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Acuerdo 1 de 1958 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/10/1958
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/10/1958
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 1 DE 1958

ACUERDO 1 DE 1958

(octubre 14)

por el cual el Distrito Especial de Bogotá conmemora el Día de las Naciones Unidas, el 24 de octubre, y el Día de los Derechos Humanos, el 10 de diciembre.

El Concejo del Distrito Especial de Bogotá,

CONSIDERANDO:

  1. Que Colombia es país miembro de la Organización de las Naciones Unidas, desde la fundación de este organismo, y signatario de la Carta de San Francisco;
  2. Que por Resolución 168 de la Segunda Asamblea General de las Naciones Unidas se recomendó a los Estados Miembros la celebración del Día de las Naciones Unidas, el 24 de octubre de cada año;
  3. Que en su XI período de sesiones el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, mediante Resolución 314, recomendó a los Estados Miembros que dentro de sus respectivos territorios fomentarán el conocimiento de los objetivos, propósitos y actividades de las Naciones Unidas y de sus agencias especializadas;
  4. Que el 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y a continuación de este acto histórico recomendó la Asamblea a todos los Estados Miembros que publicarán el texto de la Declaración, y procurarán que fuese "divulgada, expuesta, leída y comentada, principalmente en las escuelas y demás establecimientos de enseñanza, sin distinción alguna, basada en la situación política de los países o territorios", y
  5. Que Colombia ha contribuido decididamente a la realización de los fines y propósitos de las Naciones Unidas y sus Agencias Especializadas, especialmente en las acciones tendientes al mantenimiento de la paz y seguridad mundiales, para lo cual ha aportado contingentes militares a la fuerza de emergencia de las Naciones Unidas, tanto a Corea como a Suez,

ACUERDA:

  1. El Distrito Especial de Bogotá se asociará cada año, a la conmemoración del Día de las Naciones Unidas el 24 de octubre, y del Día de los Derechos Humanos el 10 de diciembre;
  2. La Secretaría de Educación del Distrito Especial impartirá las órdenes necesarias para que tanto en las escuelas oficiales como particulares de enseñanza primaria y secundaria se dicten conferencias a cargo del profesorado y se organicen actos alusivos a esas fechas;
  3. En todos los establecimientos de enseñanza, dependientes del Distrito Especial, se colocarán en lugar visible sendos ejemplares de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y del Preámbulo de la Carta de San Francisco;
  4. Dentro de los cursos de Cívica se incorporará la enseñanza de la historia, principios y finalidades de las Naciones Unidas y sus Agencias Especializadas;
  5. El Alcalde Mayor de Bogotá o su Secretario de Gobierno harán conocer por medio de los diferentes medios de publicidad, un mensaje en el cual se exalten esas fechas y la manera como el Gobierno del Distrito se adhiere a esa conmemoración, y
  6. Este Acuerdo regirá desde su sanción.

Publíquese y ejecútese

Dado en Bogotá, D.E., a 14 de octubre de 1958.

El Alcalde Mayor, JUAN PABLO LLINÁS. El Secretario de Gobierno, PEDRO M. CARREÑO MALLARINO. El Secretario de Educación, PEDRO CASAS MORALES.