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Decreto 314 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/07/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/07/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5403 de julio 29 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 314 DE 2014

(Julio 28)

 Derogado por el art. 6, Decreto Distrital 600 de 2014.

Por el cual se modifica la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Hacienda”

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 591 del 29 de diciembre de 2009, “Por el cual se adoptan medidas administrativas para la terminación y entrega del proceso liquidatorio del Fondo de Educación y Seguridad Vial, FONDATT En Liquidación y se dictan otras disposiciones” en su artículo 3° ordenó el traslado de 10 cargos del Fondo de Educación y Seguridad Vial FONDATT en liquidación a la Secretaria Distrital de Hacienda, mientras cesaba la situación especial de protección constitucional y legal que impedía el efectivo retiro del servicio.

Que entre los empleos trasladados del Fondo de Educación y Seguridad Vial.- FONDATT a la Secretaría Distrital de Hacienda mediante el Decreto 591 de 2009, no se incluyó el cargo de Profesional Universitario código 219 grado 13, desempeñado por la señora YUBBI LILIANA DEL PILAR ROMERO DELGADO en calidad de provisional quien se encontraba en situación especial de protección constitucional por ser madre cabeza de familia, según quedó demostrado en el proceso de acción de nulidad y restablecimiento del derecho.

Que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección “E” Sala de Descongestión mediante providencia del 3 de diciembre de 2013, dentro de la Acción de nulidad y Restablecimiento del Derecho confirmó parcialmente la sentencia proferida por el Juzgado Quinto (5°) Administrativo de Descongestión del Circuito de Bogotá y ordenó el reintegro de la señora YUBBI LILIANA DEL PILAR ROMERO DELGADO, ex funcionaria del Fondo Educación y Seguridad Vial “Fondatt”, cuyo cargo fue suprimido mediante Resolución 1986 de 2009 emitida por la Gerente Liquidadora. El citado fallo ordenó lo siguiente:

PRlMERO.- CONFÍRMASE parcialmente la sentencia del catorce (14) de octubre de dos mil once (2011), proferida por el Juzgado Quinto (5°) Administrativo de Descongestión del Circuito de Bogotá, mediante la cual accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, por lo expuesto en la parte motiva.

SEGUNDO.- MODIFÍQUENSE los ordinales segundo y tercero de la parte resolutiva de la sentencia antes reseñada, los cuales quedarán, así:

SEGUNDO: DECLÁRASE la nulidad de las Resoluciones Nos. 1986 de 29 de diciembre de 2009 y 484 de 30 de diciembre del mismo año, por medio de las cuales en su orden, la Gerente Liquidadora del Fondo de Educación y Seguridad Vial FONDATT en liquidación, suprimió los empleos de la planta de personal del FONDATT en cumplimiento del Decreto 5663 (sic) del 29 de diciembre de 2009 (sic) y el Secretario de Hacienda Distrital incorporó transitoriamente en la planta de cargos de esa dependencia a unos funcionarios del FONDATT ya liquidado, conforme a lo expuesto en la motiva de este proveído.

TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaración de nulidad y a título de restablecimiento del derecho, se ORDENA al Distrito Capital reintegrar a la señora YUBBI LILIANA DEL PILAR ROMERO DELGADO identificada con C. C. No. 52.036.265 de Bogotá al mismo cargo que ocupaba en provisionalidad como Profesional Universitario Código 219, Grado 13, en la planta de personal de la Secretaría de Hacienda o a otro equivalente, siempre que no haya sido provisto por concurso de méritos y hasta cuando mantenga la condición de mujer cabeza de familia o se genere en ella una causal de retiro legal o constitucional. Así mismo, se ordena a la entidad demandada a reconocer y pagar todos los salarios, primas, bonificaciones y prestaciones sociales dejados de percibir por la actora desde el momento del retiro, es decir, desde el 30 de diciembre de 2009 y hasta el momento en que sea efectivamente reintegrada al servicio”.

Que en la planta de personal conformada por los cargos trasladados transitoriamente del FONDATT a la Secretaría Distrital de Hacienda, no existe cargo vacante de Profesional Universitario código 219 grado 13.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital mediante oficio DIR- EE 1227 del 6 de junio de 2014, emitió concepto técnico favorable para la creación de un empleo de planta transitorio.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto mediante comunicación 2014IE13711 del 11 de junio de 2014, emitió la certificación de viabilidad presupuestal para la creación de un empleo transitorio de Profesional Universitario código 219 grado 13 en la planta de la Secretaría Distrital de Hacienda.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°. Crear transitoriamente en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda el siguiente cargo:


No. CARGOS

DENOMINACIÓN EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

1

Profesional Universitario

219

13

Parágrafo 1. La incorporación transitoria en el servicio público será ordenada por el Secretario Distrital de Hacienda, sin solución de continuidad.

Parágrafo 2. El cargo cuya creación se ordena en el presente decreto quedará suprimido de manera automática en la medida que cese la condición de mujer cabeza de familia o se genere una causal de retiro legal o constitucional, según lo ordenado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 546 de 2006, 119 de 2008, 500 de 2009, y demás normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a lo 28 días del mes de julio del año 2014

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor

JOSÉ ALEJANDRO HERRERA LOZANO

Secretario Distrital de Hacienda (E)

CESAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

Director Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

 NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5403 de julio 29 de 2014