO Y CULTURA CIUDADANA EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EN BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en el Artículo 12 numeral 1º del Decreto Ley 1421 de 1993.

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO. Adóptese la Cátedra de Turismo y Cultura ciudadana en los establecimientos de educación básica y secundaria del Distrito Capital.

ARTICULO SEGUNDO. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior la Secretaria de Educación implementará a partir de la vigencia del presente Acuerdo la Cátedra de Turismo y Cultura Ciudadana, en cumplimiento además a lo dispuesto en los artículos 151 y 152 de la Ley 115 de 1.994.

ARTICULO TERCERO. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

Dado en Bogotá, a los días del mes de de dos mil dos (2.002).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE